CONMEMORACIONES
Ley 27.100
Día Nacional del Humorista.
Sancionada: Diciembre 17 de 2014
Promulgada de Hecho: Enero 20 de 2015
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTÍCULO 1° — Institúyase el
día 26 de noviembre de cada año como el Día Nacional del Humorista, en
conmemoración del natalicio del humorista gráfico, Roberto “el Negro”
Fontanarrosa.
ARTÍCULO 2° — Facúltase al
Poder Ejecutivo nacional a adoptar las medidas necesarias a fin de
implementar actividades específicas referidas a la conmemoración del
Día Nacional del Humorista y realizar la más alta difusión, a través de
los mecanismos de comunicación oficial.
ARTÍCULO 3° — Invítese a las
provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a disponer
actividades en los distintos ámbitos de su competencia, con el mismo
fin que el establecido en el artículo 2° de la presente ley.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 27.100 —
JULIAN A. DOMINGUEZ. — GERARDO ZAMORA. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.