MINISTERIO DE INDUSTRIA

Decisión Administrativa 16/2015

Decisión Administrativa N° 477/1998. Incorpóranse cargos.

Bs. As., 4/3/2015

VISTO el Expediente N° S01:0230381/2014 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2015, los Decretos Nros. 2.343 de fecha 30 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y complementarios, 1.381 de fecha 1 de octubre de 2009 y sus modificatorios, y 2.300 de fecha 28 de noviembre de 2012, y las Decisiones Administrativas Nros. 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificaciones y 1 de fecha 12 de enero de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificaciones, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios.

Que a través del Artículo 2° del Decreto N° 2.343 de fecha 30 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se creó con dependencia directa del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete, con rango y jerarquía de Secretario.

Que a través del Artículo 14 del citado decreto se creó con dependencia directa del Jefe de Gabinete del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el cargo extraescalafonario de Coordinador con Organizaciones No Estatales, con rango y jerarquía de Subsecretario.

Que a través del Artículo 1° del Decreto N° 1.381 de fecha 1 de octubre de 2009 y sus modificatorios, se dispuso que los cargos extraescalafonarios, entre otros, de Jefe de Gabinete y de Coordinador con Organizaciones No Estatales mantendrán sus respectivas dependencias en la órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que a través del Artículo 10 del Decreto N° 2.300 de fecha 28 de noviembre de 2012, se creó con dependencia directa del Jefe de Gabinete del MINISTERIO DE INDUSTRIA, el cargo extraescalafonario de Coordinador de Transferencia Tecnológica y Competitividad Industrial, con rango y jerarquía de Subsecretario.

Que en esta instancia, y en atención a la naturaleza de sus cometidos, resulta necesario incorporar el cargo de Jefe de Gabinete del MINISTERIO DE INDUSTRIA con carácter de excepción en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso b) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477/98 y sus modificaciones.

Que, asimismo, resulta necesario incorporar los cargos de Coordinador con Organizaciones No Estatales y Coordinador de Transferencia Tecnológica y Competitividad Industrial, ambos dependientes del Jefe de Gabinete del MINISTERIO DE INDUSTRIA, con carácter de excepción, en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477/98 y sus modificaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la ex - SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Incorpórase con carácter de excepción, a partir de la vigencia de la presente medida, el cargo de Jefe de Gabinete del MINISTERIO DE INDUSTRIA en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como también en el inciso b) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificaciones.

Art. 2° — Incorpórase, con carácter de excepción, a partir de la vigencia de la presente medida, el cargo de Coordinador con Organizaciones No Estatales dependiente del Jefe de Gabinete del MINISTERIO DE INDUSTRIA en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como también en el inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificaciones.

Art. 3° — Incorpórase, con carácter de excepción, a partir de la vigencia de la presente medida, el cargo de Coordinador de Transferencia Tecnológica y Competitividad Industrial dependiente del Jefe de Gabinete del MINISTERIO DE INDUSTRIA en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como también en el inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificaciones.

Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del presupuesto de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Débora A. Giorgi.