MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 17/14
REUNIÓN DE AUTORIDADES SOBRE PRIVACIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN E INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA DEL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.
CONSIDERANDO:
Que las acciones de espionaje cibernético podrían afectar el
desenvolvimiento de las actividades de los Estados, organizaciones y
población en general.
Que existe la necesidad de promover posiciones comunes relacionadas con
la Gobernanza de internet, con énfasis en los aspectos de seguridad
cibernética y en particular la privacidad de los individuos.
Que según lo indica el reporte del Grupo Asesor de Expertos
Gubernamentales en Ciberseguridad del Secretario General de Naciones
Unidas, es necesario el diálogo entre Estados para reducir el riesgo
colectivo y proteger las infraestructuras nacionales e internacionales.
Que es necesario el compromiso de trabajar en conjunto para garantizar
la seguridad cibernética de los países de la región, aspecto esencial
para la defensa de su soberanía.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Crear la Reunión de Autoridades sobre Privacidad y Seguridad
de la Información e Infraestructura Tecnológica del MERCOSUR
(RAPRISIT), como órgano auxiliar del Consejo del Mercado Común.
Art. 2 - La RAPRISIT tendrá como función proponer políticas e
iniciativas comunes en el área de la seguridad cibernética y la
privacidad.
Art. 3 - La RAPRISIT podrá crear en su ámbito instancias de expertos
para la discusión de aspectos técnicos relacionados con su mandato.
Art. 4 - Los Estados Asociados podrán participar en la RAPRISIT, de
acuerdo a la normativa aplicable, en los términos de las Decisiones CMC
N° 18/04 y 11/13, sus normas modificatorias y/o complementarias.
Art. 5 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la
organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XLVI CMC - Caracas, 28/VII/14.
“El Acta de la XLVI Reunión Ordinaria del Consejo Mercado Común (CMC),
realizada el día 28 de julio de 2014 en la ciudad de Caracas y los
anexos mencionados en la misma se encuentran a disposición del público
en el sito web Oficial del MERCOSUR (www.mercosur.int) de conformidad
con lo que establece el Protocolo de Ouro Preto aprobado por Ley
24.560.”