MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO


MERCOSUR/CMC/ACTA Nº 01/14

XLVI REUNIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN

Se realizó en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, el día 28 de julio de 2014, la XLVI Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común, con la presencia de las Delegaciones de Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Venezuela y Bolivia en los términos de la Decisión CMC N° 68/12.

La Delegación de Paraguay deja constancia que no ha suscrito la Decisión CMC Nº 68/12.

En la reunión se trataron los siguientes temas:

1. INFORME DE LA PRESIDENCIA PRO TEMPORE VENEZOLANA

El CMC recibió el informe del Coordinador Nacional de Venezuela del Grupo Mercado Común en ejercicio de la Presidencia Pro Tempore, sobre los trabajos desarrollados durante el período julio 2013 - julio 2014 (Anexo III - MERCOSUR/XLVI CMC/DI Nº 01/14).

En ese contexto, la Presidencia destacó, entre otros, las siguientes iniciativas y actividades: la propuesta de Zona Económica Complementaria entre MERCOSUR, ALBA-TCP, CARICOM y PETROCARIBE (ZEC); la creación de la Reunión de Autoridades sobre Pueblos Indígenas; la creación de Reunión de Autoridades sobre Privacidad y Seguridad de la información e infraestructura Tecnológica del MERCOSUR; la celebración del I Encuentro del MERCOSUR Obrero; así como el proyecto regional para la ejecución de un Programa para la Erradicación del Hambre en el MERCOSUR en el periodo 2014 - 2017 en el ámbito de la CCMAS.

En particular, los Ministros resaltaron la Declaración como “Ciudadanos Ilustres del MERCOSUR” del Presidente Hugo Chávez y del ex Presidente Néstor Kirchner, reconociendo su liderazgo como constructores de una integración regional.

2. EVALUACIÓN GENERAL DEL MERCOSUR

Los Ministros realizaron un amplio y fructífero intercambio de opiniones respecto al proceso de integración, destacando los avances registrados en el período bajo la PPTV, tal como el proceso de adhesión del Estado Plurinacional de Bolivia al MERCOSUR. Asimismo, analizaron los diferentes temas centrales del proceso de integración regional.

Por otra parte, se congratularon por el desempeño de la República Bolivariana de Venezuela en el ejercicio de su primera Presidencia Pro Témpore del MERCOSUR, lo que constituye un paso importante en el proceso de integración.

3. INFORME DEL ALTO REPRESENTANTE GENERAL DEL MERCOSUR (ARGM)

El CMC recibió el informe del Alto Representante General del MERCOSUR, Dr. Ivan Ramalho, en el cual se analiza el proceso de integración en el contexto internacional y se detallan las actividades desarrolladas durante el segundo semestre de 2013 y primer semestre de 2014 (Anexo IV - RESERVADO - MERCOSUR/XLVI CMC/DI N° 02/14).

Asimismo, el CMC recibió el Programa de Trabajo 2014 del ARGM y de la Unidad de Apoyo para la Participación Social del MERCOSUR (UPS).

4. INFORME DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN (TPR)

El CMC recibió el informe del Secretario del Tribunal Permanente de Revisión, Sr. Raphael Carvalho de Vasconcelos, quien mencionó la importancia del Tribunal en el marco del sistema jurídico del MERCOSUR y, en ese sentido, recordó la conmemoración de los 10 años del TPR el próximo 13 de agosto.

El informe de actividades 2013 - 2014 consta como Anexo V - RESERVADO (MERCOSUR/XLVI CMC/DI N° 03/14).

5. INFORME DEL INSTITUTO SOCIAL DEL MERCOSUR (ISM)

El CMC recibió un informe del Director Ejecutivo del Instituto Social del MERCOSUR, Sr. Miguel Ángel Contreras, sobre las actividades desarrolladas en su actual gestión.

El informe de actividades 2013 - 2014 consta como Anexo VI - RESERVADO (MERCOSUR/XLVI CMC/DI N° 04/14).

6. INFORME DEL INSTITUTO DE POLÍTICAS PÚBLICAS EN DERECHOS HUMANOS DEL MERCOSUR (IPPDH)

El CMC recibió un informe del Secretario Ejecutivo del IPPDH, Sr. Víctor Abramovich, sobre los avances en el Programa de trabajo y así como la Guía de Archivos sobre Graves Violaciones a los Derechos Humanos cometidas por las Coordinaciones Represivas del Cono Sur (Operación Cóndor).

El Informe consta como Anexo VII - RESERVADO (MERCOSUR/XLVI CMC/DI N° 05/14).

7. INFORME DEL PARLAMENTO MERCOSUR

El CMC recibió un informe del Presidente del Parlamento del MERCOSUR, Sr. Ruben Martínez Huelmo. El informe consta como Anexo VIII - RESERVADO - (MERCOSUR/XLVI CMC/DI N° 06/14).

8. INFORME DE LA UNIDAD DE APOYO PARA LA PARTICIPACIÓN SOCIAL DEL MERCOSUR (UPS)

El CMC recibió el informe de la Coordinadora de la UPS, Sra. Mariana Vázquez, sobre las actividades desarrolladas durante su primer periodo de gestión. El Informe consta como Anexo IX - RESERVADO (MERCOSUR/XLVI CMC/DI N° 07/14).

9. INFORME DE LA COMISIÓN DE REPRESENTANTES PERMANENTES DEL MERCOSUR (CRPM)

El CMC recibió los Informes Semestrales de Actividades de la Comisión de Representantes Permanentes del MERCOSUR (CRPM) al mes de diciembre 2013 (Anexo X - RESERVADO - MERCOSUR/XLVI CMC/DI N° 08/14) y al mes de julio de 2014 (Anexo X - RESERVADO - MERCOSUR/XLVI CMC/DI N° 09/14), presentados en los términos del Artículo 7 de la Decisión CMC N° 11/03.

10. INFORME DE LA SECRETARÍA DEL MERCOSUR

El CMC recibió al Director de la Secretaría del MERCOSUR, Sr. Oscar Pastore, quien realizó una presentación de las actividades del órgano.

11. INFORME DEL FORO DE CONSULTA Y CONCERTACIÓN POLÍTICA (FCCP)

El CMC recibió el informe del Coordinador Nacional de Venezuela del FCCP, en ejercicio de la Presidencia Pro Tempore, sobre las actividades desarrolladas durante el segundo semestre de 2013 y primer semestre de 2014, así como sobre las Reuniones de Ministros y Reuniones Especializadas cuyo seguimiento se efectúa en dicho ámbito.

El CMC tomó conocimiento de la realización de la LXXVII Reunión del FCCP, realizada en Caracas, Venezuela, los días 25 a 27 de julio de 2014.

El CMC aprobó la Decisión N° 15/14 “Adhesión de la República del Perú al Acuerdo sobre Exención de Traducción de Documentos Administrativos para Efectos de Inmigración entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile” (Anexo II).

12. INFORME DEL FORO CONSULTIVO DE MUNICIPIOS, ESTADOS FEDERADOS, PROVINCIAS Y DEPARTAMENTOS DEL MERCOSUR (FCCR)

El CMC tomó nota de la “Declaración de Caracas” suscripta en ocasión de la XIV Reunión Ordinaria del Foro Consultivo de Municipios, Estados Federados, Provincias y Departamentos del MERCOSUR (FCCR) (Anexo XII - RESERVADO - MERCOSUR/XLVI CMC/DI Nº10/14), celebrada en Caracas el día 28 de julio de 2014.

13. CONSIDERACIÓN DE LOS PROYECTOS DE COMUNICADO Y DECLARACIONES DE LOS PRESIDENTES DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y PRESIDENTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS

El CMC consideró los siguientes documentos, que constan como Anexo XI:

- Comunicado Conjunto de Presidentes y Presidentas de los Estados Partes del MERCOSUR

- Comunicado Conjunto de Presidentes y Presidentas de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados

- Comunicado Especial sobre los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes Migrantes no acompañados

- Comunicado de los Estados Partes sobre el Banco del Sur

- Declaración como Ciudadano Ilustre del MERCOSUR del Sr. Presidente y Comandante de la Revolución Bolivariana, Hugo Chávez Frías

- Declaración como Ciudadano Ilustre del MERCOSUR del Sr. Ex Presidente de la República Argentina, Don Néstor Carlos Kirchner

- Declaración Especial de los Estados Partes del MERCOSUR en Respaldo a la República Argentina en Defensa de la Reestructuración de su Deuda Soberana

- Declaración Conjunta de los Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) para Promover el Establecimiento de una Zona Económica Complementaria entre los Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), los Países Miembros de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (ALBA-TCP), los Países Miembros de PETROCARIBE y los Miembros de la Comunidad del Caribe (CARICOM)

14. APROBACIÓN DE DECISIONES Y RECOMENDACIÓN

El CMC aprobó las Decisiones N° 13/14 “Directrices de la Política de Igualdad de Género del MERCOSUR”, Nº 14/14 “Reunión de Autoridades sobre Pueblos Indígenas”, Nº 15/14 “Adhesión de la República del Perú al “Acuerdo sobre Exención de Traducción de Documentos Administrativos para Efectos de Inmigración entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile”“, Nº 16/14 “Plan de Funcionamiento de Sistema Integrado de Movilidad del MERCOSR (SIMERCOSUR)”, y Nº 17/14 “Reunión de Autoridades sobre Privacidad y Seguridad de la Información e Infraestructura Tecnológica del MERCOSUR” y la Recomendación Nº 01/14 “Año Internacional de la Agricultura Familiar 2014”(Anexo II).

15. INTERVENCIONES DE LOS INVITADOS ESPECIALES

El CMC saludó la participación de las Autoridades y Representantes de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América - Tratado de Comercio de los Pueblos (ALBA), del PETROCARIBE, del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), de la Alianza del Pacífico, de la Corporación Andina de Fomento (CAF), de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y Agricultura (FAO), del Sistema Económico Latinoamericano del Caribe (SELA) y de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).

16. OTROS ASUNTOS

- Reunión de Ministros de Economía y Presidentes de Bancos Centrales (RMEPBC)

El CMC tomó conocimiento del encuentro de los Ministros de la RMEPBC, ocurrido en Caracas, el día 30 de octubre de 2013.

- Reunión de Ministros del Interior (RMI)

El CMC tomó nota de los resultados de la XXXIV Reunión de Ministros del Interior realizada en conjunto con la RMJ, en Isla Margarita, el día 8 de noviembre de 2013, entre otros, la firma del “Acuerdo para la aprobación de la Guía de Procedimiento para la Fiscalización de Materiales Radiactivos en los Puntos de Control”.

- Reunión de Ministros de Justicia (RMJ)

El CMC tomó nota de los resultados de la XL Reunión de Ministros de Justicia, celebrada en Isla Margarita, el día 8 de noviembre de 2013 y destacó la firma de las siguientes declaraciones: “Declaración de Isla Margarita para el Fortalecimiento de las Garantías de los Derechos de las Personas con Discapacidad en el Marco de Procesos Judiciales y/o Administrativos”, “Declaración de Isla Margarita sobre los Principios Básicos del MERCOSUR en el Marco del Proceso de Revisión de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos”.

Asimismo, tomó conocimiento de la Adhesión de la República Bolivariana de Venezuela a la “Declaración sobre Prohibición de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes del MERCOSUR y Estados Asociados” y a la “Declaración sobre las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos del MERCOSUR y Estados Asociados”.

- Reunión de Ministros de Educación (RME)

El CMC tomó nota de los resultados de la XLV Reunión de Ministros de Educación, celebrada en Caracas, el día 22 de noviembre de 2013.

Asimismo, aprobó la Decisión CMC Nº 16/14 “Plan de Funcionamiento del SIMERCOSUR”.

- Reunión de Ministros y Autoridades de Desarrollo Social (RMADS)

El CMC tomó nota de los resultados de la XXV Reunión de Ministros y Autoridades de Desarrollo Social del MERCOSUR, celebrada en Caracas, el día 22 de noviembre de 2013.

- Comisión de Coordinación de Ministros de Asuntos Sociales del MERCOSUR (CCMASM)

El CMC tomó nota de los resultados de la III Reunión Ampliada de la CCMASM, celebrada en Caracas, el día 22 de noviembre de 2013, entre ellos, la firma de la “Declaración ante el Mausoleo del Libertador Simón Bolívar”.

- Reunión de Altas Autoridades sobre Derechos Humanos del MERCOSUR (RAADDHH)

El CMC tomó nota de los resultados de la XXIV Reunión Ordinaria de la RAADDHH, realizada en Caracas, entre los días 6 y 8 de noviembre 2013.

- Reunión de Ministras y Altas Autoridades de la Mujer (RMAAM)

El CMC tomó nota de la IV Reunión Ordinaria de la RMAAM realizada en Caracas, los días 14 y 15 de noviembre de 2013 y, con relación al punto 5.2 del Acta RMAAM Nº 02/13, instruyó al GAIM, a través del GMC, a que trate la solicitud efectuada por dicha reunión.

Asimismo, aprobó la Decisión CMC Nº 13/14 “Directrices de la Política de Igualdad de Género del MERCOSUR.”

- Reunión de Ministros y Altas Autoridades en Deportes (RMDE)

El CMC tomó nota de la celebración de la I Reunión Ordinaria de la RMDE realizada en Catia la Mar los días 7, 8 y 9 de enero de 2014.

- Reunión de Ministros de Salud (RMS)

El CMC tomó nota de los resultados de la XXXV Reunión de Ministros de Salud, celebrada en Caracas, el día 22 de noviembre de 2013.

El CMC tomó conocimiento de la firma, en dicho ámbito, de los acuerdos interinstitucionales celebrados por los Ministros de Salud, que constan como anexo del Acta Nº 02/13 de dicho órgano.

- Reunión de Ministros de Medio Ambiente (RMMA)

El CMC tomó nota de los resultados de la XVIII Reunión de Ministros de Medio Ambiente, celebrada en Caracas, el día 11 de noviembre de 2013, entre ellos, la “Declaración de los Ministros de Medio Ambiente del MERCOSUR y Estados Asociados en relación a la Agenda Ambiental del MERCOSUR”.

- Reunión de Ministros de Turismo (RMTUR)

El CMC tomó nota de los resultados de la XIII Reunión de Ministros de Turismo, celebrada en Caracas, el día 10 de enero de 2014.

- Cumbre Social del MERCOSUR

El CMC tomó conocimiento de la realización de la Cumbre Social del MERCOSUR, celebrada en Caracas, entre los días 26 y 29 de julio de 2014

- Foro Empresarial del MERCOSUR

El CMC tomó conocimiento de la realización del III Foro Empresarial del MERCOSUR, celebrado en Caracas, los días 26 y 27 de julio de 2014.

ANEXOS:

Los Anexos que forman parte de la presenta Acta son los siguientes:

Anexo IAgenda
Anexo IIDecisiones y Recomendación del CMC
Anexo IIIMERCOSUR/XLVI CMC/DI Nº 01/14 - Informe de la Presidencia Pro Tempore Venezolana
Anexo IVRESERVADO - MERCOSUR/XLVI CMC/DI Nº 02/14 - Informe del Alto Representante General del MERCOSUR
Anexo VRESERVADO - MERCOSUR/XLVI CMC/DI Nº 03/14 - Informe del Tribunal Permanente de Revisión
Anexo VIRESERVADO - MERCOSUR/XLVI CMC/DI Nº 04/14 - Informe Instituto Social del MERCOSUR
Anexo VIIRESERVADO - MERCOSUR/XLVI CMC/DI Nº 05/14 - Informe del Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos del MERCOSUR (IPPDH)
Anexo VIIIRESERVADO - MERCOSUR/XLVI CMC/DI Nº 06/14 - Informe del Parlamento MERCOSUR
Anexo IXRESERVADO - MERCOSUR/XLVI CMC/DI Nº 07/14 - Informe de la Unidad de Apoyo para la Participación Social del MERCOSUR (UPS)
Anexo X
RESERVADO - MERCOSUR/XLVI CMC/DI N° 08/14 - Informe CRPM al mes de diciembre 2013
RESERVADO - MERCOSUR/XLVI CMC/DI N° 09/14 - Informe CRPM al mes de julio de 2014
Anexo XIDocumentos considerados por el CMC
Anexo XIIRESERVADO - MERCOSUR/XLVI CMC/DI N° 10/14 - Declaración de Caracas


Ing. MARCELO O. MARZOCCHINI, Director de Asuntos Económicos del Mercosur.

MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 13/14

DIRECTRICES DE LA POLÍTICA DE IGUALDAD DE GÉNERO DEL MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.

CONSIDERANDO:

Que los Estados Partes han asumido compromisos a través de instrumentos internacionales y regionales con el objeto de alcanzar la igualdad de género.

Que el MERCOSUR ha promovido acciones para lograr la inclusión de la perspectiva de género en el proceso de integración, incorporando dicha perspectiva a los órganos y foros de su estructura institucional.

Que la inclusión de la perspectiva de género en la agenda de los diversos órganos y foros de la estructura institucional del MERCOSUR contribuye a la transversalidad en toda su estructura y hace necesaria una coordinación más estrecha entre ellos.

Que los procesos de integración regional en sus diferentes dimensiones impactan de manera diferenciada en mujeres y hombres, siendo que la integración económica, social y productiva, no debe generar o agravar desigualdades en las estructuras de la sociedad.

Que las dimensiones institucional y de políticas regionales deben garantizar la igualdad y equidad entre mujeres y hombres en el proceso de integración.

Que es necesario contribuir a buscar modelos de desarrollo socio-económico en la región, que respondan a las especificidades de las mujeres y que atiendan a los principios de igualdad y equidad de género.

Que es necesario contar con un marco común para el abordaje de las políticas, acciones y proyectos regionales, relacionados a asuntos de género al interior del MERCOSUR.

Que a tal efecto la Reunión de Ministras y Altas Autoridades de la Mujer (RMAAM) elaboró una propuesta de política de igualdad de género del MERCOSUR.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN

DECIDE:

Art. 1 - Implementar una Política de Igualdad de Género a través de las “Directrices de la Política de Igualdad de Género del MERCOSUR”, que constan como Anexo y forman parte de la presente Decisión.

Art. 2 - Instruir a los órganos y foros de la estructura institucional del MERCOSUR a aplicar, en lo que corresponda, las “Directrices de la Política de Igualdad de Género del MERCOSUR”.

Art. 3 - Facultar a la RMAAM para articular con los puntos focales de los órganos y foros del MERCOSUR la implementación de la política de igualdad de género.

Art. 4 - Instruir a la RMAAM a realizar el monitoreo y seguimiento de las diferentes etapas de la aplicación de la política de igualdad de género en el MERCOSUR.

Art. 5 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XLVI CMC - Caracas, 28/VII/14.

ANEXO

DIRECTRICES DE LA POLÍTICA DE IGUALDAD DE GÉNERO DEL MERCOSUR

1. Introducción

La igualdad de género es un derecho humano fundamental y condición necesaria para alcanzar el pleno cumplimiento de los derechos humanos y garantizar el desarrollo. Este derecho se encuentra reconocido en diversos instrumentos y acuerdos internacionales que establecen compromisos concretos para los Estados Partes.

En tal sentido, estas Directrices subrayan la necesidad de la integración de la dimensión de género en el conjunto de las políticas y la estructura institucional del MERCOSUR. Se trata de una herramienta que pretende constituirse, de ser aprobada por el Consejo del Mercado Común (CMC) en el documento que definirá las “Directrices de la Política de Igualdad de Género del MERCOSUR (DIPIG)”.

2. Fundamentación

Los procesos de integración regional deben estar orientados a beneficiar en condiciones de igualdad y equidad a mujeres y hombres. Se entiende por “igualdad” a una situación en la que mujeres y hombres tienen las mismas posibilidades y oportunidades de acceder y controlar recursos y bienes desde el punto de vista social. La “equidad” es concebida como el trato imparcial hacia mujeres y hombres según las características de cada caso, ya sea como “trato equitativo” (dar a mujeres y hombres “lo mismo”) o como “trato diferenciado” (según las necesidades de cada cual). Se considera así a la equidad en relación con los derechos, beneficios, obligaciones y posibilidades.

En tal sentido, es prioritario que los organismos del bloque regional contemplen en sus medidas y acciones hacia el interior y hacia el exterior, los impactos en términos de inclusión social y desarrollo humano atendiendo a criterios de igualdad y equidad entre hombres y mujeres.

Por su parte, los procesos de integración regional como el MERCOSUR no son neutros ya que impactan de manera diferencial en mujeres y hombres. Algunos aspectos de la integración económica, social, cultural, educativa, productiva, medioambiental entre otros tienen implicancias específicas sobre las estructuras sociales en su dimensión relacional y de poder. En este sentido, es necesario profundizar una integración regional que tenga en cuenta las especificidades de las mujeres en toda su diversidad (generacional, de raza, etnia, origen, discapacidad, ubicación geográfica, pertenencia cultural, religiosa y orientación sexual e identidad de género) para de esta manera atender a los criterios de igualdad y equidad antes expuestos. Asimismo, es necesario contribuir a la consolidación de modelos de desarrollo social y productivo en la región, que respondan a la inclusión de las mujeres.

La Declaración de la IV Conferencia Mundial de la Mujer de Naciones Unidas de Beijing en 1995, propone la estrategia de transversalidad del enfoque de género en las estructuras institucionales de los Estados, tanto a nivel interno como en los ámbitos intergubernamentales y de integración. En este marco es importante el fortalecimiento de los Mecanismos Nacionales de las Mujeres para potenciar la transversalidad de género como estrategia para la construcción de la autonomía de las mujeres y la igualdad real y efectiva.

3. Objetivos de la Política de Igualdad de Género del MERCOSUR

El objetivo fundamental de la política de género del MERCOSUR es contribuir, desde el enfoque del Feminismo y de los Derechos Humanos, a sentar las bases para la igualdad y no discriminación de las mujeres en la región, a través de la transversalización del enfoque de género en las políticas, acciones y proyectos regionales, así como en la gestión organizacional y la definición de políticas específicas dirigidas a la equidad de género y las relaciones igualitarias entre mujeres y hombres en todo el MERCOSUR.

Esta política, se constituye en un instrumento marco que guía a las instancias del MERCOSUR en la incorporación de la dimensión de género en su gestión, tanto en el proceso de determinación de objetivos, políticas, acciones y/o proyectos regionales, así como en la elaboración de la normativa.

Es necesario que al hablar de una Política de Igualdad de Género del MERCOSUR se considere la transversalidad de género en dos dimensiones diferenciales: la dimensión institucional y la dimensión de las políticas regionales:

i) Dimensión institucional

El desarrollo de la estrategia de la transversalidad de género en el MERCOSUR tiene como ámbito prioritario su estructura institucional. Es sustantivo considerar que las prácticas y dinámicas de las organizaciones intergubernamentales tienen impactos en la igualdad de oportunidades de acceso y participación de las mujeres en los espacios de decisión, en la designación de las representaciones nacionales a los órganos y foros del MERCOSUR, en las prácticas administrativas y de comunicación, así como en la promoción de normativa regional que consolidan estos aspectos. Al mismo tiempo, debe brindar condiciones para el fortalecimiento de la institucionalidad de género a nivel del bloque regional. Considerar y analizar con enfoque de género estos espacios es un elemento sustantivo para fortalecer el proceso de transversalidad de la perspectiva de género.

ii) Dimensión de políticas regionales

En lo que respecta a la dimensión de la transversalidad de género en las políticas regionales, es necesario avanzar en la coordinación con los diferentes órganos del bloque, a nivel de Reuniones de Ministros/as, Reuniones Especializadas o ámbitos consultivos a fin de profundizar en el conocimiento de las diversas aristas de las políticas que llevan adelante. Esto tiene como objetivos: (1) generar insumos para el desarrollo de políticas que reduzcan las desigualdades de género en el ámbito regional, (2) incidir en espacios de decisión sobre la aplicación de la normativa y de las políticas del bloque, (3) contribuir al desarrollo de sistemas de información y monitoreo del avance del MERCOSUR en estos aspectos.

4. Marco Normativo

4.1 Marco Normativo Internacional

El compromiso por la igualdad de género se encuentra consagrado en una serie de instrumentos del derecho internacional, que comprometen a los países a garantizar la aplicación efectiva de estrategias y prácticas que contribuyan a la igualdad de género y al pleno ejercicio de los derechos humanos de las mujeres.

Los principios de la igualdad y la no discriminación constituyen un eje central del sistema internacional de protección de los derechos humanos, y brindan el marco jurídico para el desarrollo de las directrices de igualdad de género en el bloque regional.

Los Estados Partes están comprometidos con las declaraciones, pactos, protocolos y otros tratados que integran el patrimonio jurídico de la humanidad y han ratificado diversos instrumentos internacionales que guían su accionar en materia de derechos humanos, y en particular de los derechos humanos de las mujeres, que son la base fundamental para el desarrollo de las presentes Directrices de la Política de Igualdad de Género del MERCOSUR.

Entre los instrumentos internacionales y regionales ratificados por todos los Estados Partes se encuentran los emanados de diferentes instancias de Naciones Unidas como: la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), y su Protocolo Facultativo, la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, el Programa de Acción de la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo (CAIRO), la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia, y las formas conexas de Intolerancia. En el ámbito de la Organización de Estados Americanos, los Estados Partes han ratificado la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención de Belén do Pará. De la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), son de destacar los compromisos internacionales asumidos por los Estados Partes del MERCOSUR para avanzar en el logro de la igualdad de género como los Consensos de México (2004), Quito (2007), Brasilia (2010), Santo Domingo (2013) y el Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo (2013). En el ámbito de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) los países miembros han ratificado el Convenio 111 sobre la discriminación en el empleo y ocupación, así como otros Convenios Fundamentales y de carácter técnico.

4.2 Normativa MERCOSUR

Por Resolución GMC N° 20/98 se creó la Reunión Especializada de la Mujer (REM) con el cometido de analizar la situación de la mujer, teniendo en cuenta la legislación vigente en los Estados Partes en lo relativo al concepto de igualdad de oportunidades, con el objeto de contribuir al desarrollo social, económico y cultural de los Estados Partes del MERCOSUR.

Por su parte, la Declaración Sociolaboral aprobada en 1998 por el Consejo del Mercado Común, incluyó preceptos sobre no discriminación y promoción de la igualdad.

A lo largo de la historia del MERCOSUR, luego de la creación de la REM, se han aprobado normativas específicas en temas como: tratamiento integral de la violencia basada en género, atención a mujeres en situación de trata internacional con fines de explotación sexual, participación política de las mujeres, trabajo doméstico, mujeres rurales, mujeres y trabajo rural asalariado, educación rural y desarrollo de la economía social para la inclusión de las mujeres. Se destacan a continuación algunas de estas normas que marcan el camino recorrido entorno a la temática.

La Resolución GMC N° 84/00 consagra la incorporación de la perspectiva de género, estableciendo que la misma implica un marco claro y eficaz de supervisión, acompañamiento y evaluación para alcanzar el objetivo de igualdad de oportunidades.

En lo que refiere a la representación política de las mujeres, con la aprobación del Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR en el año 2006, claramente se reitera el repudio a todas las formas de discriminación especialmente las relativas a género, y se insta a los Estados a procurar una adecuada representación en términos de género, etnias y regiones según las realidades nacionales.

En materia de Agricultura Familiar, mediante Recomendación CMC Nº 06/08 se aprobaron las Directrices para la Igualdad de Género en Políticas Públicas para la Agricultura Familiar, donde se propuso entre otros aspectos, utilizar la transversalidad de género como concepto y herramienta de acción para la integración de las diferentes políticas para la Agricultura Familiar implementadas por los Estados Partes.

En materia económica, el CMC aprobó la Recomendación Nº 02/10 en la cual se recomendó, entre otras medidas, fomentar la participación de las mujeres en los ámbitos decisorios públicos y privados así como la incorporación de la perspectiva de género en los acuerdos regionales e internacionales firmados por el MERCOSUR, lo que habilita la posibilidad de generar propuestas del bloque regional en la materia.

Por Decisión CMC N° 63/10 se creó la figura del Alto Representante General del MERCOSUR, teniendo como atribuciones la presentación ante el CMC y GMC, según sea el caso, de propuestas vinculadas al proceso de integración del MERCOSUR, incluyendo los Estados Asociados, relacionadas con un amplio listado de temas incluyendo medidas y/o acciones dirigidas a la igualdad de género.

Por Decisión CMC N° 12/11, se aprobó el Plan Estratégico de Acción Social (PEAS), que orienta el proceso de priorización de la agenda social dentro del bloque. El PEAS articula diez ejes fundamentales y veintiséis directrices estratégicas dentro de las cuales se incorpora la perspectiva de género como eje transversal, y a su vez plantean directrices específicas en materia de derechos humanos de las mujeres.

En paralelo con la aprobación del PEAS, y marcando un fuerte compromiso con la temática, el proceso de la institucionalidad de género en el MERCOSUR se vio fortalecido a partir de la Decisión CMC N° 24/11, la cual eleva el status de la Reunión Especializada de la Mujer (REM) a Reunión de Ministras y Altas Autoridades de la Mujer (RMAAM), asumiendo un importante rol dentro de la estructura institucional del bloque. Este aspecto marcó un hito sustantivo para el desarrollo de la institucionalidad de género, estableciendo la función de asesorar y proponer al CMC medidas, políticas y acciones en materia de género.

En concordancia con los avances ya logrados en la incorporación de la perspectiva de género en los ejes y directrices del PEAS se planteó la necesidad de contar con un marco común para el abordaje de los asuntos de género al interior del bloque regional y decidió establecer una Política de Igualdad de Género en el MERCOSUR.

5. Principios de la Política de Igualdad de Género en el MERCOSUR

Los siguientes principios deberán guiar todos los procesos de elaboración y diseño, implementación, monitoreo y evaluación de programas, proyectos, acciones y políticas regionales que los diferentes órganos del MERCOSUR definan a partir de la aprobación de las presentes directrices:

1 - Igualdad y equidad

2 - No discriminación

3 - Diversidad

4 - Laicidad del Estado

5 - Justicia social

6 - Vida libre de violencia

7 - Participación social

6. Directrices de la Política de Igualdad de Género del MERCOSUR

Se reconoce como imprescindible la adopción de las siguientes directrices para el diseño, elaboración, implementación, monitoreo y evaluación de políticas, normativas, estrategias, programas, planes de acción, así como la gestión de recursos y elaboración de presupuestos dentro del MERCOSUR:

6.1. Autonomía económica e igualdad en la esfera laboral y del cuidado: avanzar en la adopción de políticas públicas tendientes a la valorización y reconocimiento del trabajo no remunerado en la esfera de la reproducción social, de los efectos diferenciados de la división sexual del trabajo, de la conciliación-corresponsabilidad en materia de cuidados entre hombres y mujeres, con el apoyo de los servicios de cuidados garantizados por el Estado, la igualdad en el ámbito laboral e inserción femenina en ocupaciones no tradicionales, el acceso y permanencia en el mercado laboral y el acceso de las mujeres a los recursos productivos y al crédito, con atención a las mujeres rurales.

6.2. Participación paritaria en los procesos de toma de decisiones y en las esferas de poder: promover la participación paritaria de las mujeres en todos los ámbitos del poder público y privado, así como en la participación político-partidaria y la representación en los órganos legislativos. Facilitar la participación paritaria en la formulación, implementación y monitoreo de políticas públicas. Facilitar y reconocer la importancia de la participación de la sociedad civil organizada y fomentar el asociacionismo en todas sus formas.

6.3. Derecho a la Salud integral: asegurar el acceso universal a servicios de salud integrales, gratuitos, de calidad, solidarios y humanizados. Garantizar la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres para disfrutar de una vida saludable teniendo en cuenta sus necesidades específicas, reconociendo que las mismas no provienen solamente de diferencias biológicas, sino también de condiciones sociales, culturales, económicas, la desigualdad de género, la distribución geográfica de las comunidades y la diversidad étnico-racial, entre otras.

6.4. Derechos sexuales y derechos reproductivos: desarrollar políticas que aseguren el pleno ejercicio de los derechos sexuales y derechos reproductivos de mujeres y hombres. Garantizar el derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre la sexualidad y la reproducción, sin coerción, violencia, ni discriminación por orientación sexual, identidad de género, pertenencia étnico-racial, creencias religiosas, discapacidad o lugar de residencia.

6.5. Derecho a la educación: garantizar que mujeres y hombres tengan las condiciones y recursos necesarios para el acceso igualitario y equitativo a la educación universal y de calidad en todos los niveles y sectores durante toda la vida. Fomentar que los sistemas educativos sean inclusivos, integrales y pertinentes atendiendo la equidad territorial y el respeto intercultural. Fomentar el desarrollo de las mujeres en la ciencia y la tecnología, así como en las tecnologías de la comunicación y de la información, a fin de superar la división sexual del trabajo, la brecha digital y fortalecer la incorporación de las mujeres en los sistemas productivos no tradicionales y de uso intensivo de la tecnología.

6.6. Educación para los derechos humanos y la no discriminación: reconocer la contribución que las mujeres realizan a la cultura e integrarla a la construcción sociocultural de las comunidades. Adoptar todas las medidas para incorporar la perspectiva de género y derechos humanos en los sistemas educativos, de difusión cultural y de comunicación. Desarrollar programas para combatir la discriminación y la violencia simbólica, las concepciones sexistas, racistas, discriminatorias y los estereotipos de género en dichos ámbitos.

6.7. Enfrentar todas las formas de violencia basada en la perspectiva de género: adoptar todas las medidas necesarias para prevenir, atender, erradicar, sancionar y reparar las diversas formas de violencia contra las mujeres, como la violencia física, sexual, patrimonial, económica, psicológica, simbólica o cualquier otra que menoscabe el ejercicio de los derechos o la dignidad de las mujeres, incluyendo el femicidio/feminicidio, y la trata de mujeres, teniendo en cuenta que la violencia de género constituye una grave violación a los derechos humanos de las mujeres.

6.8. Interseccionalidad, discriminaciones múltiples y agravadas: desarrollar estrategias, políticas y acciones que garanticen una especial protección de los derechos de las mujeres que se encuentran en situaciones de exclusión social y todas las formas de discriminación: de género, generacional, racial, étnica, socioeconómica, de lengua, de orientación sexual e identidad de género, políticas, religiosas, de condición migratoria, de discapacidad, de privación de libertad, entre otras.

6.9. Territorio, hábitat y ambiente: integrar la perspectiva de género en la dimensión económica, social, ambiental y cultural para la construcción y definición de territorios cohesionados, articulados y seguros, con énfasis en las zonas de frontera y urbanizadas. Incorporar, en las políticas y principios de desarrollo sustentable, el análisis y las acciones que reviertan el impacto diferencial que tiene sobre las mujeres factores como el cambio climático, desastres naturales, el acceso a los recursos naturales, la gestión energética eficiente, entre otros.

6.10. Políticas comerciales y productivas inclusivas: promover la incorporación de la dimensión de género en los acuerdos comerciales y productivos favoreciendo el análisis de los diferentes efectos que tienen sobre hombres y mujeres considerando las asimetrías en el bloque regional. Asegurar que los acuerdos o políticas atiendan a la vinculación entre la esfera productiva, reproductiva, o del cuidado, e incorporen la perspectiva de género.

6.11. Derechos de las mujeres migrantes: garantizar las condiciones para la migración segura y la movilidad de las personas dentro de los países del bloque regional. Garantizar los derechos humanos y laborales fundamentales de las mujeres migrantes a fin de a reforzar los resultados positivos que tiene la migración para los países receptores y los países de origen, e incorporar la perspectiva de género en el análisis y tratamiento de los flujos migratorios. Articular los sistemas de regulación migratoria y el acceso a la protección social, como garantía para la migración segura.

6.12. Acceso a la justicia: garantizar el derecho de las mujeres al acceso a recursos judiciales rápidos, idóneos, imparciales, libres de discriminaciones y con garantías hacia las partes durante el proceso judicial, y asegurar la defensa de sus derechos en el ámbito público y privado, con especial énfasis en la prevención, atención, protección y reparación de la violencia basada en género.

6.13. Sistemas de información: desarrollar sistemas de información y estadísticas con perspectiva de género que sean comparables, oportunos, pertinentes y accesibles. Evidenciar las desigualdades entre hombres y mujeres presentes en la región a través del procesamiento y análisis de información. Poner a disposición de los actores político-institucionales del MERCOSUR la información estadística rigurosa a fin de apoyar la toma de decisiones y el diseño de políticas que promuevan la equidad de género en el bloque.

7. Implementación, monitoreo y seguimiento de la Política de Igualdad de Género del MERCOSUR

La implementación de la presente política de igualdad de género es responsabilidad de todos los órganos del MERCOSUR y deberán contemplarse recursos específicos para lograr su cometido. Para ello es necesario entre otras cosas, generar dispositivos para la coordinación entre los diferentes órganos del bloque regional a fin de definir y acordar las estrategias para hacerla operativa. Es responsabilidad de la RMAAM el monitoreo y seguimiento de las diferentes etapas de la aplicación de la política regional de igualdad de género del MERCOSUR.

Las estrategias de implementación deberán incluir acciones específicas que podrán contemplar, entre otras, (1) la incidencia sobre los puntos focales de los órganos y foros del MERCOSUR para implementar la política de igualdad de género; (2) el desarrollo de información y estadística rigurosa, discriminada por género, a fin de apoyar la toma de decisiones sobre acciones de promoción de la igualdad de género en el MERCOSUR en sus dimensiones institucional y de políticas regionales; (3) la presentación de informes anuales al CMC del estado de avance de la política de género en el MERCOSUR en sus dimensiones institucional y de políticas regionales; (4) la elaboración, con base en la DIPIG, de un plan de acción para la promoción de la igualdad de género en el MERCOSUR en sus dimensiones institucional y de políticas regionales.

MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 14/14

REUNIÓN DE AUTORIDADES SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 02/02 y 23/03 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que los Pueblos indígenas revisten relevancia histórica y cultural para los Estados Partes.

Que los Pueblos indígenas de los Estados Partes se caracterizan por mantener relaciones de preservación de la naturaleza y de armonía con la madre tierra.

Que el tratamiento de los temas de interés para los Pueblos indígenas dentro del MERCOSUR contribuye al fortalecimiento de los pilares social, cultural, económico y político del proceso de integración.

Que el contenido del Eje II del Plan Estratégico de Acción Social del MERCOSUR (PEAS) establece la obligación de garantizar los Derechos Humanos, la asistencia humanitaria y la igualdad étnica, racial y de género.

Que es conveniente establecer un ámbito dentro de la estructura institucional del MERCOSUR para el encuentro de los Pueblos indígenas y el tratamiento de los temas que les son pertinentes, a efectos de promover su participación activa en el proceso de integración.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN

DECIDE:

Art. 1 - Crear la Reunión de Autoridades sobre Pueblos indígenas (RAPIM) como un órgano auxiliar del Consejo del Mercado Común.

Art. 2 - La RAPIM tendrá como función coordinar discusiones, políticas e iniciativas que beneficien a los Pueblos indígenas de los Estados Partes, así como promover su interconexión cultural, social, económica, política e institucional en el marco del proceso de integración regional.

Art. 3 - La RAPIM será coordinada por representantes gubernamentales designados por los Estados Partes. Las respectivas Secciones Nacionales contarán con la participación de los Pueblos indígenas.

Art. 4 - La RAPIM elaborará su Plan de Acción para ser considerado en la XLVII Reunión Ordinaria del CMC.

Art. 5 - Encomendar al Foro de Consulta y Concertación Política el seguimiento de la RAPIM en los términos de las Decisiones CMC N° 02/02 y 23/03.

Art. 6 - Los Estados Asociados podrán participar en la RAPIM en los términos de la normativa MERCOSUR aplicable.

Art. 7 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XLVI CMC - Caracas, 28/VII/14.

MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 15/14

ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ AL “ACUERDO SOBRE EXENCIÓN DE TRADUCCIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EFECTOS DE INMIGRACIÓN ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR, LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE”

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, y las Decisiones Nº 45/00, 28/02, 39/03, 18/04 y 28/04 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que mediante la Decisión CMC Nº 45/00 se aprobó la firma del “Acuerdo sobre Exención de Traducción de Documentos Administrativos para efectos de Inmigración entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile”.

Que por Decisión CMC N° 39/03 se oficializó la incorporación de la República del Perú como Estado Asociado del MERCOSUR.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN

DECIDE:

Art. 1 - Aprobar la Adhesión de la República del Perúal “Acuerdo sobre Exención de Traducción de Documentos Administrativos para efectos de Inmigración entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile”, suscripto el 15 de diciembre de 2000, en la ciudad de Florianópolis, República Federativa del Brasil.

Art. 2 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XLVI CMC - Caracas, 28/VII/14.

ACTA DE ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ AL “ACUERDO SOBRE EXENCIÓN DE TRADUCCIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EFECTOS DE INMIGRACIÓN ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR, LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE”

La República del Perú expresa su plena y formal adhesión al “Acuerdo sobre Exención de Traducción de Documentos Administrativos para efectos de Inmigración entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile”, del 15 de diciembre de 2000, y suscribe la presente Acta de Adhesión.

La República del Paraguay será depositaria de la presente Acta de Adhesión.

El referido Acuerdo entrará en vigor para la República del Perú en el día de la fecha.

FIRMADA en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, a los veintiocho días del mes de julio de dos mil catorce, en un original, en los idiomas español y portugués, siendo ambos textos igualmente auténticos.


MERCOSUR/CMC/DEC. N° 16/14

PLAN DE FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA INTEGRADO DE MOVILIDAD DEL MERCOSUR (SIMERCOSUR)

VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.

CONSIDERANDO:

Que la consolidación de un sistema de movilidad en educación en el MERCOSUR está en consonancia con las metas del “Plan de Acción para la conformación de un Estatuto de la Ciudadanía del MERCOSUR”, aprobado por Decisión CMC Nº 64/10, y con los objetivos del “Plan Estratégico de Acción Social del MERCOSUR (PEAS)”, aprobado por Decisión CMC Nº 12/11.

Que el “Plan de Acción del Sector Educativo del MERCOSUR (SEM)”, aprobado por Decisión CMC Nº 20/11, define, como objetivo estratégico, promover y fortalecer los programas de movilidad de estudiantes, pasantes, docentes, investigadores, gestores, directivos y profesionales.

Que la cooperación académica potencia el fortalecimiento institucional educativo, a través de la ampliación de los vínculos internacionales y la creación e institucionalización de redes y alianzas estratégicas en distintas áreasdel conocimiento.

Que las redes de investigación y cooperación académica entreinstituciones de Educación Superior de la región aportan soluciones a problemas estratégicos y colaboran activamente en la superación de las asimetrías, por lo que son un elemento fundamental de desarrollo e integración en la región.

Que la movilidad académica es un elemento estratégico por su aporte en la región para la construcción de un espacio académico intercultural común, contribuyendo a volcar la diversidad cultural, los conocimientos y los aprendizajes en las diferentes sociedades nacionales y en el ámbito local.

Que, además, la movilidad contribuye a la formación integral de los estudiantes, docentes e investigadores a través de la experiencia y el contacto con otras culturas y sociedades, favoreciendo su comprensión del mundo en un espacio de respeto a la diversidad.

Que el desarrollo de los diversos programas de movilidad académica implementados por el Sector Educativo del MERCOSUR plantea la necesidad de organizarlos e integrarlos bajo un sistema que permita realizar un salto cualitativo de impacto en la movilidad académica regional.

Que resulta necesario contar con un plan de funcionamiento del SIMERCOSUR.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN

DECIDE:

Art. 1 - Implementar el Sistema Integrado de Movilidad del MERCOSUR (SIMERCOSUR) de conformidad con el “Plan de funcionamiento del Sistema Integrado de Movilidad del MERCOSUR (SIMERCOSUR)”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión.

Art. 2 - Instruir al GMC a crear, en el ámbito de la SM, una Unidad Técnica de Educación con la finalidad de gestionar, administrar y centralizar el SIMERCOSUR.

Art. 3 - El SIMERCOSUR está abierto a la participación de los Estados Asociados.

Art. 4 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XLVI CMC - Caracas, 28/VII/14.

ANEXO

PLAN DE FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA INTEGRADO DE MOVILIDAD DEL MERCOSUR

El SIMERCOSUR es el sistema que perfeccionará, ampliará y articulará las iniciativas de movilidad académica en educación en el marco del Sector Educativo del MERCOSUR (SEM) y se desarrollará bajo coordinación de la Reunión de Ministros del Educación (RME).

1. PRINCIPIOS

Son principios del SIMERCOSUR:

a) La integración cultural y el conocimiento mutuo de la ciudadanía regional a ser fortalecidos por los programas en el ámbito del sistema.

b) La solidaridad como sustento de la cooperación tanto a nivel institucional como en el manejo de las asimetrías existentes entre los Estados Partes.

c) La reducción de asimetrías a través de los programas en el ámbito del SIMERCOSUR, que deben tener como prioridad la disminución de las inequidades existentes en el marco de la dimensión solidaria que caracteriza la cooperación entre los Estados Partes.

d) El respeto por la diversidad como valor a ser aprendido a través de la experiencia de formación en ambientes culturalmente distintos y en sistemas educativos diferentes, lo que eventualmente estimulará una actitud abierta, moldeada por la tolerancia y la disposición para el trabajo cooperativo.

e) La inclusión social como contribución a la igualdad de oportunidades y tendiente a ampliar las posibilidades de acceso de los grupos más vulnerables.

f) El compromiso de los Estados Partes y de las instituciones participantes para llevar adelante los programas y los acuerdos asumidos.

g) La transparencia en la información brindada por y para las instituciones participantes del SIMERCOSUR con el fin de asegurar el desarrollo idóneo de los programas a través de mecanismos de rendición de cuentas.

h) La interculturalidad e intraculturalidad para promover la interrelación y convivencia en igualdad de oportunidades a través de la valoración y respeto recíproco entre culturas.

i) La calidad de los programas y actividades desarrolladas en el marco del SIMERCOSUR, para contribuir a la búsqueda de la mejora de las instituciones y carreras participantes y, en general, de la educación superior en los Estados Partes.

j) La confianza entre las instituciones como un aspecto clave para favorecer la cooperación solidaria y el reconocimiento de estudios y actividades realizadas.

k) La flexibilidad para contemplar las diferencias entre los planes de estudios y los sistemas de aprobación y calificación de las instituciones participantes, reconociendo la calidad de los mismos.

l) La validación de todas las actividades académicas e institucionales realizadas en el marco de los programas del SIMERCOSUR.

m) El regionalismo de los programas en el ámbito del SIMERCOSUR que involucrarán al menos a tres Estados Partes o a dos Estados Partes y un Estado Asociado.

n) La mejora continua, fundada en procesos de evaluación permanente para asegurar la eficacia de los programas de movilidad en la consecución de sus objetivos.

o) El desarrollo integral de la movilidad, atendiendo todos los aspectos que hacen a la vida universitaria en sus diversas dimensiones.

p) El impacto de la movilidad como factor clave para la integración. El SIMERCOSUR debe buscar una movilidad masiva que tenga impacto identificable en los Estados Partes.

2. OBJETIVOS GENERALES

Son objetivos generales del SIMERCOSUR:

a) Contribuir a la profundización del proceso de integración educativa así como a la consolidación de los vínculos existentes entre los Estados que participan del SIMERCOSUR.

b) Coadyuvar a la formación de la identidad y conciencia de ciudadanía regional.

c) Aportar a consolidar el espacio académico de educación superior del MERCOSUR, con una educación de calidad para todos.

3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Son objetivos específicos del SIMERCOSUR:

a) Incorporar los programas existentes de movilidad académica universitaria del Sector Educativo del MERCOSUR (SEM) así como otras iniciativas de movilidad académica que sean acordadas en el ámbito de la Comisión Regional Coordinadora de Educación Superior y refrendadas en las instancias pertinentes.

b) Propiciar al interior de las universidades de los Estados Partes el desarrollo de una cultura que tenga en cuenta la integración regional y la internacionalización de la educación.

c) Contribuir al fortalecimiento institucional de las universidades de los Estados Partes mediante el estímulo a la cooperación regional, la constitución de asociaciones y la acción cooperativa y solidaria para el desarrollo de actividades de formación, extensión, investigación y gestión.

d) Promover la inclusión de toda la comunidad universitaria en el espacio regional de educación superior, fortaleciendo los mecanismos de difusión y comunicación del mismo.

e) Impulsar la movilidad de estudiantes, pasantes, docentes, investigadores, gestores, directivos y profesionales universitarios en el espacio regional de educación del MERCOSUR.

f) Perfeccionar el proceso de gestión de programas de movilidad mediante una administración común, el establecimiento de códigos de buenas prácticas y la confección de material de apoyo a todos los procesos de movilidad.

g) Promover la flexibilización de mecanismos de gestión para el reconocimiento de las actividades académicas realizadas en el marco de la movilidad y dentro de las autonomías institucionales.

h) Promover la enseñanza y el aprendizaje de los idiomas español, portugués y guaraní.

i) Impulsar el compromiso de las instituciones universitarias a su participación en el SIMERCOSUR.

4. CARACTERISTICAS GENERALES

El SIMERCOSUR tiene las siguientes características generales:

1. Participan en el SIMERCOSUR instituciones de educación superior reconocidas oficialmente por los Estados participantes del Sistema.

2. Incluye diversas modalidades de movilidad: cursado de estudios, pasantías, participación en proyectos de investigación y en programas de extensión, intercambio de experiencias de gestión, administración, entre otros.

3. Propicia la articulación de la movilidad promovida desde el MERCOSUR con otros programas con impactos regionales, a fin de generar posibles complementariedades y sinergias entre los programas existentes en distintas órbitas de los sistemas de educación superior.

4. Está integrado por los siguientes programas:

• Programa de Movilidad Académica MARCA para estudiantes y docentes de las carreras de grado acreditadas por el Sistema Regional de Acreditación “ARCUSUR”.

• Programa de Movilidad Académica del MERCOSUR para estudiantes y docentes de grado de las carreras no acreditadas por el Sistema Regional de Acreditación “ARCUSUR”.

• Programa de Intercambio Académico Universitario de Grado en Lengua Española y Portuguesa.

• Programas de Asociación Académica de Posgrado: Programa de Proyectos Conjuntos de Investigación y Programa de Asociación para el Fortalecimiento de Posgrado del MERCOSUR.

• Otros programas de movilidad académica acordados en el marco del Sector Educativo del MERCOSUR, y aprobados en las instancias pertinentes.

5. Los programas del SIMERCOSUR promueven la movilidad de la comunidad universitaria, para el desarrollo integral de los proyectos de asociación académica o institucional.

6. Los programas del SIMERCOSUR deben considerar las asimetrías desarrollando políticas que propendan a la superación de las mismas.

7. Los programas del SIMERCOSUR tendrán convocatorias regulares y continuas, cuya periodicidad, características y requisitos serán definidos en el ámbito de la Comisión Regional Coordinadora de Educación Superior.

5. ESTRUCTURA DEL SIMERCOSUR

El SIMERCOSUR depende de la RME. Las orientaciones estratégicas relativas a educación superior del SIMERCOSUR son competencia de la RME, el Comité Coordinador Regional (CCR) y la Comisión Regional Coordinadora de Educación Superior (CRC-ES).

Para su implementación, el SIMERCOSUR en educación superior contará con un Grupo de Trabajo (GT SIMERCOSUR) dependiente de la CRC-ES y una Unidad Técnica de Educación (UTE).

Comisión Regional Coordinadora de Educación Superior (CRC-ES)

Son competencias de la CRC-ES en el marco del SIMERCOSUR:

1. Instruir al GT SIMERCOSUR conforme a los lineamientos definidos por la RME, el CCR y la CRC-ES para la elaboración del plan anual de actividades del SIMERCOSUR, en concordancia con lo establecido en los planes quinquenales del SEM.

2. Aprobar y elevar al CCR para su consideración, el plan de acción anual del SIMERCOSUR.

3. Analizar el proyecto de presupuesto del SIMERCOSUR, elevarlo a consideración del CCR para su posterior aprobación por la RME.

4. Monitorear y evaluar el desarrollo del SIMERCOSUR, a fin de realizar sugerencias de mejoras para la implementación del mismo.

5. Aprobar los informes periódicos del GT SIMERCOSUR, a los fines de remitir al CCR los informes de las actividades del SIMERCOSUR.

6. Analizar, de conformidad con la normativa MERCOSUR aplicable; los acuerdos y convenios de cooperación con otros organismos e instituciones propuestos por el GT SIMERCOSUR en el marco de implementación del SIMERCOSUR, para elevarlos al CCR para su consideración.

Grupo de Trabajo SIMERCOSUR (GT SIMERCOSUR)

El Grupo de Trabajo SIMERCOSUR (GT SIMERCOSUR) es responsable del asesoramiento y las decisiones técnicas para la implementación del SIMERCOSUR. El GT SIMERCOSUR está integrado por un representante titular y un alterno por cada Estado participante del SIMERCOSUR, designados por las Coordinaciones Nacionales de la CRC-ES. Los representantes deberán contar con experiencia en programas de movilidad y gestión universitaria.

Son competencias del GT SIMERCOSUR:

1. Asesorar a la CRC-ES en todo lo atinente a los temas de movilidad.

2. Supervisar la elaboración del plan de acción anual del SIMERCOSUR con su respectivo presupuesto; de acuerdo a las instrucciones impartidas por la RME, el CCR y CRC-ES, y elevarlos a las instancias correspondientes.

3. Supervisar la ejecución del plan de acción anual del SIMERCOSUR con su respectivo presupuesto luego de su aprobación por la RME.

4. Elevar un informe semestral de actividades y ejecución presupuestaria a la CRC-ES, al término de cada PPT.

5. Aprobar los documentos, manuales, formularios e instrumentos para la ejecución de los programas del SIMERCOSUR.

6. Monitorear la implementación del SIMERCOSUR.

7. Realizar sugerencias de mejora para la implementación del SIMERCOSUR, en base a los informes periódicos.

8. Proponer acuerdos y convenios de cooperación con otros organismos o instituciones de conformidad con la normativa vigente.

9. Aprobar el cronograma de implementación de las convocatorias de los programas y actividades del SIMERCOSUR.

10. Aprobar un plan de comunicación y difusión de los programas y convocatorias, en coordinación con el Comité de Gestión del Sistema de Información y Comunicación(CG-SIC) para su implementación.

11. Evaluar el funcionamiento de la UTE en la ejecución del SIMERCOSUR.

Acompañamiento académico

A fin de dar seguimiento a la implementación del SIMERCOSUR y recibir sugerencias que permitan optimizar los resultados a ser alcanzados por el sistema, la CRC-ES, a través de la Coordinación Nacional de cada Estado Parte, convocará a representantes académicos responsables de la gestión de los programas de movilidad de las universidades de los Estados participantes del SIMERCOSUR. A tales efectos, se remitirá a dichos representantes académicos los resultados de ejecución de los programas del SIMERCOSUR y los informes del GT SIMERCOSUR aprobados por la CRC-ES.

Plataforma informática

El SIMERCOSUR contará con una plataforma informática como soporte para la gestión de los programas que funcionará como sustento operativo, permitiendo abordar en forma coordinada la ejecución de los mismos. La plataforma estará alojada en la Secretaría del MERCOSUR (SM).

Las funciones principales de esta plataforma son:

• Proveer de una herramienta informática de gestión para los programas y acciones desarrolladas en el marco del SIMERCOSUR, abarcando las etapas de presentación, evaluación, ejecución, monitoreo y evaluación de los programas y acciones.

• Generar un sistema de información para el SIMERCOSUR.

• Facilitar la comunicación en el ámbito del SIMERCOSUR

• Sistematizar la información acerca del presupuesto del SIMERCOSUR y su ejecución.

Esta plataforma informática facilitará la gestión integral de los programas y acciones, generará información sistematizada y favorecerá la transparencia y la comunicación.

6. CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN

El cronograma de implementación del SIMERCOSUR prevé diferentes etapas constituidas principalmente por dos componentes:

- Estructura de gestión: Implica la creación e implementación de la plataforma informática y la puesta en funcionamiento de la estructura del SIMERCOSUR.

- Ejecución de Programas y Acciones que componen el SIMERCOSUR: Abarca tanto la continuidad de los programas que se encuentran en ejecución, como la implementación de nuevos programas y acciones.

•  Programas en ejecución: Programa de Movilidad Académica MARCA para estudiantes y docentes de las carreras de grado acreditadas por el Sistema Regional de Acreditación “ARCUSUR”; Programa de Movilidad Académica del MERCOSUR para docentes de grado de las carreras no acreditadas por el Sistema Regional de Acreditación “ARCUSUR”; Programa de Intercambio Académico Universitario de Grado en Lengua Española y Portuguesa; Programas de Asociación Académica de Posgrado; Programa de Proyectos Conjuntos de Investigación y Programa de Asociación para el Fortalecimiento de Posgrado del MERCOSUR.

•  Nuevos programas: Programa de Movilidad Académica del MERCOSUR para estudiantes y docentes de grado de las carreras no acreditadas por el Sistema Regional de Acreditación “ARCUSUR”; y programas de movilidad académica acordados en el marco de la RME.

El cronograma para los tres primeros años, contados a partir de la aprobación del presente Plan de Funcionamiento se incorpora como Apéndice I.

7. COSTOS ESTIMATIVOS Y FINANCIAMIENTO

7.1. Costos estimativos

Los programas en el marco del SIMERCOSUR cubrirán los costos relativos a los siguientes rubros: pasaje completo, todos los gastos de manutención (transporte, hospedaje, seguro de salud y alimentación durante toda la estadía) y los costos asociados con trámites migratorios, debiendo fijarse valores diferenciados y mínimos por regiones para asegurar la cobertura de la beca. Los beneficios que las instituciones de educación superior otorguen a los estudiantes y docentes-investigadores no serán considerados como parte de la beca.

En el Apéndice II del presente Plan de Funcionamiento se incluye una estimación de los costos de las movilidades con valores unitarios referenciales realizada tomando como base los programas existentes. Los montos definitivos serán acordados en el ámbito de la RME.

La RME remitirá, por escrito, al CMC un informe anual sobre la ejecución del SIMERCOSUR.

7.2. Financiamiento

El financiamiento de las movilidades del SIMERCOSUR se realizará, preferencialmente, a través del Fondo de Financiamiento del Sector Educativo del MERCOSUR (FEM) y contemplará las asimetrías, así como la dimensión solidaria de la cooperación entre los Estados Partes.

El proyecto para la creación y puesta en funcionamiento de la Plataforma Informática será presentado prioritariamente al FOCEM en el marco del Programa IV: Fortalecimiento de la Estructura Institucional y del Proceso de Integración.







MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 17/14

REUNIÓN DE AUTORIDADES SOBRE PRIVACIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN E INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA DEL MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.

CONSIDERANDO:

Que las acciones de espionaje cibernético podrían afectar el desenvolvimiento de las actividades de los Estados, organizaciones y población en general.

Que existe la necesidad de promover posiciones comunes relacionadas con la Gobernanza de internet, con énfasis en los aspectos de seguridad cibernética y en particular la privacidad de los individuos.

Que según lo indica el reporte del Grupo Asesor de Expertos Gubernamentales en Ciberseguridad del Secretario General de Naciones Unidas, es necesario el diálogo entre Estados para reducir el riesgo colectivo y proteger las infraestructuras nacionales e internacionales.

Que es necesario el compromiso de trabajar en conjunto para garantizar la seguridad cibernética de los países de la región, aspecto esencial para la defensa de su soberanía.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN

DECIDE:

Art. 1 - Crear la Reunión de Autoridades sobre Privacidad y Seguridad de la Información e Infraestructura Tecnológica del MERCOSUR (RAPRISIT), como órgano auxiliar del Consejo del Mercado Común.

Art. 2 - La RAPRISIT tendrá como función proponer políticas e iniciativas comunes en el área de la seguridad cibernética y la privacidad.

Art. 3 - La RAPRISIT podrá crear en su ámbito instancias de expertos para la discusión de aspectos técnicos relacionados con su mandato.

Art. 4 - Los Estados Asociados podrán participar en la RAPRISIT, de acuerdo a la normativa aplicable, en los términos de las Decisiones CMC N° 18/04 y 11/13, sus normas modificatorias y/o complementarias.

Art. 5 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XLVI CMC - Caracas, 28/VII/14.

“El Acta de la XLVI Reunión Ordinaria del Consejo Mercado Común (CMC), realizada el día 28 de julio de 2014 en la ciudad de Caracas y los anexos mencionados en la misma se encuentran a disposición del público en el sito web Oficial del MERCOSUR (www.mercosur.int) de conformidad con lo que establece el Protocolo de Ouro Preto aprobado por Ley 24.560.”

e. 10/03/2015 N° 15448/15 v. 10/03/2015