JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución 1207/2014
Bs. As., 23/12/2014
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0046178/2014 del Registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Ministerios N° 22.520
(t.o. Decreto N° 438/92) y sus modificatorios, la Ley N° 25.467 y el
Decreto N° 1545 del 31 de agosto de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que en los últimos años se ha producido un avance significativo de las
llamadas tecnologías exponenciales, la fabricación digital y los
procesos creativos de diseño por medio de la impresión 3D en el mundo.
Que dichas transformaciones requieren la implementación de políticas
públicas tendientes a fomentar los distintos aspectos de la aplicación
de las nuevas tecnologías.
Que la Ley N° 25.467 de Ciencia, Tecnología e Innovación estableció el marco general de la actividad y estructura del sistema.
Que, a la par, la ley citada en el considerando anterior fijó las
responsabilidades del Estado Nacional; entre otras, las de generar las
condiciones para la producción de conocimientos apropiables por la
sociedad argentina financiándola conforme criterios de excelencia;
orientar la investigación científica y el desarrollo tecnológico,
estableciendo prioridades en áreas estratégicas que sirvan al
desarrollo integral del país y de las regiones que lo componen;
promover la formación y el empleo de los/as científicos/as y
tecnólogos/as y financiar actividades de investigación y desarrollo.
Que el Gobierno Nacional, a través de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, se ha comprometido a impulsar la participación de la Nación
en el nuevo mapa tecnológico mundial.
Que la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE
GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS asiste en la formulación de políticas e implementación del
proceso de desarrollo e innovación tecnológica para la transformación y
modernización de la gestión del Sector Público Nacional.
Que la necesidad de profundizar el desarrollo en ciencia y tecnología
es considerada estratégica por el Gobierno Nacional a fin de propender
a producir un impacto directo positivo en la competitividad de la
producción y la continuidad del desarrollo económico sostenido con
inclusión social del país.
Que, en tal sentido, resulta necesario crear en la órbita de la
SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE
GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS el Programa “ARGENTINA EN 3D” (PAR.3D) destinado a la
investigación, desarrollo e innovación en impresión 3D y manufactura
aditiva y su consecuente impacto social, proveyendo soluciones, bienes
y servicios, conocimientos técnicos y desarrollos locales a entes del
Gobierno Nacional y la Industria a fin de impulsar una Nación soberana,
independiente y productora de bienes y servicios de alto valor agregado.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE Y
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha
tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en
los artículos 16, inciso 2 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o.
Decreto N° 438/92) y sus modificatorios y 17 del Decreto N° 1545 del 31
de agosto de 1994.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Créase en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE
GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Programa “ARGENTINA EN 3D”
(PAR.3D), destinado a la investigación, desarrollo e innovación en
impresión 3D y manufactura aditiva y su consecuente impacto social,
proveyendo soluciones, bienes y servicios, conocimientos técnicos y
desarrollos locales a entes del Gobierno Nacional y la Industria a fin
de impulsar una Nación soberana, independiente y productora de bienes y
servicios de alto valor agregado.
ARTÍCULO 2° — Serán objetivos del Programa “ARGENTINA EN 3D” (PAR.3D):
1. Desarrollar el uso de las nuevas tecnologías exponenciales vinculadas a la Impresión 3D.
2. Brindar soluciones, bienes y servicios, conocimientos técnicos y
productos locales a entes del Gobierno Nacional y a la Industria.
3. Producir bienes materiales requeridos por el sistema de salud
pública, priorizando la producción de una línea de prótesis y orthesis
de fabricación nacional.
4. Investigar y profundizar los avances tecnológicos en impresión 3D en
la búsqueda de soluciones sustentables con valor agregado.
5. Diseñar y desarrollar proyectos vinculados al ámbito educativo y a
la capacitación en el uso de las nuevas tecnologías y de la impresión
3D.
ARTÍCULO 3° — Créase, en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS
DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la UNIDAD EJECUTORA del
Programa “ARGENTINA EN 3D.” (PAR.3D), encargada de gestionar y
cumplimentar sus objetivos.
ARTÍCULO 4° — Serán competencias de la UNIDAD EJECUTORA:
1. Efectuar estudios, informes y diagnósticos para identificar y
proponer modificaciones normativas que se requieran para un mejor
desarrollo del PROGRAMA.
2. Realizar el seguimiento de los proyectos asignados.
3. Coordinar tareas operativas con autoridades nacionales, provinciales
e instituciones a fin de cumplir con los objetivos asignados en la
presente resolución.
4. Asignar al personal y los recursos materiales requeridos para cada uno de los objetivos y proyectos establecidos.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P. JORGE CAPITANICH, Jefe de Gabinete
de Ministros.
e. 16/01/2015 N° 2409/15 v. 16/01/2015