ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS
Resolución 1/2015
Asunto: Prorrógase la habilitación con
carácter precario de la zona operativa aduanera en el muelle de UTE
ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF S.A. PROYECTO GNL ESCOBAR - UNION
TRANSITORIA DE EMPRESAS.
Bs. As., 9/1/2015
VISTO el Alcance N° 12184-178-2012/11 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el escrito del 22 de octubre de 2014 presentado por
MARITIMA MERIDIAN S.A. a fs. 42, invocando el carácter de agente
marítimo de UTE ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF S.A. PROYECTO GNL ESCOBAR
- UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, se solicita una prórroga por un plazo
igual al originario de la habilitación de la zona operativa aduanera en
el muelle ubicado en la localidad de Escobar, Provincia de Buenos
Aires, concedida por Resolución N° 46/2011 (DGA) de la DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS y prorrogada sucesivamente por Resolución N°
245/2011 (SDG OAM), Resolución N° 110/2012 (SDG OAM), Resolución N°
218/2012 (SDG OAM), Resolución N° 78/2013 (SDG OAM) y Resolución N°
37/2014 (SDG OAM) de esta Subdirección General, informándose que la
DIRECCION NACIONAL DE PUERTOS no le otorgó aún la habilitación
definitiva de dicho lugar, cuya tramitación continúa.
Que en función de lo manifestado en la NOTA N° 618/2014 (SE ZTBA) de la
Sección Tigre de fs. 43/44, la NOTA N° 1735/2014 (DE OABA) del
Departamento Operacional Aduanero de fs. 45 y la NOTA N° 3271/2014 (DI
ADBA) de la Dirección Aduana de Buenos Aires de fs. 46, y ante la
existencia de razones de interés público fundadas en la necesidad de
abastecer energéticamente a nuestro país, resulta procedente autorizar
las operaciones que se desarrollen en el mencionado lugar, con carácter
precario, por un nuevo término a computarse a partir del vencimiento
del plazo prorrogado por Resolución N° 37/2014 (SDG OAM) de esta
Subdirección General y hasta el 30 de junio de 2015, correspondiendo a
la Dirección Aduana de Buenos Aires verificar la vigencia de las
constancias emitidas por los diversos Organismos previamente
intervinientes en la habilitación del muelle en cuestión, así como
exigir las obras y toda otra documentación necesaria a los fines del
adecuado ejercicio del control y para seguridad del Servicio Aduanero.
Que a instancias de la NOTA N° 1233/14 (SDG OAM) de esta Subdirección
General de fs. 47, a través del Dictamen N° 989/14 DV DRTA de la
División Dictámenes en Régimen Tributario Aduanero de fs. 48
—conformado por medio de las leyendas del Departamento Asesoramiento
Aduanero y la Dirección de Asesoría Legal Aduanera de fs. 48 vta., y
NOTA N° 3302/14 (SDG ASJ) de la Subdirección General de Asuntos
Jurídicos de fs. 49—, la NOTA N° 909/2014 (SDG PLA) de la Subdirección
General de Planificación y la nota de la Subdirección General de
Coordinación Técnico Institucional de fs. 49 vta., dichas unidades de
estructura han tomado la intervención que les compete.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades delegadas por el artículo 1° de la Disposición N° 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorrógase la habilitación acordada por Resolución N°
46/2011 (DGA) de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, con carácter
precario, por el término a computarse desde el vencimiento del plazo
prorrogado por Resolución N° 37/2014 (SDG OAM) de esta Subdirección
General y hasta el 30 de junio de 2015, de la zona operativa aduanera
en el muelle de UTE ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF S.A. - PROYECTO GNL
ESCOBAR - UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, ubicado entre los kilómetros
SETENTA Y CUATRO (74) y SETENTA Y CINCO (75) del Río Paraná de las
Palmas, en la localidad de Escobar, Provincia de Buenos Aires,
jurisdicción de la Dirección Aduana de Buenos Aires, para la
realización de operaciones aduaneras de descarga de Gas Natural Licuado
(GNL).
ARTICULO 2° — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tomen conocimiento la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS y la Dirección Aduana de Buenos Aires. Cumplido, remítase al
Departamento Operacional Aduanero a sus efectos. — DANIEL SANTANNA,
Subdirector General de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras
Metropolitanas.
e. 16/01/2015 N° 2382/15 v. 16/01/2015