Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSA
Resolución 448/2015
Ofrécese recompensa.
Bs. As., 16/3/2015
VISTO la Ley N° 26.538, y la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 de
octubre de 2012 y el Legajo N° 6/2015 del PROGRAMA NACIONAL DE
COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que ante la UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN Y JUICIO N° 8, de LOMAS DE
ZAMORA, provincia de BUENOS AIRES, tramita la IPP 07-00-056325-14,
caratulada “Amarilla, Héctor Alejandro s/homicidio calificado por la
condición de funcionario policial del sujeto activo”.
Que la Fiscalía interviniente a cargo del Dr. Leonardo E. KASZEWSKI
solicitó se ofrezca una recompensa para quienes sin haber intervenido
en el hecho delictual brinden datos útiles que permitan lograr la
aprensión de Héctor Alejandro AMARILLA (D.N.I. 14.692.465), de
nacionalidad argentina, nacido el 14 de enero de 1962, comisario de la
Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Que al día 25 de septiembre de 2014 el JUZGADO DE GARANTÍAS N° 5, del
Departamento Judicial de LOMAS DE ZAMORA, provincia de BUENOS AIRES, a
requerimiento de la mencionada Unidad Fiscal, ordenó la captura
nacional e internacional de Héctor Alejandro AMARILLA, en orden al
delito de homicidio agravado por tratarse el sujeto activo de un
miembro de la fuerza de seguridad abusando de su función, en los
términos del artículo 80, inciso 9° del CÓDIGO PENAL.
Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por si o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que a tenor de lo que surge de la Decisión Administrativa N° 1 del 19
de enero de 2015 se cuenta con fondos suficientes en la partida
correspondiente al Fondo Permanente de Recompensas en este Ministerio.
Que ha tomado la intervención de su competencia tanto el PROGRAMA
NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA
JUSTICIA como la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538 y en el Anexo II de la
Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Ofrécese como
recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de
PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), destinada a aquellas personas
quienes, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos
útiles que sirvan para lograr la aprehensión de Héctor Alejandro
AMARILLA (D.N.I. N° 14.692.465).
Art. 2° — Las personas que
quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el
PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA
POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.
Art. 3° — El pago de la
recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe
el representante de esta Cartera de Estado previo informe del
representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL sobre el mérito de la
información aportada, preservando la identidad del informante.
Art. 4° — Encomiéndase a la
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.