PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 1234/2014

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Bs. As., 30/12/2014

VISTO el Expediente N° S01:0302283/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N° 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 y la Decisión Administración N° 1 de fecha 3 de enero de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que es menester incorporar los créditos necesarios para registrar diferencias de cambio de órdenes de pago devengadas en el Ejercicio 2013 y emitidas a favor de beneficiarios en el exterior para la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, organismos actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, para el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO y el SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA organismos actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, para el MINISTERIO DE SALUD, el MINISTERIO DE CULTURA, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y para la COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que resulta necesario adecuar el Presupuesto de la DIRECCIÓN DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO DE LA NACIÓN, actuante en el ámbito del PODER LEGISLATIVO, con el fin de afrontar gastos de inversión.

Que es pertinente compensar los créditos vigentes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a fin de adecuarlos a sus necesidades.

Que es menester reforzar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS con el objeto de financiar los gastos en personal, de funcionamiento y de inversión del Instituto Universitario Nacional de Derechos Humanos “Madres de Plaza de Mayo”, creado mediante la Ley N° 26.995.

Que resulta necesario incrementar los créditos vigentes financiados con Crédito Interno del MINISTERIO DE DEFENSA a fin de regularizar contablemente los adelantos a proveedores y contratistas efectuados durante el Ejercicio 2013 a favor de la empresa FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIGADIER SAN MARTÍN” S.A.

Que corresponde adecuar los créditos y recursos presupuestarios de la Fuente de Financiamiento 13 - Recursos con Afectación Específica, del MINISTERIO DE INDUSTRIA, correspondientes al Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDyF).

Que es menester reforzar los créditos vigentes de la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES dependiente del MINISTERIO DE CULTURA, a fin de atender sus planes y programas, mediante una disminución de sus aplicaciones financieras.

Que corresponde adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL por compensación, a efectos de regularizar inconsistencias de créditos.

Que es necesario incrementar los créditos presupuestarios de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a fin de atender el mayor gasto en Jubilaciones y Pensiones producto del nuevo régimen de regularización de deudas previsionales implementado mediante la Ley N° 26.970 de Moratoria Previsional.

Que se incrementan los créditos correspondientes a las partidas de asignaciones familiares y complementos a las prestaciones previsionales a fin de atender principalmente lo dispuesto por el Decreto N° 2.258 de fecha 28 de noviembre de 2014 que estableció suplementos transitorios a las víctimas de las inundaciones.

Que resulta necesario adecuar el Presupuesto vigente de la JURISDICCIÓN 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Organismo Descentralizado 850 - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a fin de reflejar las operaciones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional Público de Reparto creado por el Decreto N° 897 de fecha 12 de julio de 2007.

Que se modifican los créditos de la Jurisdicción 90 - SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA para posibilitar la atención de los servicios financieros de la deuda pública correspondientes a comisiones y primas de emisión del presente ejercicio.

Que resulta pertinente reforzar los créditos de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO a fin incorporar el crédito necesario para la atención de los Regímenes de Compensaciones a los Productores de “Petróleo Plus” y “Refinación Plus” (Decreto N° 2.014 de fecha 25 de noviembre de 2008).

Que, se prevé incorporar los ingresos provenientes de las operaciones derivadas de la adjudicación de frecuencias destinadas a la prestación del Servicio de Comunicaciones Personales (PCS), del Servicio de Radiocomunicaciones Móvil Celular (SRMC) y del Servicio de Comunicaciones Móviles (SCM), en el marco de lo dispuesto por el Artículo 2° del Decreto N° 2.516 de fecha 19 de diciembre de 2014 que excluyó de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) el Artículo 24 de la Ley N° 26.728, ordenado en la mencionada Ley N° 11.672 como Artículo 31.

Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones del Artículo 9° de la Ley N° 26.895, el Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, sustituido por el Artículo 1° de la Ley N° 26.124, y en el Artículo 24 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)