MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decreto 342/2015
Dase por designado el Director Nacional de Protección Civil.
Bs. As., 3/3/2015
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-SEG: 0000846/2014 del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, las Leyes N° 26.895 y N° 27.008, los Decretos
Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de
2002, 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, 328 de fecha 7 de marzo de
2012 y 48 de fecha 14 de enero de 2014, la Decisión Administrativa de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 214 de fecha 1° de abril de
2014 y la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 410 de fecha
4 de septiembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por las Leyes N° 26.895 y N° 27.008 se aprobaron los Presupuestos
Generales de la Administración Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015.
Que por el Artículo 7° de las citadas leyes se dispuso el congelamiento
de los cargos vacantes financiados, existentes a la fecha de sanción de
la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Nacional y de los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión
fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el Artículo 10 de las referidas leyes se dispuso que las
facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser
asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable
político de la Administración General del país y en función de lo
dispuesto por el Inciso 10 del Artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que por el Decreto N° 328/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que por el Artículo 2° del Decreto N° 48/14 se modificó la estructura
del MINISTERIO DE SEGURIDAD incorporando la SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN
CIVIL Y ABORDAJE INTEGRAL DE EMERGENCIAS Y CATÁSTROFES con dependencia
de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD.
Que por el Artículo 1° de la Decisión Administrativa citada en el Visto
se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la
SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL Y ABORDAJE INTEGRAL DE EMERGENCIAS Y
CATÁSTROFES dependiente de la SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE
SEGURIDAD.
Que por el Artículo 1° de la Resolución mencionada en el Visto, se
homologó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo de Director
Nacional de Protección Civil dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
PROTECCIÓN CIVIL Y ABORDAJE INTEGRAL DE EMERGENCIAS Y CATÁSTROFES de la
SECRETARÍA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD se encuentra vacante el
cargo antes indicado, resultando indispensable proceder a su cobertura
transitoria de manera inmediata, a fin de cumplir en tiempo y forma las
exigencias del servicio.
Que por el Decreto N° 2.098/08, se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.).
Que el Técnico Don Carlos Alberto ZOLOAGA reúne los conocimientos,
experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo, no
obstante corresponde aprobar su designación con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A,
establecidos en el Artículo 14 del Convenio citado precedentemente.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto N° 601/02, en su Artículo 6°, establece que los
proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no
impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el
ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados
por la documentación detallada en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo
de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el referido Artículo 6°
del Decreto N° 601/02, reglamentario del Decreto N° 491/02.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el Técnico Don Carlos Alberto ZOLOAGA ha efectuado una real y
efectiva prestación de servicios como Director Nacional de Protección
Civil desde el día 14 de julio de 2014 y hasta el 30 de noviembre de
2014 inclusive, siendo procedente designarlo con efectos a esa fecha.
Que la cobertura del cargo aludido cuenta con el financiamiento correspondiente.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
SEGURIDAD.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del Artículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, los
Artículos 7° y 10 de las Leyes N° 26.895 y N° 27.008, y a tenor de lo
dispuesto por el Artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
designado transitoriamente, a partir del 14 de julio de 2014 y hasta el
30 de noviembre de 2014 inclusive, en UN (1) cargo Nivel A - Grado 0,
como Director Nacional de Protección Civil dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL Y ABORDAJE INTEGRAL DE EMERGENCIAS Y
CATÁSTROFES de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD,
al Técnico Don Carlos Alberto ZOLOAGA (D.N.I. N° 18.282.109),
autorizándose a partir del 4 de septiembre de 2014 el correspondiente
pago de la Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial, homologado por Decreto N° 2.098/08, con carácter de
excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes N° 26.895 y N°
27.008, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos
mínimos de acceso al Nivel A, establecidos en el Artículo 14 del
Convenio citado precedentemente.
Art. 2° — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a
las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 41
- MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Art. 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — María C.
Rodriguez.