PRESUPUESTO

Decreto 2594/2014

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Bs. As., 30/12/2014

VISTO el Expediente N° 1258/2014 del Registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, aprobado por la Ley N° 26.895 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 del 3 de enero de 2014, el Decreto N° 1.375 del 29 de noviembre de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.375/96 se aprobó la estructura organizativa de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado entonces dependiente de la ex SECRETARÍA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que en atención a la diversidad de tareas asignadas a dicho organismo y a la complejidad que conlleva la territorialidad de sus acciones, es necesario dotar a la citada Administración de una instancia de coordinación que asegure el eficiente cumplimiento de sus funciones.

Que en este sentido resulta aconsejable crear, con dependencia directa del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, UN (1) cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete con el objeto de coordinar, organizar y realizar el control y seguimiento de las actividades de las unidades del organismo y la vinculación con otros entes para la ejecución de las políticas fijadas por el Directorio.

Que por la Ley N° 26.895 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto N° 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

Que la Doctora Da. Adriana Beatriz VILLANI (M.I. N° 20.214.882) reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el cargo que por la presente se crea.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, los Artículos 6°, 7° y 10 de la Ley N° 26.895 y el Artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Entidad 107 - ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, para el Ejercicio 2014, de acuerdo con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.

Art. 2° — Créase con dependencia directa del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, el cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) aprobado por Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008, quien tendrá como función la de coordinar; organizar y realizar el control y seguimiento de las actividades desarrolladas por las unidades del organismo y la vinculación con otros entes para la ejecución de las políticas fijadas por el citado Directorio.

Art. 3° — Desígnase en el cargo de Jefe de Gabinete dependiente del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, a la Doctora Da. Adriana Beatriz VILLANI (Ml. N° 20.214.882), con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 26.895.

Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos E. Meyer.