MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 8/2015
Bs. As., 6/2/2015
VISTO el Expediente N° 1.647.441/14 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 60 del 26 de febrero
de 2014 y la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo N° 514 del 9 de diciembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 9 del Expediente N° 1.647.441/14, obran las escalas
salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE
AZAR, ENTRETENIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA,
por la parte sindical, y NEWTRONIC SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte
empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N°
881/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N°
14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la
Disposición D.N.R.T. N° 514/14 y registrado bajo el N° 1890/14,
conforme surge de fojas 63/65 y 68, respectivamente.
Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones
del Trabajo N° 60 del 26 de febrero de 2014 se fijó el promedio de las
remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio con vigencia desde
el 1° de julio de 2014 correspondiente al Acuerdo N° 155/14, homologado
por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo
N° 39 del 24 de enero de 2014.
Que atento a que las partes en el Acuerdo N° 1890/14 han establecido un
incremento salarial vigente al mes de julio 2014, deviene necesario
actualizar los montos de los promedios de las remuneraciones
anteriormente fijados y de los respectivos topes indemnizatorios que
surgen del mismo, por los nuevos importes que se detallan en el Anexo
de la presente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976)
y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las
remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio
resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las
remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos
considerados.
Que a fojas 74/80, obra el informe técnico elaborado por la Dirección
de Normativa Laboral dependiente de esta Secretaría, por el que se
indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el
cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y
del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta
instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de
Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión
Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Déjase sin efecto el importe del promedio de las
remuneraciones con vigencia desde el 1° de julio de 2014 fijado por la
Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 60
del 26 de febrero de 2014, y el tope indemnizatorio resultante,
correspondiente al Acuerdo N° 155/14, suscripto entre el SINDICATO DE
TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE
LA REPÚBLICA ARGENTINA y la empresa NEWTRONIC SOCIEDAD ANÓNIMA.
ARTÍCULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual
surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la
Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 514 del 9 de diciembre
de 2014 y registrado bajo el N° 1890/14 suscripto entre el SINDICATO DE
TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE
LA REPÚBLICA ARGENTINA y NEWTRONIC SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme al
detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 3° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección
Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que el Departamento
Coordinación tome conocimiento de la presente medida en relación con el
promedio de remuneraciones fijado por la Disposición de la Dirección
Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 60 del 26 de febrero de 2014 y
del tope indemnizatorio resultante, correspondiente al acuerdo
registrado bajo el N° 155/14 y homologado por la Disposición de la
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 39 del 24 de enero de
2014 y registre el importe del promedio de las remuneraciones fijado
por este acto y el tope indemnizatorio resultante.
ARTÍCULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la
notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la
guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional
de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social.
ANEXO
Expediente N° 1.647.441/14
Expediente N° 1.647.441/14
Buenos Aires, 9 de Febrero de 2015
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 8/15 se ha
tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de
referencia, quedando registrado con el número 113/15 T. — VALERIA
ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.