MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 15/13
PARTICIPACIÓN DEL MERCOSUR EN EL SISTEMA DE LA INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA EN CALIDAD DE OBSERVADOR
VISTO: El Tratado de Asunción, Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de
Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de
Bolivia y la República de Chile y la Decisión Nº 63/10 del Consejo del
Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el MERCOSUR asigna importancia a las iniciativas de integración en
la región, entre las cuales se destaca el Sistema de la Integración
Centroamericana (SICA).
Que el MERCOSUR ha demostrado interés en acompañar dichas iniciativas y
participar aportando su perspectiva en las discusiones sobre temas
regionales.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Solicitar la participación del MERCOSUR, en calidad de
observador, en el SICA y designar al Alto Representante General del
MERCOSUR para representar al bloque en ese ámbito.
Art. 2 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la
organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XLV CMC - Montevideo, 11/VII/13.
“El Acta de la XLV Reunión Ordinaria
del Consejo Mercado Común (CMC), realizada el día 11 de julio de 2013
en la ciudad de Montevideo y los anexos mencionados en la misma se
encuentran a disposición del público en el sitio web Oficial del
MERCOSUR (www.mercosur.int) de conformidad con lo que establece el
Protocolo de Ouro Preto aprobado por Ley 24.560”.