MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
MERCOSUR/CCM/ACTA Nº 04/14
CXXXVIII REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
Se realizó en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay,
entre los días 14 y 15 de octubre de 2014, la CXXXVIII Reunión
Ordinaria de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, con la presencia de
las Delegaciones de Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Venezuela y
Bolivia en los términos de la Decisión CMC N° 68/12, adoptada el 6 de
diciembre de 2012.
Al respecto la Delegación de Paraguay deja constancia que no ha suscripto la Decisión CMC N° 68/12.
Fueron tratados los siguientes temas:
1. EVALUACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE TRABAJO
La CCM aprobó el Programa de Trabajo del CT N° 6 para el año 2014 (Anexo VII - MERCOSUR/CXXXVIII CCM/DT Nº 08/14).
2. SEGUIMIENTO DE LAS TAREAS E INSTRUCCIONES A LOS COMITÉS TÉCNICOS
2.1. CT Nº 6 “Estadísticas de Comercio Exterior”
La CCM recibió el informe sobre los resultados de la XIV Reunión del
Comité Técnico N° 6, celebrada en Buenos Aires, entre los días 08 y 10
de setiembre de 2014.
La CCM tomó nota sobre la actualización del “Manual de
Compatibilización de las Metodologías utilizadas para la elaboración de
las Estadísticas de Comercio Exterior en el ámbito del MERCOSUR”,
(Anexo VIII – MERCOSUR/CXXXVIII CCM/DT Nº 09/14) elevado por el CT.
2.2. CT Nº 7 “Defensa del Consumidor”
La CCM recibió el informe sobre los resultados de la LXXV Reunión del
Comité Técnico N° 7, celebrada en Buenos Aires, los días 29 y 30 de
setiembre de 2014. El Acta se encuentra Ad Referéndum de la Delegación
de Venezuela.
3. CONSULTAS
3.1. Nuevas Consultas
Nº | Tema |
02/14 | Modificación
de los procedimientos aplicados por Brasil a la importación de manzanas
y peras originarias de Argentina, Paraguay y Uruguay |
3.2. Consultas en Plenario
Nº | Tema | De | A | Situación |
05/07 | Trato
discriminatorio en el cobro de aranceles para el Registro Sanitarios de
Especialidades y para la Inspección de Laboratorios | Par | Arg | Concluida satisfactoriamente |
02/11 | Circular
SECEX Nº 20-2011. Inicio de investigación por evasión a empresas
uruguayas que exportan al Brasil con Régimen de Origen MERCOSUR | Uru
Par |
Bra | Concluida insatisfactoriamente
Paraguay presentó Nota Técnica |
|
03/12 | Apertura de las importaciones de palta argentina | Arg | Bra | Pendiente |
05/12 | Restricciones sanitarias a las exportaciones de langostinos | Arg | Bra | Pendiente |
07/12 | Requisitos fitosanitarios para la exportación Musa spp. (especies productoras de banana) | Bra | Arg | Pendiente |
02/13 | Exportaciones de “Pet food” y Tripa Bovina | Bra | Arg | Pendiente
Brasil presentó Nota Técnica |
|
01/14 | Exportaciones de Carne Bovina y Bovinos Vivos | Bra | Arg | Pendiente
Brasil presentó Nota Técnica |
|
4. PROYECTO DE RESOLUCIÓN “MODIFICACIÓN DE ASPECTOS DE LA RESOLUCIÓN GMC N°08/08”
Las delegaciones trabajaron en la consolidación preliminar de un
documento que refleja las diferentes propuestas presentadas al momento,
en base al texto original de la Res. GMC N° 08/08.
La PPTA circulará de manera previa a la próxima reunión de la CCM una
versión ajustada del documento de trabajo a fin de que las delegaciones
efectúen sus comentarios y remitan nuevas propuestas a los efectos de
continuar con los trabajos en dicha reunión.
5. RESOLUCIÓN GMC Nº 08/08 “ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO”
5.1. Pedido de Brasil de reducción arancelaria a 0% para 12.000
toneladas para el producto “PVC-E” (NCM 3904.10.20), con vigencia de 12
meses
La Delegación de Argentina manifestó que continúa en consultas internas.
El tema continúa en la agenda de la CCM.
5.2. Pedido de Brasil de reducción arancelaria al 2% para 440.000
toneladas (base seca) del producto “Soda Cáustica em solução aquosa
(lixívia de soda cáustica)”, (NCM 2815.12.00), con vigencia de 12 meses
La Delegación de Argentina informó que está en condiciones de aprobar el pedido para la cantidad de 360.000 toneladas.
La CCM aprobó la Directiva N° 40/14 (Anexo IV).
5.3. Pedido de Uruguay de reducción arancelaria al 0% para 450 unidades
del producto “ldursulfasa” (NCM 3002.90.99), con vigencia de 12 meses
La CCM aprobó la Directiva N° 43/14 (Anexo IV).
5.4. Pedido de Brasil de reducción arancelaria al 2% para 1.700
toneladas del producto “Toner em pó” (NCM 3707.90.21), con vigencia de
12 meses
La CCM aprobó la Directiva N° 41/14 (Anexo IV).
5.5. Pedido de Brasil de reducción arancelaria al 2% para 14.000
toneladas del producto “Acrilato de etila” (NCM 2916.12.20), con
vigencia de 12 meses
La CCM aprobó la Directiva N° 42/14 (Anexo IV).
5.6. Pedido de Brasil de reducción arancelaria al 2% para 2.000
toneladas del producto “Bobinas de Aluminio Litográficas” (NCM
7606.12.90), con vigencia de 12 meses
Las Delegaciones de Argentina y Venezuela manifestaron que continúan en consultas internas.
La Delegación de Argentina solicitó información adicional, la cual fue suministrada por la Delegación de Brasil.
El tema continúa en la agenda de la CCM.
5.7. Pedido de Brasil de reducción arancelaria al 2% para 960 toneladas
del producto “Filme de BOPP” (NCM 3920.20.19), con vigencia de 12 meses
La Delegación de Argentina manifestó que continúa en consultas internas.
Asimismo, solicitó información adicional, la cual fue suministrada por la Delegación de Brasil.
El tema continúa en la agenda de la CCM.
5.8. Pedido de Brasil de reducción arancelaria al 2% para 15.000.000 m2
del producto “Filme de Polivinil Butiral (PVB)” (NCM 3920.91.00
(butiral de polivinilo)), con vigencia de 12 meses
La Delegación de Argentina manifestó que continúa en consultas internas.
Asimismo, solicitó información adicional, la cual fue suministrada por la Delegación de Brasil.
El tema continúa en la agenda de la CCM.
5.9. Pedido de Brasil de reducción arancelaria al 2% para 2.937
toneladas del producto “Chapas e tiras de Aluminio” (NCM 7606.12.90 -
Outras), con vigencia de 12 meses
Las Delegaciones de Argentina, Paraguay y Venezuela continúan en consultas internas.
El tema continúa en la agenda de la CCM.
5.10. Pedido de Brasil de reducción arancelaria al 2% para 2.137
toneladas del producto “Folhas e tiras de alumínio” (NCM 7607.11.90-
Outras), con vigencia de 12 meses
Las Delegaciones de Argentina, Paraguay y Venezuela continúan en consultas internas.
El tema continúa en la agenda de la CCM.
5.11. Pedido de Brasil de reducción arancelaria al 2% para 850.000
toneladas del producto “Sulfato dissódico anidro - Anidro” (NCM
2833.11.10), con vigencia de 12 meses
La Delegación de Uruguay aprobó el pedido.
Las Delegaciones de Argentina, Paraguay y Venezuela continúan en consultas internas.
El tema continúa en la agenda de la CCM.
5.12. Pedido de Brasil de reducción arancelaria al 2% para 10.000
toneladas del producto “Sulfato de bário - Com teor de BaSO4 superior
ou Igual a 97,5% em peso” (NCM 2833.27.10), con vigencia de 12 meses
La Delegación de Uruguay aprobó el pedido.
Las Delegaciones de Argentina, Paraguay y Venezuela continúan en consultas internas.
El tema continúa en la agenda de la CCM.
5.13. Pedido de Brasil de reducción arancelaria al 2% para 8.250
toneladas del producto “Carbonato de bário” (NCM 2836.60.00), con
vigencia de 12 meses
Las Delegaciones de Argentina, Paraguay y Uruguay aprobaron el pedido.
La Delegación de Venezuela manifestó que continúa en consultas internas y que circulará su respuesta a la brevedad.
El tema continúa en la agenda de la CCM.
5.14. Pedido de Brasil de reducción arancelaria al 2% para 7.500
toneladas del producto “Anilina e seus sais” (NCM 2921.41.00), com
vigencia de 12 meses
La Delegación de Uruguay aprobó el pedido.
Las Delegaciones de Argentina, Paraguay y Venezuela continúan en consultas internas.
El tema continúa en la agenda de la CCM.
5.15. Pedido de Brasil de reducción arancelaria al 2% para 122.000
toneladas del producto “chapa grossa de aço carbono” (NCM 7208.51.00),
con vigencia de 12 meses
La Delegación de Uruguay aprobó el pedido.
Las Delegaciones de Argentina, Paraguay y Venezuela continúan en consultas internas.
El tema continúa en la agenda de la CCM.
5.16. Pedido de Brasil de reducción arancelaria a 2% para 215.489
toneladas del producto “óleo de palmiste” (NCM 1513.29.10), con
vigencia 12 meses
Las Delegaciones de Argentina y Uruguay aprobaron el pedido.
Las Delegaciones de Paraguay y Venezuela manifestaron que continúan en consultas internas.
El tema continúa en la agenda de la CCM.
6. SIMPLIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE CONTROL SANITARIO EN EL DESPACHO
ADUANERO INTRA MERCOSUR (IMPLEMENTACIÓN DEL ARTÍCULO 2° DE LA
RESOLUCIÓN GMC N° 34/04)
Las Delegaciones de Paraguay y Venezuela manifestaron que continúan en consultas internas.
El tema continúa en la agenda de la CCM.
7. IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE
CUOTAS OTORGADAS AL MERCOSUR POR TERCEROS PAÍSES O GRUPO DE PAÍSES –
SACME (RESOLUCIÓN GMC N° 31/10)
El tema continúa en la agenda de la CCM.
8. MEDIDAS ARANCELARIAS PARA PRODUCTOS FARMACEÚTICOS EN EL MERCOSUR
La Delegación de Brasil realizó una exposición sobre su propuesta
“Medidas Arancelarias para Productos Farmacéuticos en el MERCOSUR” y
presentó los principales aspectos abordados en las reuniones realizadas
por videoconferencia.
Al respecto, las delegaciones solicitaron a Brasil que circule una Minuta con los principales elementos de la exposición.
La Delegación de Brasil se comprometió a remitir el documento antes de la próxima reunión de la CCM.
El tema continúa en la agenda de la CCM.
9. OTROS
9.1. Declaración Jurada de Importación (DJAI) y Declaración Jurada Anticipada de Servicios (DJAS)
El tema continúa en la agenda de la CCM.
9.2. Incorporación de la Normativa MERCOSUR
La CCM recibió de la SM las lista actualizada de las normas con plazo
de incorporación vencido (Anexo IX - RESERVADO - MERCOSUR/LXXVI CCM/ DT
N° 21/05 Rev. 59 - formato digital).
9.3. Intercambio de Datos Estadísticos
La CCM reiteró la solicitud a aquellos Estados Partes que aún no han
presentado sus datos estadísticos sobre BK, BIT y Lista Nacional de
Excepciones, los presenten a la brevedad.
El tema continúa en la agenda de la CCM.
9.4. Notificaciones a la Secretaría del MERCOSUR
La CCM recibió el cuadro demostrativo actualizado por la Secretaría del
MERCOSUR a octubre de 2014, con el seguimiento de las notificaciones y
datos presentados por las delegaciones, en sus versiones en español y
portugués (Anexo X – MERCOSUR CXXXVI CCM/DT N° 03/14 Rev. 2).
9.5. Monitoreo del Comercio MERCOSUR
El tema continúa en la agenda de la CCM.
9.6. Directivas CCM N° 30/14 y 31/14
La CCM instruyó a la SM a efectuar las correspondientes fe de erratas a
las Directivas CCM N° 30/14 y N° 31/14 relativas a acciones puntuales
en el ámbito arancelario por razones de abastecimiento.
10. PRÓXIMA REUNIÓN
La CCM acordó realizar la próxima Reunión Ordinaria los días 17 y 18 de noviembre de 2014.
ANEXOS:
Los Anexos que forman parte de la presenta Acta son los siguientes:
Anexo I | Lista de Participantes |
Anexo II | Agenda |
Anexo III | Resumen de Acta |
Anexo IV | Normas aprobadas |
Anexo V | Nueva Consulta |
Anexo VI | Consultas en Plenario |
Anexo VII | MERCOSUR/CXXXVIII CCM/DT Nº 08/14 Programa de Trabajo del CT N° 6 para el año 2014 |
Anexo VIII | MERCOSUR/CXXXVIII
CCM/DT Nº 09/14 “Manual de Compatibilización de las Metodologías
utilizadas para la elaboración de las Estadísticas de Comercio Exterior
en el ámbito del MERCOSUR” |
Anexo IX | RESERVADO
- MERCOSUR/LXXVI CCM/ DT N° 21/05 Rev. 59 Lista actualizada de las
normas con plazo de incorporación vencido, presentado por la SM -
formato digital |
Anexo X | MERCOSUR
CXXXVI CCM/DT N° 03/14 Rev. 2 Cuadro demostrativo actualizado por
la SM a octubre de 2014, con el seguimiento de las notificaciones y
datos presentados por las delegaciones |
Ing. MARCELO MARZOCCHINI, Director de Asuntos Económicos del Mercosur.
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 40/14
ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 08/08 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Federativa
del Brasil para la aplicación de una determinada medida arancelaria, en
el marco de la situación prevista en el inciso 2 del artículo 2 de la
Resolución GMC Nº 08/08.
Que la CCM aprobó la medida arancelaria, en los términos dispuestos en la presente norma.
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Aprobar en el marco de la Resolución GMC N° 08/08 la rebaja
arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el
siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones
sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:
NCM 2815.12.00 - - En disolución acuosa (lejía de sosa o soda cáustica)
Nota Referencial: Para uso exclusivo de la producción de alúmina (o óxido de aluminio)
Cantidad: 360.000 toneladas
Plazo: 12 meses
Alícuota: 2 %
Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada solo al ordenamiento
jurídico interno de la República Federativa del Brasil. Esta
incorporación deberá ser realizada antes del 16/XII/14.
CXXXVIII CCM - Montevideo, 15/X/14.
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 41/14
ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 08/08 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Federativa
del Brasil para la aplicación de una determinada medida arancelaria, en
el marco de la situación prevista en el inciso 2 del Artículo 2 de la
Resolución GMC Nº 08/08.
Que la CCM aprobó la medida arancelaria, en los términos dispuestos en la presente norma.
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC N° 08/08 la rebaja
arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el
siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones
sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:
NCM 3707.90.21 A base de negro de humo o de un colorante y resinas
termoplásticas, para reproducción de documentos por sistemas
electrostáticos
Cantidad: 1.700 toneladas
Plazo: 12 meses
Alícuota: 2 %
Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada solo al ordenamiento
jurídico interno de la República Federativa del Brasil. Esta
incorporación deberá ser realizada antes del 16/XII/2014.
CXXXVIII CCM - Montevidéu, 15/X/14.
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 42/14
ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 08/08 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Federativa
del Brasil para la aplicación de una determinada medida arancelaria, en
el marco de la situación prevista en el inciso 1 del Artículo 2 de la
Resolución GMC Nº 08/08.
Que la CCM aprobó la medida arancelaria, en los términos dispuestos en la presente norma.
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC N° 08/08 la rebaja
arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el
siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones
sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:
NCM 2916.12.20 “De etilo”
Cantidad: 7.000 toneladas
Plazo: 6 meses
Alícuota: 2 %
Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada solo al ordenamiento
jurídico interno de la República Federativa del Brasil. Esta
incorporación deberá ser realizada antes del 16/XII/2014.
CXXXVIII CCM - Montevideo, 15/X/14.
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 43/14
ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 08/08 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Oriental
del Uruguay para la aplicación de una determinada medida arancelaria,
en el marco de la situación prevista en el inciso 1 del Artículo 2 de
la Resolución GMC Nº 08/08.
Que la CCM aprobó la medida arancelaria, en los términos dispuestos en la presente norma.
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC N° 08/08 la rebaja
arancelaria solicitada por la República Oriental del Uruguay para el
siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones
sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:
NCM 3002.90.99 Los demás
Nota referencial: “Idursulfasa”
Cantidad: 450 unidades
Plazo: 12 meses
Alícuota: 0 %
Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada solo al ordenamiento
jurídico interno de la República Oriental del Uruguay. Esta
incorporación deberá ser realizada antes del 16/XII/2014.
CXXXVIII CCM - Montevideo, 15/X/14.
“El Acta de la CXXXVIII Reunión Ordinaria de la Comisión de Comercio
del Mercosur (CCM), realizada entre los días 14 y 15 de octubre de 2014
en la ciudad de Montevideo y los anexos mencionados en la misma se
encuentran a disposición del público en el sitio web Oficial del
MERCOSUR (www.mercosur.int) de conformidad con lo que establece el
Protocolo de Ouro Preto aprobado por Ley 24.560”.
e. 11/03/2015 N° 15453/15 v. 11/03/2015