MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición 498/2014
Bs. As., 25/11/2014
VISTO el Expediente N° 1.620.751/14 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 del Expediente N° 1.620.751/14, obra el Acuerdo celebrado
por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA y la
empresa SERVICIOS ENERGETICOS DEL CHACO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250
(t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes convienen conformar la
estructura orgánica en los distintos niveles y categorías del Convenio
Colectivo de Trabajo N° 36/75 del Sector Transmisión de Administración
Central, conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo, de conformidad con los antecedentes mencionados y sin
perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores involucrados.
Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto N° 738/12.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Declárese registrado el Acuerdo celebrado por la
FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA y la empresa
SERVICIOS ENERGETICOS DEL CHACO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL, obrante
a fojas 2 del Expediente N° 1.620.751/14, conforme a lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la DIRECCIÓN
GENERAL DE REGISTROS, GESTIÓN Y ARCHIVO DOCUMENTAL dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación
registre el Acuerdo obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.620.751/14.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo N° 36/75.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo registrado y de esta Disposición, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.620.751/14
Buenos Aires, 26 de Noviembre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 498/14 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1833/14. — JORGE
ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación – D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña, provincia del Chaco, a
los 04 días del mes de marzo del año dos mil catorce, entre el
Ministerio de Infraestructura de Obras y Servicios Públicos
representado por el Dr. Marcos Antonio Verbeek, el Directorio de
SERVICIOS ENERGETICOS DEL CHACO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL en
adelante denominada “LA EMPRESA”, representada en este acto por su
Presidente el Ing. César Luis Cotichelli, y el Secretario General del
Sindicato de Luz y Fuerza del Chaco, Señor Oscar Ramón Prado y la
FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (FATLYF)
representada en este Acto por los Sres. JULIO CESAR IERACI RUBEN DARIO
BETTINOTTI en su carácter de Secretario General y Secretario Gremial
respectivamente, en adelante denominada “LA FEDERACION” manifiestan que
se reúnen con el objeto de convenir metodología de organización básica
de estructuras tendiente a dar respuesta al requerimiento del Área
TRANSMISION de Administración Central, con sus respectivas secciones
dependientes. A tal fin LAS PARTES acuerdan suscribir el presente Acta
que se regirá por las normativas vigentes aplicables:
PRIMERA: LA EMPRESA, en el marco del derecho que le compete, para
definir y determinar las políticas de Dirección y Organización,
promocionará a los trabajadores, brindando a los mismos una
capacitación específica, con el objeto de adquirir los conocimientos a
fin de realizar las tareas propias de la actividad a desarrollar.
SEGUNDA: Las personas, cuyos datos figuran en la planilla anexa, pasará
a conformar la Estructura Orgánica en los distintos niveles y
categorías del Convenio Colectivo de Trabajo N° 36/75, del SECTOR
TRANSMISION de Administración Central, el cual quedará conformado de la
siguiente manera:
TERCERA: Un Supervisor Nivel “F” con un Ayudante Administrativo Mayor
Categoría 10, crear tres puestos de Jefe de Trabajos con tensión
Categoría 13 con Bonificación por Especialización y Dedicación
Funcional 34%, crear cuatro puestos de Capataz de Oficio Categoría 10
con Bonificación por Especialización, crear dos puestos de Ayudante
Técnico Mayor Categoría 10, crear cinco puestos de Oficial Mayor con
retención tareas de Gruistas Categoría 8, crear ocho puestos de Oficial
de Oficio Categoría 7 y crear 12 puestos de Medio Oficial de Oficio
Categoría 5.
CUARTA: El puesto de Supervisor Nivel “F” será cubierto por su titular
Ing. Vallejos Adolfo Gustavo, los puestos de Jefe de Trabajos con
Tensión Categoría 13 con Bonificación por Especialización y Dedicación
Funcional 34% serán cubiertos por los agentes Cabaña Jorge Antonio
Legajo N° 0519 y Sánchez Apolinario Legajo N° 0452 y Romero Agustín
Legajo N° 0578.
QUINTA: Todos los demás puestos creados serán cubiertos previo trabajos
de elencamiento y escalafonamiento de acuerdo a lo normado en el
Convenio Colectivo de Trabajo 36/75.
No siendo para más, previa lectura y ratificación, se suscriben 5 (cinco) ejemplares de un mismo tenor y efecto.