MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición 10/2015

Bs. As., 21/1/2015

VISTO el Expediente N° 1.614.647/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente N° 1.614.647/14, obra el acuerdo celebrado por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, el SINDICATO LUZ Y FUERZA MERCEDES y la empresa SERVICIOS ENERGÉTICOS DEL CHACO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (S.E.CH.E.E.P.), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes convienen conformar la estructura orgánica en los distintos niveles y categorías del Convenio Colectivo de Trabajo N° 36/75, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que si bien procede el registro del acuerdo celebrado, el mismo lo será como acuerdo marco de carácter colectivo y sin perjuicio del derecho individual de los trabajadores.

Que se hace saber que el ANEXO I obrante a fojas 3/6, no es materia de registro por resultar de naturaleza individual.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de registro, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto N° 2096/14.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Declárase registrado el acuerdo obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.614.647/14, celebrado por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, el SINDICATO LUZ Y FUERZA MERCEDES y la empresa SERVICIOS ENERGETICOS DEL CHACO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (S.E.CH.E.E.P.), conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.614.647/14.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 36/75.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.614.647/14

Buenos Aires, 22 de enero de 2015

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICIÓN DNRT T N° 10/15 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 114/15. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la ciudad de Resistencia, capital de la provincia del Chaco, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil catorce, entre el Directorio de SERVICIO ENERGÉTICO DEL CHACO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL en adelante denominada “LA EMPRESA”, representada en este acto el Ing. CESAR LUIS COTICHELLI y el Sr. SERGIO KNORRE y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (FATLYF) representada en este acto por los Sres. RUBEN DARIO BETTINOTTI y JUAN CARLOS MENENDEZ en su carácter de Secretario Gremial del Sindicato Luz y Fuerza Mercedes y Sr. GUILLERMO MOSER Secretario General Sindicato Luz y Fuerza Mercedes, en adelante denominada “LA FEDERACIÓN”, manifiestan que se reúnen con el objeto de convenir metodología de organización básica de la estructura empresarial. A tal fin suscriben el presente instrumento que se regirá por las normativas vigentes aplicables:

PRIMERA: LA EMPRESA en el marco del derecho que le compete para definir y determinar las políticas de Dirección y Organización y en cumplimiento de acuerdos que anteceden al presente, promocionará a los trabajadores cuyos datos figuran en el Anexo comprometiéndose a brindarles capacitación específica.

SEGUNDA: Las personas cuyos datos figuran en el Anexo I, pasarán a conformar la estructura Orgánica de la Empresa en las Áreas referidas y en los distintos niveles y categorías del Convenio Colectivo de Trabajo N° 36/75.

No siendo para más, previa lectura y ratificación; se suscriben cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y efecto.