Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 446/2015
Ofrécese recompensa.
Bs. As., 16/3/2015
VISTO la Ley N° 26.538, la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 de
octubre de 2012 y el Legajo N° 1/15 del PROGRAMA NACIONAL DE
COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que ante la FISCALÍA de INSTRUCCIÓN de la VIII° Nominación del Centro
Judicial Capital de la Provincia de TUCUMÁN, se instruye el expediente
N° 15.089/01 caratulado: “Autores desconocidos s/homicidio (Víctima:
Pamela LAIME).
Que Pamela Vanesa LAIME, se encontraba desaparecida desde el año 2000.
Que el día 17 de octubre de 2000, fue encontrado su cuerpo sin vida en
un camino vecinal de la zona de EL CARDUMEN, en la localidad de
TICUCHO, departamento TRANCAS de la Provincia de TUCUMÁN, presentando
una serie de golpes en el parietal izquierdo aparentemente realizados
por un elemento filoso tipo hacha o machete, siendo víctima del delito
de homicidio.
Que en ese momento la víctima no fue identificada siendo sepultada como
N.N. en el cementerio del norte de la Provincia de TUCUMÁN.
Que el día 22 de mayo de 2014 se pudo reconstruir la causa e
identificar a la víctima como a la joven desaparecida Pamela Vanesa
LAIME.
Que el doctor Edmundo Jesús JIMENEZ, Ministro Fiscal, Pupilar y de la
Defensa de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA de TUCUMÁN solicita se ofrezca
una recompensa para aquellas personas quienes, sin haber intervenido en
el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan el
esclarecimiento de la investigación penal preparatoria sobre el hecho
que se investiga.
Que en la citada causa interviene la FISCALIA de INSTRUCCIÓN de la
VIII° NOMINACIÓN a cargo de la doctora Adriana del Carmen GIANNONI.
Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que a tenor de lo que surge de la Decisión Administrativa N° 1 del 19
de enero de 2015 se cuenta con fondos suficientes en la partida
correspondiente al Fondo Permanente de Recompensas de este Ministerio.
Que han tomado la intervención de su competencia tanto el PROGRAMA
NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA
JUSTICIA como la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538 y en el Anexo II de la
Resolución M.J. y D H. N° 2318/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Ofrécese como
recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de
PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), destinada a aquellas personas
quienes, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos
útiles que permitan el esclarecimiento de la desaparición y muerte de
Pamela Vanesa LAIME (DNI N° 40.698.366), quien se encontraba
desaparecida desde el año 2000 y que el día 17 de octubre de 2000, fue
encontrado su cuerpo sin vida en un camino vecinal de la zona de EL
CARDUMEN, en la localidad de TICUCHO, departamento TRANCAS de la
Provincia de TUCUMÁN. Quien tuviera último domicilio en la localidad de
GOBERNADOR GARMENDIA, departamento de BURRUYACU, Provincia de TUCUMÁN.
Art. 2° — Las personas que
quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el
PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA
POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.
Art. 3° — El pago de la
recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe
el representante de esta Cartera de Estado previo informe del
representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL sobre el mérito de la
información aportada, preservando la identidad del informante.
Art. 4° — Encomiéndase a la
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional y de la Provincia de TUCUMÁN.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.