CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS

Decisión Administrativa 1191/2014

Autorízase incremento de cargos.

Bs. As., 30/12/2014

VISTO Decreto/Ley N° 20.464 y sus modificatorios, la Ley N° 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, y el Expediente N° 3893/14, del registro del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET) organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto/Ley N° 20.464 se aprobó el Estatuto que establece los derechos, deberes y responsabilidades de las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo.

Que el Programa de Jerarquización de la Actividad Científica y Tecnológica abrió una nueva etapa en la marcha hacia el reconocimiento del efectivo papel protagónico de la Ciencia y la Tecnología como agentes impulsores del desarrollo nacional, contemplando retener a los profesionales de la investigación, como así también acrecentar los planteles del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, como un modo de crear nuevas reservas de investigadores y de fortalecer regiones y disciplinas de interés estratégico definidas a nivel nacional.

Que la formación de los recursos humanos constituye uno de los objetivos principales del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET).

Que a fin de dar continuidad al citado Programa, es imprescindible incrementar la cantidad de cargos a OCHOCIENTOS SETENTA (870) correspondientes a las carreras del Investigador Científico y Tecnológico y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo.

Que el gasto que demande la presente medida en el presupuesto 2014 ha sido contemplado en el mismo, habiendo promovido el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET) las modificaciones presupuestarias pertinentes.

Que el artículo 6° de la Ley N° 26.895 faculta al señor Jefe de Gabinete de Ministros a acordar excepciones al incremento de cargos para los agentes de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico que completen cursos de capacitación específicos.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100° inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 6° de la Ley N° 26.895.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Autorízase como excepción al Artículo 6° de la Ley N° 26.895, el incremento de un total de OCHOCIENTOS SETENTA (870) cargos al CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, en la carrera de Investigador Científico y Tecnológico del Programa 16 – Formación de Recursos Humanos y Promoción Científica y Tecnológica de acuerdo al detalle obrante en el Anexo l que forma parte de la presente medida.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof. — José L. S. Barañao.

ANEXO I

JURISDICCION: 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA.

ENTIDAD: 103 - CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS

Programa 16 - Formación de Recursos Humanos y Promoción Científica y Tecnológica.

CARGO O CATEGORÍACANTIDAD DE CARGOS
PERSONAL PERMANENTE
PERSONAL DEL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS
Investigador Asistente604
Investigador Adjunto175
Investigador Independiente91
Subtotal Escalafón870
TOTAL PROGRAMA870