MERCOSUR/GMC/RES. N° 17/14

ADDENDUM N° 1 AL CONVENIO DE FINANCIACION N° DCI-ALA/2010/19892 MERCOSUR - UNION EUROPEA “PROGRAMA DE APOYO AL SECTOR EDUCATIVO DEL MERCOSUR (PASEM)”

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 10/91 y 12/04 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 27/11 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que el 18 de noviembre de 2011 fue suscripto el Convenio de Financiación entre el MERCOSUR y la Unión Europea, que tiene como objetivo mejorar la formación docente inicial, continua y en servicio en la región, focalizando en el diseño y gestión de políticas, el reconocimiento de estudios, el aprendizaje del español y portugués como lenguas extranjeras, la alfabetización y el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC´s) para la enseñanza y el aprendizaje, y la consolidación de los vínculos interinstitucionales.

Que mediante la Decisión CMC Nº 12/04 se delegó en el Grupo Mercado Común la facultad de suscribir convenios en el marco de la negociación de programas de cooperación técnica.

Que resulta necesario modificar el presupuesto del programa por rubros y resultados.

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar la suscripción del Addendum N° 1 al Convenio de Financiación N° DCI-ALA/2010/19892 MERCOSUR - Unión Europea “Programa de Apoyo al Sector Educativo del MERCOSUR (PASEM)”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - El Anexo de la presente Resolución se encuentra únicamente en español.

Art. 3- Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización y/o del funcionamiento del MERCOSUR.

XCIV GMC - Caracas, 13/V/14.

“El Acta de la XCIV Reunión Ordinaria del Grupo Mercado Común (GMC), realizada entre los días 12 y 13 de mayo de 2014 en la ciudad de Caracas y los anexos mencionados en la misma se encuentran a disposición del público en el sitio web Oficial del MERCOSUR (www.mercosur.int) de conformidad con lo que establece el Protocolo de Ouro Preto aprobado por Ley 24.560”.