MERCOSUR/GMC/RES. Nº 28/14
CARGOS DE FUNCIONARIOS MERCOSUR EN EL ISM Y EL IPPDDHH
VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario establecer un marco adecuado para la aplicación
del Régimen de Carrera de los Funcionarios MERCOSUR al Instituto Social
del MERCOSUR (ISM) y al Instituto de Políticas Públicas de Derechos
Humanos (IPPDDHH).
Que en los Presupuestos correspondientes al ISM y al IPPDDHH el salario
asignado al cargo de Jefe de Departamento es equivalente al del cargo
de Asesor Técnico de la SM.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 – Establecer la equivalencia del cargo de Jefe de Departamento
correspondiente al ISM y al IPPDDHH, establecido en las Decisiones CMC
N° 37/08, 12/10 y 47/10, con el cargo de Asesor Técnico de la SM para
los fines de la aplicación del “Régimen de Carrera de los Funcionarios
MERCOSUR” y del procedimiento de selección previsto en la Decisión CMC
N° 07/07.
Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la
organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XLIII GMC EXT. - Caracas, 27/VII/14.
“El Acta de la XLIII Reunión Extraordinaria del Grupo Mercado Común
(GMC), realizada el día 27 de julio de 2014 en la ciudad de Caracas y
los anexos mencionados en la misma se encuentran a disposición del
público en el sitio web Oficial del MERCOSUR (www.mercosur.int) de
conformidad con lo que establece el protocolo de Ouro Preto aprobado
por Ley 24.560”.