PRESUPUESTO
Decreto 2594/2014
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Bs. As., 30/12/2014
VISTO el Expediente N° 1258/2014 del Registro de la ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la órbita del
MINISTERIO DE TURISMO, el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2014, aprobado por la Ley N° 26.895 y
distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 del 3 de enero de 2014,
el Decreto N° 1.375 del 29 de noviembre de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.375/96 se aprobó la estructura organizativa de
la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado
entonces dependiente de la ex SECRETARÍA DE RECURSOS NATURALES Y
AMBIENTE HUMANO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que en atención a la diversidad de tareas asignadas a dicho organismo y
a la complejidad que conlleva la territorialidad de sus acciones, es
necesario dotar a la citada Administración de una instancia de
coordinación que asegure el eficiente cumplimiento de sus funciones.
Que en este sentido resulta aconsejable crear, con dependencia directa
del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo
descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, UN (1) cargo
extraescalafonario de Jefe de Gabinete con el objeto de coordinar,
organizar y realizar el control y seguimiento de las actividades de las
unidades del organismo y la vinculación con otros entes para la
ejecución de las políticas fijadas por el Directorio.
Que por la Ley N° 26.895 se dispuso el congelamiento de los cargos
vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción en las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que
queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor
Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el Decreto N° 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el
control directo de las designaciones de personal, en el ámbito de la
Administración Pública Nacional.
Que la Doctora Da. Adriana Beatriz VILLANI (M.I. N° 20.214.882) reúne
los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el
cargo que por la presente se crea.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE
ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN y la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
los Artículos 6°, 7° y 10 de la Ley N° 26.895 y el Artículo 1° del
Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional -
Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Entidad 107 -
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la
órbita del MINISTERIO DE TURISMO, para el Ejercicio 2014, de acuerdo
con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que
forma parte integrante del mismo.
Art. 2° — Créase con
dependencia directa del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE
TURISMO, el cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete, con una
remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) aprobado por Decreto N°
2.098 del 3 de diciembre de 2008, quien tendrá como función la de
coordinar; organizar y realizar el control y seguimiento de las
actividades desarrolladas por las unidades del organismo y la
vinculación con otros entes para la ejecución de las políticas fijadas
por el citado Directorio.
Art. 3° — Desígnase en el cargo
de Jefe de Gabinete dependiente del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la órbita del
MINISTERIO DE TURISMO, a la Doctora Da. Adriana Beatriz VILLANI (Ml. N°
20.214.882), con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo
7° de la Ley N° 26.895.
Art. 4° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente de la ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la órbita del
MINISTERIO DE TURISMO.
Art. 5° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos E.
Meyer.