MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Resolución 1712/2014

Bs. As., 22/12/2014

VISTO el Expediente Nº S02:138825/2014 del registro de este Ministerio, Expediente original Nº S01:0240484/2014 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y el Decreto Nº 1.334 de fecha 11 de agosto de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1º del Decreto N° 1.334 de fecha 11 de agosto de 2014 se creó el Fondo Fiduciario Público denominado Fondo de Infraestructura de Seguridad Aeroportuaria, cuyo objeto es el desarrollo integral de proyectos de seguridad aeroportuaria y de infraestructura de seguridad aeroportuaria en los aeródromos de todo el país.

Que en virtud de ello, por los Artículos 7º y 8º del mismo Decreto se dispuso la suscripción de un contrato de fideicomiso entre el ESTADO NACIONAL como Fiduciante y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA como Fiduciario.

Que el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se encuentra facultado a aprobar el modelo de contrato, conforme a lo establecido por el Artículo 6° del Decreto citado.

Que por el Artículo 9º del mencionado Decreto se encomienda a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), ambos organismos descentralizados actuantes en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE de este Ministerio, y a la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, dependiente de dicha Secretaría, coordinar la modalidad de asignación de prioridades de las acciones de mejora de la infraestructura de seguridad aeroportuaria a financiar con recursos del Fondo de Infraestructura de Seguridad Aeroportuaria.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de la facultad conferida por el Artículo 6° del Decreto 1.334 de fecha 11 de agosto de 2014.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el modelo de Contrato de Fideicomiso del Fondo de Infraestructura de Seguridad Aeroportuaria, a suscribirse entre el ESTADO NACIONAL y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA que, como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — La ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), ambos organismos descentralizados actuantes en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE de este Ministerio y la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, dependiente de dicha Secretaría, establecerán el procedimiento de coordinación de la modalidad de asignación de prioridades de las acciones de mejora de la infraestructura de seguridad aeroportuaria a financiar con recursos del Fondo de Infraestructura de Seguridad Aeroportuaria, dentro del plazo de VEINTE (20) días de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 08/01/2015 N° 344/15 v. 08/01/2015

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)