CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS
Decisión Administrativa 1191/2014
Autorízase incremento de cargos.
Bs. As., 30/12/2014
VISTO Decreto/Ley N° 20.464 y sus modificatorios, la Ley N° 26.895 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2014, y el Expediente N° 3893/14, del registro del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET) organismo
descentralizado dependiente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN PRODUCTIVA, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto/Ley N° 20.464 se aprobó el Estatuto que
establece los derechos, deberes y responsabilidades de las Carreras del
Investigador Científico y Tecnológico y del Personal de Apoyo a la
Investigación y Desarrollo.
Que el Programa de Jerarquización de la Actividad Científica y
Tecnológica abrió una nueva etapa en la marcha hacia el reconocimiento
del efectivo papel protagónico de la Ciencia y la Tecnología como
agentes impulsores del desarrollo nacional, contemplando retener a los
profesionales de la investigación, como así también acrecentar los
planteles del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y
TÉCNICAS, como un modo de crear nuevas reservas de investigadores y de
fortalecer regiones y disciplinas de interés estratégico definidas a
nivel nacional.
Que la formación de los recursos humanos constituye uno de los
objetivos principales del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET).
Que a fin de dar continuidad al citado Programa, es imprescindible
incrementar la cantidad de cargos a OCHOCIENTOS SETENTA (870)
correspondientes a las carreras del Investigador Científico y
Tecnológico y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo.
Que el gasto que demande la presente medida en el presupuesto 2014 ha
sido contemplado en el mismo, habiendo promovido el CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET) las modificaciones
presupuestarias pertinentes.
Que el artículo 6° de la Ley N° 26.895 faculta al señor Jefe de
Gabinete de Ministros a acordar excepciones al incremento de cargos
para los agentes de la Carrera del Investigador Científico y
Tecnológico que completen cursos de capacitación específicos.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 100° inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 6°
de la Ley N° 26.895.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Autorízase como
excepción al Artículo 6° de la Ley N° 26.895, el incremento de un total
de OCHOCIENTOS SETENTA (870) cargos al CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), organismo
descentralizado dependiente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN PRODUCTIVA, en la carrera de Investigador Científico y
Tecnológico del Programa 16 – Formación de Recursos Humanos y Promoción
Científica y Tecnológica de acuerdo al detalle obrante en el Anexo l
que forma parte de la presente medida.
Art. 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof. — José L. S. Barañao.
ANEXO I
JURISDICCION: 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA.
ENTIDAD: 103 - CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS
Programa 16 - Formación de Recursos Humanos y Promoción Científica y Tecnológica.
CARGO O CATEGORÍA | CANTIDAD DE CARGOS |
PERSONAL PERMANENTE |
|
PERSONAL DEL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS |
|
Investigador Asistente | 604 |
Investigador Adjunto | 175 |
Investigador Independiente | 91 |
Subtotal Escalafón | 870 |
TOTAL PROGRAMA | 870 |