ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 12/2015
Bs. As., 26/1/2015
VISTO el Expediente N° 024-99-81616438-5-790 del Registro de esta
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), el Decreto N°
84 del 23 de enero de 2014, la Resolución D.E. N° 51 de fecha 20 de
febrero de 2014.
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto 84/14, el PODER EJECUTIVO NACIONAL creó el
PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS (PROGRESAR) con la
finalidad de generar nuevas oportunidades de inclusión social y laboral
a los jóvenes de entre DIECIOCHO (18) años y VEINTICUATRO (24) años de
edad inclusive con estudios formales incompletos y en situación de
vulnerabilidad, a través de acciones integradas que permitan su
capacitación e inserción laboral.
Que a través de la Resolución D.E. N° 051/14 se dictaron las normas
interpretativas, aclaratorias y complementarias para la implementación
de la prestación PROGRESAR.
Que el artículo 5° de la Resolución mencionada en el considerando
anterior establece los plazos en los que deberá acreditarse la
asistencia regular al establecimiento educativo o de
capacitación/formación laboral.
Que el plazo establecido para dar cumplimiento a la regularidad para el
mes de noviembre resultó insuficiente, considerando la carga operativa
tanto para los establecimientos educativos como para esta
Administración en función del volumen de prestaciones vigentes.
Que en atención a lo expuesto resulta conveniente prorrogar al plazo
previsto para la adecuación de la regularidad hasta el último día hábil
del mes de febrero del corriente y en consecuencia determinar cómo se
liquidará para los casos alcanzados por la presente, el VEINTE POR
CIENTO (20%) reservado.
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, mediante Dictamen N° 58.435.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas
en el artículo 3° del Decreto N° 2741/91, el artículo 18 del Decreto N°
84/14 y el Decreto N° 154/11.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Prorrógase el plazo previsto en el artículo 5° de la
Resolución D.E N° 51/14 para la acreditación de la asistencia regular
al establecimiento educativo o de capacitación o formación laboral
correspondiente al mes de noviembre de 2014 hasta el último día hábil
del mes de febrero de 2015. Para los casos alcanzados por la presente,
el VEINTE POR CIENTO (20%) reservado pertinente se incorporará en la
primera liquidación disponible posterior a la fecha de presentación de
la acreditación.
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese y dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial. — Lic. DIEGO LUIS BOSSIO, Director
Ejecutivo.
e. 06/02/2015 N° 7822/15 v. 06/02/2015