Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 180/2015
Ofrécese recompensa.
Bs. As., 10/2/2015
VISTO la Ley N° 26.538, la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 de
octubre de 2012 y el Legajo N° 02/15 del PROGRAMA NACIONAL DE
COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que ante el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N° 1 de la ciudad de CALETA OLIVIA,
provincia de SANTA CRUZ, tramita la causa caratulada “COMISARÍA
SECCIONAL TERCERA S/INVESTIGA HOMICIDIO”, expediente N° 58737/14, (Pvo.
N° 292-3RA/14).
Que el cuerpo sin vida de Ezequiel Alejandro CARRIZO, fue hallado el
día 7 de mayo de 2014 en una playa denominada “La Zaranda” ubicada a
unos QUINCE (15) kilómetros al sur de la ciudad de CALETA OLIVIA,
provincia de SANTA CRUZ, quien habría fallecido por haber recibido TRES
(3) impactos de arma de fuego.
Que por Oficio N° 1863 de fecha 11 de diciembre de 2014, el doctor
Mario A. ALBARRÁN, Juez a cargo del mencionado Juzgado, solicita se
ofrezca una recompensa para aquellas personas quienes, sin haber
intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan
lograr la aprehensión de personas que hubieran tomado parte en la
comisión del delito de homicidio agravado (artículo 79, 41 bis del
Código Penal) en el que fuera víctima Ezequiel Alejandro CARRIZO.
Que en la citada causa interviene la FISCALÍA DE INSTRUCCIÓN N° 2 de la
ciudad de CALETA OLIVA, provincia de SANTA CRUZ, a cargo del doctor
Gabriel NOLASCO CONTRERAS.
Que el artículo 3º de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚ BLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que a tenor de lo que surge de la Decisión Administrativa Nº 1 del 19
de enero de 2015 se cuenta con fondos suficientes en la partida
correspondiente al Fondo Permanente de Recompensas de este Ministerio.
Que ha tomado la intervención de su competencia tanto el PROGRAMA
NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA
JUSTICIA como la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
los artículos 1° y 3° de la Ley Nº 26.538 y en el Anexo II de la
Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Ofrécese como
recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de
PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), destinada a aquellas personas
quienes, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos
útiles que permitan lograr la aprehensión de las personas que hubieran
tomado parte en el homicidio de Ezequiel Alejandro CARRIZO, quien fuera
hallado sin vida el día 7 de mayo de 2014 en playa ‘’La Zaranda” de la
ciudad de CALETA OLIVIA, provincia de SANTA CRUZ.
Art. 2° — Las personas que
quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el
PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA
POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.
Art. 3° — El pago de la
recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe
el representante de esta Cartera de Estado previo informe del
representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL sobre el mérito de la
información aportada, preservando la identidad del informante.
Art. 4° — Encomiéndase a la
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional y de la provincia de SANTA CRUZ.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.