ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 3742
Procedimiento informático de registro
y cancelación de las destinaciones suspensivas de removido. Resolución
General N° 1.229 y sus modificatorias. Su modificación.
Bs. As., 20/2/2015
VISTO la Resolución General N° 1.229 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la citada Resolución General aprueba los procedimientos
informáticos relativos al registro, tramitación y cancelación de las
destinaciones suspensivas de removido en el Sistema Informático MALVINA
(SIM).
Que, asimismo, se establecieron las posiciones arancelarias
correspondientes a las mercaderías cuyas destinaciones de removido
deben registrarse en forma obligatoria a través del subrégimen REMO -
Guía de Removido.
Que con el objeto de perfeccionar el control sobre el registro del
subrégimen REMO, la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del
Interior propicia ampliar el universo de las mercaderías comprendidas
en el listado de Posiciones Arancelarias del Anexo III “G” de la
Resolución General N° 1.229 y sus modificatorias.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico
Legal Aduanera, de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección
General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Sustitúyese el
Anexo III “G” de la Resolución General N° 1.229, y sus modificatorias,
por el Anexo III “H”, que se aprueba y forma parte de la presente.
Art. 2° — Esta resolución
general entrará en vigencia a partir del primer día hábil
administrativo inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial.
Art. 3° — Déjase sin efecto la
Resolución General N° 3.317 del 18 de abril de 2012 a partir de la
fecha de vigencia indicada en el artículo precedente.
Art. 4° — Regístrese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y difúndase
a través del Boletín de la Dirección General Aduanas. Cumplido,
archívese. — Ricardo Echegaray.
ANEXO (Artículo 1º)
ANEXO III “H” DE LA RESOLUCIÓN GENERAL N° 1.229
POSICIONES ARANCELARIAS CON OBLIGACIÓN, POR PARTE DEL DECLARANTE, DE SU
REGISTRO INFORMÁTICO A TRAVÉS DEL SUBRÉGIMEN REMO - GUÍA DE REMOVIDO