MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 18/2015

Bs. As., 9/1/2015

VISTO el Expediente N° S02:0004296/2014 del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley N° 25.871, su reglamentación aprobada por el Decreto N° 616 del 3 de mayo de 2010, la Disposición DNM N° 979 del 23 de abril de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por Disposición DNM N° 979/14 se implementó el “RÉGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN MIGRATORIA DE EXTRANJEROS DE NACIONALIDAD COREANA” con vistas a regularizar la situación documentaria de los nacionales coreanos residentes en el Territorio Nacional.

Que dicho Régimen Especial comenzó a regir al momento de su publicación en el Boletín Oficial, en fecha 30 de abril de 2014, con una vigencia de CIENTO OCHENTA (180) días corridos.

Que la comunidad coreana residente en el país ha solicitado se amplíe el plazo originalmente previsto para acogerse al beneficio migratorio establecido en el referido régimen especial.

Que lo peticionado resulta consecuente con el objetivo originalmente previsto en dicho Programa, como es el adoptar las medidas necesarias para lograr una mayor integración de la colectividad coreana residente en el país.

Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 25.871, y en virtud de las facultades conferidas por el artículo N° 29 de la Ley N° 25.565 y el Decreto N° 1410 del 3 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Prorrógase hasta el 30 de abril de 2015 el plazo de presentación establecido en el artículo 3° del Anexo I de la Disposición DNM N° 979 del 23 de abril de 2014.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN A. ARIAS DUVAL, Director Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior y Transporte.

e. 15/01/2015 N° 2257/15 v. 15/01/2015