AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

Decisión Administrativa 32/2015

Decisión Administrativa N° 477/1998. Incorpóranse cargos.

Bs. As., 19/2/2015

VISTO el Expediente N° 640/2014 del registro de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, la Ley N° 27.008 aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2015, distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 19 de enero de 2015, el Decreto N° 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, sus modificatorios y complementarios, la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 477/98, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios.

Que a través del Artículo 9° del Decreto N° 1.382/12, sus modificatorios y complementarios, se estableció que la conducción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS estará a cargo de UN (1) Presidente, con rango y jerarquía de Secretario y de UN (1) Vicepresidente, con rango y jerarquía de Subsecretario.

Que en esta instancia y en atención a la naturaleza de sus cometidos, resulta necesario incorporar al Presidente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, con carácter de excepción, en los artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso b) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la precitada Decisión Administrativa.

Que, asimismo, resulta necesario incorporar al Vicepresidente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, con carácter de excepción, en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la precitada Decisión Administrativa.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Incorpórase, con carácter de excepción, a partir de la vigencia de la presente medida, el cargo de Presidente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en los artículos 1°, 2° y 3°, así como también en el inciso b) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorios.

Art. 2° — Incorpórase, con carácter de excepción, a partir de la vigencia de la presente medida, el cargo de Vicepresidente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en los artículos 1°, 2° y 3°, así como también en el inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorios.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Entidad 205 - AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.