MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBDIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES
DEL TRABAJO
Disposición 499/2014
Bs. As., 25/11/2014
VISTO el Expediente N° 1.202.372/07 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1218/1221 del Expediente N° 1.202.372/07 obra el Acuerdo
celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR,
ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA (ALEARA) y las empresas BINGOS DEL OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA,
BINGOS PLATENSES SOCIEDAD ANÓNIMA, INTERJUEGOS SOCIEDAD ANÓNIMA,
IBERARGEN SOCIEDAD ANÓNIMA, INTERBAS SOCIEDAD ANÓNIMA e INTERMAR BINGOS
SOCIEDAD ANÓNIMA, ratificado a fojas 1222/1223, 1225 y 1229, conforme a
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen nuevas
condiciones salariales y laborales para los trabajadores comprendidos
en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 892/07 “E”, del cual
son las mismas partes signatarias, conforme surge de los términos del
texto pactado.
Que en relación al carácter asignado a la suma prevista en la cláusula
tercera del presente, corresponde reiterar a las partes lo
oportunamente observado, en relación a la atribución de tal carácter,
en el considerando tercero de la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL
DE RELACIONES DEL TRABAJO N° 41 de fecha 24 de enero de 2014.
Que el ámbito de aplicación del Acuerdo se corresponde con la actividad
principal de las empresas signatarias y la representatividad de la
entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
texto suscripto.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo
de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
acuerdo alcanzado, se procederá a remitir las presentes actuaciones a
la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge
el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N°
20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
570/12.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO,
ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA) y
las empresas BINGOS DEL OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA, BINGOS PLATENSES
SOCIEDAD ANÓNIMA, INTERJUEGOS SOCIEDAD ANÓNIMA, IBERARGEN SOCIEDAD
ANÓNIMA, INTERBAS SOCIEDAD ANÓNIMA e INTERMAR BINGOS SOCIEDAD ANÓNIMA,
que luce a fojas 1218/1221 del Expediente N° 1.202.372/07, ratificado a
fojas 1222/1223, 1225 y 1229, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición en la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin que Departamento Coordinación registre el
Acuerdo obrante a fojas 1218/1221, 1222/1223, 1225 y 1229 del
Expediente N° 1.202.372/07.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y
Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245
de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa N° 892/07 “E”.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo y de esta Disposición, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Lic. ADRIAN CANETO, Subdirector
Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social.
Expediente N° 1.202.372/07
Buenos Aires, 26 de Noviembre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 499/14 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1218/1221, 122/1223, 1225 y
1229 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número
1830/14. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos,
Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA DE COPAR CCT 892/07 “E”
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 24 días del mes de
Septiembre del 2014, se reúnen en la sede del SINDICATO DE TRABAJADORES
DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES
DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, en adelante “ALEARA”, sita en la calle
Adolfo Alsina 946/48 de esta ciudad, en representación del sector de
los trabajadores, los/as señores/as Guillermo Ariel FASSIONE -
Secretario Gremial, y por el otro, los señores Carlos MUSIS y Jorge
BARRERAS en su carácter de apoderados del sector empleador CODERE
ARGENTINA, integrado por las empresas BINGOS DEL OESTE S.A., BINGOS
PLATENSES S.A., INTERJUEGOS S.A., INTERMAR BINGOS S.A. (Sede Central),
IBERARGEN S.A. e INTERBAS S.A., todas ellas constituyendo domicilio en
Avda. del Libertador 1068, Piso 9º de esta ciudad.
Abierto el acto por las representaciones presentes, las mismas se
abocan al tratamiento de la pauta salarial 2014 y la incorporación de
nuevas categorías en el Convenio Colectivo de Trabajo 892/07 “E”.
Luego de un largo debate las partes llegan al siguiente acuerdo, cuyas
condiciones a continuación se exponen:
PRIMERO: Las Empresas otorgarán un aumento salarial del 20% (veinte por
ciento) sobre las remuneraciones básicas de convenio vigentes al mes de
abril de 2014, que se liquidará en rubro “A cuenta pauta salarial 2014”
y tendrá vigencia a partir de mayo 2014.
SEGUNDO: La suma fija actualmente vigente en concepto de PLUS POR
GUARDERIA se incrementará en un 20% (veinte por ciento) a partir del
mes de mayo 2014, volviéndose a revisar su importe en el mes de octubre
2014.
TERCERO: Las empresas abonarán en fecha 1° de abril 2014 un
reconocimiento económico de naturaleza no remunerativa, por única vez,
del 15% (quince por ciento) calculado sobre los salarios básicos de
revista del mes de Abril del corriente.
CUARTA: Las partes acuerdan incorporar al CCT 892/07 “E” nuevas
categorías laborales, con todas las condiciones y beneficios vigentes,
adjuntándose como Anexo I escala salarial aplicable.
La descripción de funciones y categorías será la siguiente:
1.- Soporte IT: es el encargado de Garantizar el correcto
funcionamiento de los recursos asignados a usuarios. Brinda soporte
respecto de herramientas de oficina. Resolver en campo incidencias
relacionadas con problemas en software y hardware (PCs, impresoras,
etc.) de usuarios en Sede Central y Salas de Juego. Instalar
aplicativos. Implementar y hacer cumplir políticas de Seguridad
Informática.
2.- Administrativo de Bases: Realizar las imputaciones contables,
cargar facturas en el sistema, confeccionar y enviar la documentación
del personal a la Administración Central con el propósito de llevar
adelante los procesos administrativos. Controlar y cargar las
recaudaciones al sistema contable. Recepcionar y registrar de facturas
de proveedores. Recepcionar y enviar documentación a la administración
central.
3.- Analista de Seguridad: Brindar soporte operativo y administrativo
al personal de Admisión y Control de las distintas salas. Reunir y
analizar información enviada desde las salas para elaboración de
informes y organizar las actividades y recursos del área con el
propósito de colaborar en el cumplimiento de las normas de Seguridad.
Recabar las incidencias, movimientos de efectos y hechos ocurridos en
las distintas salas para la confección de los informes
correspondientes. Controlar y autorizar los ingresos en general y la
documentación del personal de empresas subcontratadas según normas
vigentes. Controlar movimientos de mercadería del depósito, registrando
los mismos en los soportes de documentación pertinentes. Controlar los
distintos sistemas de monitoreos de CCTV de las distintas salas,
previniendo posibles hechos o situaciones de riesgo de siniestro.
4.- Analista Planeamiento y Control de Gestión: Colaborar en los
procedimientos de control de gestión de la Compañía y análisis de
proyectos de inversión con el propósito de facilitar el cumplimiento de
los resultados. Cumplimiento del cronograma de proceso presupuestario.
Cumplimiento de plazos requeridos. Cumplimiento del cronograma de
emisión de reportes de gestión durante el mes.
5.- Analista de Relaciones Institucionales: Asistir al área de RRII en
las gestiones administrativas, colaborando en el desarrollo y ejecución
de las acciones concernientes al proceso de ABM de Slots con el
propósito de cumplir con el marco normativo. Ser el agente operativo en
el armado, control, presentación y seguimiento de los expedientes que
por ABM de Slots se generan. Control de Monitoreo Ambiental de las
Salas y de Eventos de Slots.
6.- Analista de Seguridad: Brindar soporte operativo y administrativo
al personal de Admisión y Control de las distintas salas. Reunir y
analizar información enviada desde las salas para elaboración de
informes y organizar las actividades y recursos del área con el
propósito de colaborar en el cumplimiento de las normas de Seguridad.
Recabar las incidencias, movimientos de efectos y hechos ocurridos en
las distintas salas para la confección de los informes
correspondientes. Controlar y autorizar los ingresos en general y la
documentación del personal de empresas subcontratadas según normas
vigentes. Controlar movimientos de mercadería del depósito, registrando
los mismos en los soportes de documentación pertinentes. Controlar los
distintos sistemas de monitoreos de CCTV de las distintas salas,
previniendo posibles hechos o situaciones de riesgo de siniestro.
7.- Administrativo: Salvaguardar la documentación respaldatoria de las
transacciones registradas en la contabilidad a fin de cumplir con los
requerimientos de información de la compañía o de terceros. Digitalizar
la documentación respaldatoria de la información contable. Enviar
documentación a las distintas salas.
8.- Cadete: Cumplir con las diligencias y encargos que le soliciten con
el propósito de colaborar en la realización de los trámites y
cumplimiento de objetivos del área. Cumplir en tiempo y forma con las
diferentes diligencias y/o trámites varios.
9.- Recepcionista: Atender la recepción y todas las llamadas entrantes.
Coordinar todos los deberes del servicio de la oficina con el propósito
de contribuir al funcionamiento de la misma.
10.- Asistente de Administración: Asistir en el proceso de altas y
bajas del personal; así como la recepción y administración de
novedades, con el propósito de cumplir con las normativas vigentes y
contribuir con el procedimiento de liquidación de haberes. Mantener
ordenada la documentación de soporte para las novedades de liquidación.
Controlar la carga de novedades.
QUINTA: En relación al artículo 36 del convenio colectivo 892/07 E,
“DESARROLLO DE LOS FINES CULTURALES, GREMIALES, SOCIALES Y CAPACITACION
DE LA ALEARA”, por las categorías ingresantes al citado Convenio, las
partes acuerdan lo siguiente:
La empresa aportará por dicho concepto a partir del mes de Octubre del
corriente año, el 0.5% de la masa salarial bruta del total de los
trabajadores que se incorporan.
A partir del 1 de enero de 2015, el mencionado porcentaje será del 1%,
equiparando a las condiciones actuales del convenio colectivo, es
decir, el 4%(cuatro por ciento) desde el mes de julio de 2015.
SEXTA: Durante el mes de septiembre del corriente año, la empresa
notificará al Sindicato la nómina de los trabajadores y su
correspondiente categoría laboral y remuneración que serán incorporados
al Convenio Colectivo.
SÉPTIMA: Las partes acuerdan volver a reunirse durante el transcurso
del mes de Octubre de 2014 a fin de cerrar la pauta salarial anual.
No siendo para más, en la fecha indicada, previa lectura y ratificación
de la presente, se firman tres (3) ejemplares de la presente acta, para
constancia.
Expediente N° 1.202.372/07
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al 29 días del mes de Septiembre
de 2014, siendo las 15:30 horas, comparecen espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de
Relaciones Laborales, ante mi Lic. Fiorella COSTA, Secretaria de
Conciliación del Departamento N° 3 de Relaciones del Trabajo, el Sr.
Ariel FASSIONE, en su carácter de Secretario Gremial, en representación
del SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO,
ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por el
sector sindical y por el sector empresario, lo hace el Sr. Jorge
BARRERAS, en carácter de apoderado, carácter acreditado en autos, en
representación de la EMPRESA CODERE ARGENTINA.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante y concedida que
le fue la palabra a la REPRESENTACION SINDICAL, manifiesta: Que designa
los miembros paritarios en este acto a fin de constituir la comisión
negociadora:
Miembros paritarios: Sr. Ariel FASSIONE, DNI N° 23.891.360 y Luciana
AMBROSIO, DNI N° 26.894.615.
Delegados de personal:
BINGOS DEL OESTE S.A.: Rubén MABLIONE, DNI N° 14.906.028,
BINGOS PLATENSES S.A.: Martin GUZMAN JIBAJA, DNI N° 92.040.684,
INTERJUEGOS S.A.: Pablo MUÑOZ, DNI N° 23.284.877,
INTERMAR BINGOS S.A.: Germán MARTINEZ, DNI N° 28.102.835,
IBERARGEN S.A.: Rodrigo MIÑO GALLARDO, DNI N° 26.084.500,
INTERBAS S.A.: Osvaldo DELL’ OGLIO, DNI N° 21.467.007.
Cedida la palabra a la REPRESENTACION EMPRESARIA, manifiesta: Que
designa los miembros paritarios a fin de constituir la comisión
negociadora:
Sr. Jorge BARRERAS, DNI N° 16.811.628, y Martin MAIAROTA, DNI N°
25.071.803.
Cedida la palabra a ambas partes de mutuo y común acuerdo, manifiestan:
Que vienen a ratificar en todas y cada una de sus partes los contenidos
del Acta Acuerdo de fecha 24 de Septiembre de 2014; solicitando su
homologación en los términos de ley. Asimismo, se deja constancia que
el presente acuerdo se realiza en el marco del CCT N° 892/07 “E”.
Se le comunica a la representación sindical que en el término de diez
(10) días deberá dar cumplimiento con lo normado en al Art. 17 de la
Ley N° 14.250 y a las partes que el acuerdo celebrado y ratificado
anteriormente, del cual solicita su homologación; será elevado a la
Superioridad en este acto, quedando sujeto al control de legalidad
previsto en la Ley N° 14.250.
Con lo que termino el acto, siendo las 16:30 horas, firmando los
comparecientes previa lectura y ratificación para constancia, ante mí
que certifico.
Expediente N° 1.202.372/07
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al 14 días del mes de Octubre de
2014, siendo las 12:00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones Laborales,
ante mi Lic. Fiorella COSTA, Secretaria de Conciliación del
Departamento N° 3 de Relaciones del Trabajo, los Sres. Rubén BAGLIONE,
DNI N° 14.906.028, delegado de personal de la firma BINGOS DEL OESTE
S.A.; Martin GUZMAN JIBAJA, DNI N° 92.040.684, delegado de personal de
la firma BINGOS PLATENSES S.A.; Pablo MUÑOZ, DNI N° 23.284.877,
delegado de personal de la firma INTERJUEGOS S.A.; Germán MARTINEZ, DNI
N° 28.102.835, delegado de personal de la firma INTERMAR BINGOS S.A.;
Rodrigo MIÑO GALLARDO, DNI N° 26.084.500, delegado de personal de la
firma IBERARGEN S.A.; Osvaldo DELL’ OGLIO, DNI N° 21.467.007, delegado
de personal de la firma INTERBAS S.A., en representación del SINDICATO
DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO,
RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical,
quienes asisten a la audiencia fijada para el día de la fecha.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante y concedida que
le fue la palabra a la REPRESENTACION SINDICAL, manifiesta: Que vienen
a ratificar en todas y cada una de sus partes los contenidos del Acta
Acuerdo de fecha 24 de Septiembre de 2014; solicitando su homologación
en los términos de ley. Asimismo, se deja constancia que el presente
acuerdo se realiza en el marco del CCT N° 892/07 “E”.
Se le comunica a la representación sindical que el acuerdo celebrado y
ratificado anteriormente, del cual solicita su homologación; será
elevado a la Superioridad en este acto, quedando sujeto al control de
legalidad previsto en la Ley N° 14.250.
Con lo que termino el acto, siendo las 12:30 horas, firmando los
comparecientes previa lectura y ratificación para constancia, ante mí
que certifico.
Expediente N° 1.202.372/07
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al 06 días del mes de Noviembre
de 2014, siendo las 15.30 horas, comparece espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de
Relaciones Laborales, ante mi Lic. Fiorella COSTA, Secretaria de
Conciliación del Departamento N° 3 de Relaciones del Trabajo, por el
sector empresario: el Sr. Jorge BARRERAS, en carácter de apoderado,
carácter acreditado en autos, en representación de las Empresas BINGOS
DEL OESTE S.A., BINGOS PLATENSES S.A., INTERJUEGOS S.A., INTERMAR
BINGOS S.A., IBERARGEN S.A. y INTERBAS S.A.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante y concedida que
le fue la palabra a la REPRESENTACION EMPRESARIA, manifiesta: Que viene
a ratificar en todas y cada una de sus partes los contenidos del Acta
Acuerdo de fecha 24 de Septiembre de 2014; solicitando su homologación
en los términos de ley. Asimismo, se deja constancia que el presente
acuerdo se realiza en el marco del CCT N° 892/07 “E”.
Se le comunica a la representación empresaria que el acuerdo celebrado
y ratificado anteriormente, del cual solicita su homologación; será
elevado a la Superioridad en este acto, quedando sujeto al control de
legalidad previsto en la Ley N° 14.250.
Con lo que termino el acto, siendo las 16:30 horas, firmando el
compareciente previa lectura y ratificación para constancia, ante mí
que certifico.