INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 696/2015

Bs. As., 19/3/2015

VISTO la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de las medidas de fomento previstas por el artículo 3° inciso a) de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la de auspiciar concursos y establecer premios, en tanto el artículo 43° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) faculta al INCAA a producir películas de cortometraje cuyos anteproyectos seleccione en llamados que realice con tal propósito.

Que el Concurso para la producción al que alude la presente resolución, se inscribe en el marco para la promoción de nuevos proyectos de cortometrajes de animación en el ámbito de la producción nacional.

Que es necesario establecer los requisitos y el procedimiento correspondiente a fin de hacer efectivo el fomento aludido precedentemente.

Que la participación en el presente concurso, implica la aceptación de las Bases y Condiciones del mismo en su totalidad así como el conocimiento de toda la normativa vigente al respecto.

Que se establece como obligación de los presentantes de los proyectos que resulten ganadores del Concurso la de suscribir un convenio con el INCAA, obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se explicitan en la presente Resolución.

Que a tales fines se considera conducente llamar a un Concurso de Cortometrajes de Cine de Animación para directores, el cual recibirá la denominación ANIMATE.

Que a efectos de una mejor eficiencia administrativa se considera oportuna la entrega de parte de la presentación del proyecto en formato digital.

Que en consecuencia corresponde dictar Resolución fijando las bases para la participación en los citados concursos.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia de Fomento han tomado intervención al respecto.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias.

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Llámese al PRIMER CONCURSO ANIMATE 2015, para directores, a presentar PROYECTOS de CORTOMETRAJES DE CINE DE ANIMACIÓN.

ARTICULO 2° — Apruébense las BASES DEL PRIMER CONCURSO ANIMATE 2015 que obra como Anexo I y los Anexos, II, III, IV y V, todos parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3° — La participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.

ARTICULO 4° — Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por el INCAA.

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I

BASES Y CONDICIONES

PRIMER CONCURSO ANIMATE 2015

CAPITULO 01. DEL OBJETO

Artículo 1°. EL INCAA, a través de la Gerencia de Fomento, convoca a directores presentantes al PRIMER CONCURSO ANIMATE 2015, a presentar proyectos de cortometrajes de cine de animación sobre ideas originales y de temática libre, entendiéndose el mismo por técnicas 2D, CGI (3D), Stop Motion o Técnicas Mixtas.

CAPITULO 02. DE LA CONVOCATORIA

Artículo 2°. Fíjese un período para la presentación de los proyectos, desde el 20 DE MARZO DE 2015 hasta el 22 DE JUNIO DE 2015, como fechas de apertura y cierre de las presentaciones del llamado a Concurso.

Artículo 3°. Los proyectos deberán presentarse en la Mesa de Entradas del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA, o enviarse por correo postal a Lima 319, Piso 1°, Código Postal C1073AAG.

En los casos de remisiones por vía postal se tomará la fecha de imposición de la Oficina de Correos que se trate.

No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo, fuera del plazo establecido.

Artículo 4°. Los proyectos deberán presentarse con anterioridad al inicio de la producción de la animación y cumplir con las presentes Bases y Condiciones, con sus ANEXOS.

Además los proyectos que se presenten deberán contener los requisitos dispuestos en el Anexo II de la presente resolución.

Artículo 5°. Los interesados presentantes podrán presentar UN (1) proyecto.

En caso de incumplimiento de lo mencionado precedentemente, el proyecto se tendrá por no presentado y si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá por decaído el premio, debiendo el presentante restituir toda suma que hubiese percibido.

Artículo 6°. La Gerencia de Fomento del INCAA examinará las presentaciones de proyectos, a los efectos de establecer si se cumplen todos los requisitos exigidos en la presente Resolución.

En caso de no haberse dado íntegro cumplimiento, se intimará a los productores presentantes a fin de que completen los requisitos faltantes dentro de un plazo de 10 días hábiles administrativos, a contar desde la notificación de la intimación, ello bajo apercibimiento de tener por no tener presentado el proyecto, lo que operará de pleno derecho vencido dicho plazo.

De encontrarse reunidos los requisitos, la Gerencia de Fomento del INCAA elevará los proyectos para su tratamiento al Jurado, que se crea por el artículo 14° de la presente Resolución.

CAPITULO 03. DE LAS TECNICAS DE ANIMACIÓN

Artículo 7°. El presente concurso admitirá las siguientes técnicas de animación:

1) “2D”: Técnicas de animación bidimensional. Incluye dibujo animado (analógico o digital), cut-out digital, pintura animada, etc.

2) “CGI (3D)”: Técnicas de animación tridimensional digital.

3) “Stop Motion”: Técnicas de animación tridimensional analógica. Incluye animación de muñecos, objetos, plastilina, pixilación, cut-out analógico, etc.

4) “Técnicas Mixtas”: Aquellas que involucren al menos dos de las técnicas anteriormente mencionadas.

Las técnicas de animación anteriormente mencionadas deben contemplar la creación de un proyecto de CORTOMETRAJE DE CINE DE ANIMACIÓN de entre 6 y 12 minutos de duración, incluyendo créditos y rodantes; no pudiéndose extender el corte final más que el tiempo de proyección indicado.

CAPITULO 04. DEL PREMIO

Artículo 8°. Serán CINCO (5) los proyectos ganadores del concurso, y DOS (2) los proyectos suplentes.

Artículo 9°. El premio consistirá en hasta la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000) para la producción total de cada uno de los cortometrajes seleccionados.

Artículo 10°. El premio será abonado en 4 cuotas de la siguiente manera:

1°) EL TREINTA POR CIENTO (30%) una vez acreditado el inicio de la preproducción.

2°) EL CUARENTA POR CIENTO (40%) una vez acreditado inicio de la producción de la animación.

3°) EL VEINTE POR CIENTO (20%) una vez acreditado inicio de la postproducción.

4°) EL DIEZ POR CIENTO (10%) contra la entrega de la copia “A” en el organismo.

Artículo 11°. Previo a la liberación de cada cuota el presentante deberá presentar rendición de gastos por los montos liquidados.

La totalidad del premio deberá estar rendido antes de la liquidación de la última cuota. La rendición del mismo se hará de acuerdo a la Resolución N° 439/2014/INCAA y de acuerdo al formato del Anexo IV de la presente resolución.

Artículo 12°. La entrega final de la copia “A” deberá ser presentada mediante la entrega de un DCP 2K o superior.

Además se deberá entregar al INCAA un Disco Rígido Externo/Pendrive y un soporte Blue-Ray de acuerdo a las características conforme surge del Anexo III de la presente resolución.

CAPITULO 05. DE LOS PRESENTANTES

Artículo 13°. Los presentantes deberán cumplir con el presente pliego de Bases y Condiciones y sus anexos.

Los participantes podrán ser argentinos o extranjeros; en caso de ser extranjero, el mismo deberá acreditar fehacientemente una residencia no menor a 2 años en el país.

CAPITULO 06. DEL JURADO

Artículo 14°. La presidenta del INCAA designará un Jurado que estará conformado por TRES (3) miembros, quienes deberán ser personalidades destacadas en algunas de las especialidades de la producción audiovisual de cine de animación o del mundo de la cultura.

CAPITULO 07. DE LA SELECCIÓN

Artículo 15°. Una vez convocados los Jurados tendrán un plazo de NOVENTA (90) días para la selección de los proyectos ganadores y suplentes.

Sin perjuicio de ello, una vez evaluada la totalidad del material presentado, de considerarlo necesario, los jurados podrán convocar a los presentantes de los proyectos preseleccionados a efectos de realizar un pitching con anterioridad a la selección de los ganadores.

La decisión del Jurado será irrecurrible.

Artículo 16°. Habrá CINCO (5) proyectos ganadores y DOS (2) proyectos suplentes, del PRIMER CONCURSO ANIMATE 2015 DE CORTOMETRAJES DE CINE ANIMACIÓN para directores presentantes.

Artículo 17°. Los proyectos suplentes ocuparán el lugar de los ganadores en caso de renuncia o incumplimiento de los presentantes ganadores.

CAPITULO 08. DE LOS GANADORES Y EL CONVENIO

Artículo 18°. Los PRESENTANTES de los proyectos que resulten ganadores firmarán un convenio con el INCAA.

El incumplimiento del convenio a firmarse con los PRESENTANTES ganadores del presente CONCURSO dará derecho al INCAA a declarar la caducidad del proyecto y reclamar la devolución de las sumas que se hubieran entregado más los intereses correspondientes, previa intimación por 10 días corridos.

Artículo 19°. Los presentantes tendrán un plazo de UN (1) año a contar desde el pago de la primera cuota del premio para entregar la copia “A”.

La falta de cumplimiento en término dará derecho al INCAA para que, previa intimación por DIEZ (10) días corridos, declare la caducidad del proyecto de que se trate y reclame la devolución de las sumas que se hubieran entregado más los intereses correspondientes.

CAPITULO 09. DEL COORDINADOR CONSULTIVO

Artículo 20°. El INCAA designará un coordinador consultivo, que será un profesional de reconocida trayectoria y prestigio en el ámbito de los cortometrajes de animación.

Las funciones del mismo será la de ofrecer orientación profesional a directores y técnicos principales de los cortometrajes y observar el cumplimiento de las distintas etapas de la producción de la animación del cortometraje.

CAPITULO 10. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 21°.- La participación en el concurso implica la autorización a favor del INCAA de lo dispuesto en el art. 20° de la Resolución N° 151/2013/INCAA (plan de fomento).

Artículo 22°.- La liberación de las sumas aportadas por el Organismo estará sujeta a disponibilidad presupuestaria.

Artículo 23°.- La mención en la presente de las Resoluciones N° 151/2013/INCAA (plan de fomento) y 439/2014/INCAA debe entenderse como la obligación de dar cumplimiento a lo dispuesto por las mismas o aquellas que las reemplacen en el futuro.

Artículo 24°. Para todos los efectos de la Resolución que aprueba las presentes Bases y Condiciones, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Nacionales del Fuero Contencioso Administrativo Federal.

Artículo 25°. Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.

ANEXO II

REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE LOS PROYECTOS

Los Proyectos deberán presentarse en sobre cerrado, en forma personal de 10 a 17 hs. ante la Mesa de Entradas del INCAA, o enviarse por correo postal a Lima 319, Piso 1°, Código Postal C1073AAG, desde el 20 de MARZO de 2015 hasta el 22 de JUNIO de 2015 inclusive, tomándose para este último caso la fecha de imposición de la oficina de correos respectiva. El sobre deberá estar dirigido a:

CONCURSO DE CORTOMETRAJES DE ANIMACIÓN

“ANIMATE 2015”

Deberá consignarse en el exterior del sobre:

1) Título del Proyecto.

2) Técnica de Animación

3) Nombre y apellido de los presentantes, número de documento, nacionalidad, domicilio, teléfonos, dirección de correo electrónico.

En su interior el sobre deberá contener:

En soporte digital (cd, dvd o pendrive) formato PDF con los siguientes materiales:

1) Ficha de datos personales según Anexo V de la presente Resolución.

2) Sinopsis corta de hasta 250 caracteres.

3) Sinopsis desarrollada de hasta UNA (1) carilla de 2000 caracteres.

4) Guión.

5) Diseño de personajes (bocetos, expresiones, giro de personajes, etc.).

6) Al menos 3 (TRES) piezas originales de arte conceptual, ambientes o fondos.

7) Referencias artísticas y estéticas que se tomen como influencia en el desarrollo visual de la película (opcional).

8) Storyboard de al menos 1/3 (UN TERCIO) del cortometraje.

9) Carta de motivación del director/es con fundamentación de propuesta estética y conceptual de hasta DOS (2) carillas.

10) Breve explicación de la técnica a utilizar y desglose de requerimientos materiales para el desarrollo de la producción de hasta DOS (2) carillas.

11) Curriculum vitae del director/es.

12) Presupuesto (Presupuesto desglosado por rubros, según lo establecido en la Resolución 439/2014/INCAA, y de acuerdo al formato del Anexo IV de la presente resolución. En caso que lo presupuestado supere el monto del premio del Concurso, debe presentarse Plan Económico según Resolución N° 439/2014/INCAA, con la constancia de los aportes de capital, bienes o servicios a efectuar por el concursante o por terceros, con cartas de intención de dichos aportes con firma certificada).

13) Plan y Diseño de Producción (diagrama de tiempos de preproducción, rodaje y post-producción).

14) Plan Financiero (según lo establecido en la Resolución 439/2014/INCAA y de acuerdo al formato del Anexo IV de la presente resolución, es el presupuesto dividido en las distintas etapas: preproducción, rodaje y postproducción).

En el mismo cd, dvd o pendrive deberá incluirse una carpeta llamada “ANIMACIONES” conteniendo:

15) Prueba de animación vinculada al proyecto de al menos DIEZ (10) segundos y/o muestra de trabajos de animación anteriores (cortometrajes, reels, etc.) en formato Quicktime códec H264, mp4, m,4v, mpeg, flv o avi.

En soporte papel deberá contener lo siguiente:

1) Ficha de datos personales según Anexo V de la presente Resolución.

2) Constancia de depósito del guion en la Dirección Nacional de Derecho de Autor, en copia autenticada.

3) Autorización del autor del guion (en caso de ser persona distintas al/los presentantes). Las autorizaciones deberán contener las firmas de los autorizantes certificadas por escribano público o entidad bancaria.

4) En el caso de presentantes extranjeros, documentación de la que resulte la residencia de los últimos DOS (2) años en el país, pudiendo consistir la misma en contrato de alquiler, boletas de pago de impuestos o servicios, recibo de trabajo en relación de dependencia, etc., debiendo resultar de dicha documentación la antigüedad de la residencia requerida para participar en el concurso.

5) Declaración jurada según Resolución N° 2583/2009/INCAA.

6) Carta del/los presentantes que tendrá carácter de Declaración Jurada, manifestando que no se ha iniciado la producción de la animación del proyecto inscripto al presente concurso.

ANEXO III

REQUISITOS GENERALES PARA LA ENTREGA DE LA PELÍCULA EN EL SOPORTE DIGITAL OBLIGATORIO

Los puntos 1) y 2) son obligatorios para todos los supuestos.

1) DISCO RÍGIDO EXTERNO CON FORMATO NTFS (con conectividad USB 2.0 ó 3.0) o PENDRIVE USB 3.0, conteniendo DOS (2) archivos de la película en formato HD y SD.

• Calidad HD

Quiqktime (.mov)

Resolución: 1920 x 1080 pixels

Codecs: Apple Pro Res 422 HQ o Avid DNxHD 185 o versiones superiores

Frame rate: 25 fps

Nivel de color: ITU-709

Canales de audio: 2 (estéreo)

Audio Sample Rate: 48 kHz

Audio Bit Depth: 16 ó 24 bits

• Calidad SD

Quicktime (.mov)

Video:

Compresión: DV50

Norma: PAL

Frame size: 720 x 576

Frame rate: 25 fps (50i)

Entrelazado: Lower first

Aspect Radio: 4:3

Audio

Codec: Big Endian (uncompressed) 16 bits

Frecuencia 48.000 Hz

Stereo

2) Soporte Blue-Ray, resolución 1920 x 1080, 25p, con sonido estéreo 2.0 obligatorio, y 5.1 ó 7.1 opcional, sin código de región, de la película presentada.

ANEXO IV









ANEXO V



e. 27/03/2015 N° 20838/15 v. 27/03/2015