Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

DEUDA PÚBLICA

Resolución 172/2015

Modelo de Acuerdo Bilateral. Sustitución.

Bs. As., 25/3/2015

VISTO el Expediente N° S01:0229474/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y el Decreto N° 2.193 de fecha 19 de noviembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 1° del Decreto N° 2.193 de fecha 19 de noviembre de 2014 se aprobó el Modelo de Acuerdo Bilateral de reestructuración de deudas a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el ESTADO DE ISRAEL, cuya copia en idioma inglés y su traducción certificada al español obran como Anexo integrante del decreto referido, en el marco de la Declaración Conjunta para la refinanciación de la deuda en atraso de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscripta el 29 de mayo de 2014 entre la REPÚBLICA ARGENTINA y los países acreedores nucleados en el Club de París.

Que fue advertido que en el Modelo de Acuerdo aprobado sólo consta la traducción al español de su Anexo I, no figurando la respectiva versión en idioma inglés, por lo que resulta necesario, a fin de instrumentar la firma del acuerdo la rectificación de aquel error material.

Que en ese marco, y teniendo en cuenta que por el Artículo 3° del citado decreto se facultó al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Acuerdo Bilateral de reestructuración de deudas en cuestión, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto, corresponde sustituir el modelo aprobado por el Artículo 1° del Decreto N° 2.193/2014 por el que obra como Anexo de la presente, a efectos de rectificar el error material advertido.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 3° del Decreto N° 2.193 de fecha 19 de noviembre de 2014.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1° — Sustitúyese el Modelo de Acuerdo Bilateral de reestructuración de deudas a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el ESTADO DE ISRAEL, aprobado mediante el Artículo 1° del Decreto N° 2.193/2014, en el marco de la Declaración Conjunta para la refinanciación de la deuda en atraso de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscripta el 29 de mayo de 2014 entre la REPÚBLICA ARGENTINA y los países acreedores nucleados en el Club de París, por el que en copia en idioma inglés y su traducción certificada al español obra como Anexo de la presente medida.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Axel Kicillof.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)