MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

Resolución 1072/2014

Bs. As., 23/12/2014

VISTO el Expediente N° 009/2014 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2014 del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que en consecuencia, es necesario proveer lo conducente al desenvolvimiento operativo del ente en liquidación citado precedentemente, considerando el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2014 del mismo.

Que obra en el expediente citado en el Visto, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el Artículo 49 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones y en el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, por el cual se aprueba su Reglamento.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2014 del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II adjuntos a la presente resolución, respectivamente.

ARTÍCULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 17.938.892) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PÉRDIDA DE OPERACIÓN) estimado en PESOS DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 17.938.892), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjuntas a la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO ($ 49.692.318) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 19.598.666) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS TREINTA MILLONES NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($ 30.093.652), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjuntas a la presente resolución.

ARTÍCULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los recursos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE ($ 400.467) los gastos de capital, y como consecuencia de ello, en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERÁVIT) para el Ejercicio 2014 en PESOS VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO ($ 29.693.185), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjuntas a la presente resolución.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 12/01/2015 N° 810/15 v. 12/01/2015

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)