MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Resolución 18/2015
Bs. As., 27/1/2015
VISTO el Expediente N° 62.457/2014 del Registro de la SECRETARIA DE
COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2015 formulado por TÉLAM
SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en el área de la SECRETARIA DE
COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la
medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de
la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto N° 1.344 de fecha
4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, determinan que es
facultad del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS la aprobación
de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
Ejercicio 2015 de TÉLAM SOCIEDAD DEL ESTADO actuante en el área de la
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II,
adjuntos a la presente resolución, respectivamente.
ARTÍCULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CUATRO
MILLONES OCHOCIENTOS DIECISÉIS MIL ($ 174.816.000) los ingresos de
operación y fíjanse en la suma de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO
MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO ($
668.177.985) los gastos de operación, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Operativo (PÉRDIDA DE OPERACIÓN) estimado en
PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y UN
MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO ($ 493.361.985), de acuerdo al detalle
que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente
resolución.
ARTÍCULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO
MILLONES OCHOCIENTOS DIECISÉIS MIL ($ 584.816.000) los ingresos
corrientes y fíjanse en la suma de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO
MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO ($
668.177.985) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS OCHENTA
Y TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y
CINCO ($ 83.361.985), de acuerdo con el detalle que figura en las
planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.
ARTÍCULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS SEIS MILLONES CIENTO
SESENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO ($ 6.163.164) los ingresos
de capital y fíjanse en la suma de PESOS ONCE MILLONES CUATROCIENTOS
SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTISÉIS ($ 11.407.926) los gastos de capital,
y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico
establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el
Resultado Financiero (DÉFICIT) para el Ejercicio 2015 en PESOS OCHENTA
Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE ($
88.606.747), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del
Anexo II, adjunto a la presente resolución.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía
y Finanzas Públicas.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 05/02/2015 N° 6574/15 v. 05/02/2015
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)