MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Resolución 1072/2014
Bs. As., 23/12/2014
VISTO el Expediente N° 009/2014 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE
REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), dependiente de la
Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARÍA DE
ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2014 del INSTITUTO NACIONAL
DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), dependiente de la
Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARÍA DE
ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que en consecuencia, es necesario proveer lo conducente al
desenvolvimiento operativo del ente en liquidación citado
precedentemente, considerando el Plan de Acción y Presupuesto para el
Ejercicio 2014 del mismo.
Que obra en el expediente citado en el Visto, el informe favorable
sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el
Artículo 49 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones y en
el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, por el cual se
aprueba su Reglamento.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
Ejercicio 2014 del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO
(en liquidación), dependiente de la Dirección Nacional de Normalización
Patrimonial de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN
PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, de acuerdo con el detalle que figura en
los Anexos I y II adjuntos a la presente resolución, respectivamente.
ARTÍCULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de
operación y fíjanse en la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS
TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 17.938.892) los gastos
de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Operativo (PÉRDIDA DE OPERACIÓN) estimado en PESOS DIECISIETE MILLONES
NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS ($
17.938.892), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del
Anexo II adjuntas a la presente resolución.
ARTÍCULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES
SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO ($ 49.692.318) los
ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES
QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 19.598.666)
los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el
Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS TREINTA MILLONES NOVENTA
Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($ 30.093.652), de acuerdo con
el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjuntas a la
presente resolución.
ARTÍCULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los recursos de
capital y fíjanse en la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL CUATROCIENTOS
SESENTA Y SIETE ($ 400.467) los gastos de capital, y como consecuencia
de ello, en conjunción con el Resultado Económico establecido en el
Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero
(SUPERÁVIT) para el Ejercicio 2014 en PESOS VEINTINUEVE MILLONES
SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO ($ 29.693.185),
de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II
adjuntas a la presente resolución.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía
y Finanzas Públicas.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 12/01/2015 N° 810/15 v. 12/01/2015
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)