MINISTERIO DE SALUD

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 54/2015

Bs. As., 19/2/2015

VISTO el Expediente N° 614/2015 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente del VISTO tramita el Acuerdo de Cooperación celebrado entre SOFTWARE ONE ARGENTINA S.R.L, MICROSOFT ARGENTINA S.A. y la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, cuyo objeto consiste en crear un marco no-exclusivo de cooperación entre las partes involucradas que siente los parámetros básicos para facilitar y colaborar en la evaluación, implementación y aprovechamiento de los programas, entrenamientos, recursos y herramientas tecnológicas para mejorar la organización e implementación de tecnologías en el área de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que asimismo, también prevé que conforme las necesidades y los requerimientos, se podrán identificar programas de licenciamiento Microsoft a partir de los cuales, y una vez implementados, esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD tendrá la posibilidad de adherir a los Agentes del Seguro de Salud, a tales programas.

Que resulta conveniente, en el marco de competencias propias de este Organismo propiciar el desarrollo de programas que mejoren los procesos que se llevan a cabo en el mismo, asegurando la máxima eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los objetivos propuestos.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos tomó intervención en la órbita de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos N° 1615, del 23 de diciembre de 1996, N° 1008 del 2 de julio de 2012 y N° 2710 del 28 de diciembre de 2012.

Por ello,

LA SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Acuerdo de Cooperación celebrado entre SOFTWARE ONE ARGENTINA S.R.L, MICROSOFT ARGENTINA S.A. y la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, cuyo objeto consiste en crear un marco no-exclusivo de cooperación entre las partes involucradas que siente los parámetros básicos para facilitar y colaborar en la evaluación, implementación y aprovechamiento de los programas, entrenamientos, recursos y herramientas tecnológicas para mejorar la organización e implementación de tecnologías en el área de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y que como ANEXO I se incorpora a la presente.

ARTICULO 2° — Invítase a los Agentes del Seguro de Salud a adherir al Acuerdo de Cooperación aprobado en el ARTICULO 1° de la presente, mediante Nota de Adhesión dirigida a esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente archívese. — LILIANA KORENFELD, Superintendenta, Superintendencia de Servicios de Salud.

NOTA: La presente Resolución se publica sin anexos.

e. 27/02/2015 N° 12742/15 v. 27/02/2015