AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
Resolución 226/2015
Bs. As., 26/3/2015
Visto el Expediente Nro. 3404/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que a través del dictado de la Resolución N° 39-AFSCA/15, se aprobó,
entre otros el Anexo IV, correspondiente al pliego de bases y
condiciones generales y particulares, que regirá los llamados a
concurso público para la adjudicación de licencias para la instalación,
funcionamiento y explotación de servicios de televisión abierta digital
en la norma ISDB-T, con categorías J, K e I, a personas de existencia
ideal sin fines de lucro.
Que se ha advertido que en la Planilla 1 titulada “NOTA DE
PRESENTACIÓN”, se incurrió en un error material al omitir la mención de
las personas que deben suscribir la misma, conforme lo establece el
artículo 7 del citado pliego.
Que para los concursos Nros. 41 y 42, del AMBA, se estableció como
lugar de apertura la DELEGACIÓN AFSCA CONURBANO SUR, sita en la calle
12 de Octubre N° 463, de la localidad de AVELLANEDA, provincia de
BUENOS AIRES.
Que teniendo en cuenta el área de cobertura de las licencias a
adjudicar, corresponde fijar como lugar de apertura la DELEGACIÓN AFSCA
CONURBANO OESTE, sita en la calle Remedios de Escalada N° 1302, 3° PISO
“D”, de la localidad de HURLINGHAM, provincia de BUENOS AIRES.
Que, asimismo, a través del dictado de la Resolución N° 39-AFSCA/15, se
aprobaron los anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII,
correspondientes a los pliegos de bases y condiciones generales y
particulares, que regirán los llamados a concurso público para la
adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y
explotación de servicios de televisión abierta digital en la norma
ISBD-T.
Que en los encabezados de las planillas correspondientes al aspecto
comunicacional de los citados pliegos, se han consignado erróneamente
categorías de los referidos concursos.
Que consecuentemente, corresponde sustituir la Planilla N° 1 del Anexo
IV, del pliego de bases y condiciones generales y particulares, que
regirá los llamados a concurso público para la adjudicación de
licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de
servicios de televisión abierta digital en la norma ISDB-T, con
categorías J, K e l a personas de existencia ideal sin fines de lucro;
modificar el domicilio de apertura consignado en el Anexo B para los
concursos Nros. 41 y 42; y sustituir las planillas correspondientes al
aspecto comunicacional de los pliegos en cuestión, de conformidad con
lo prescripto por el artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991),
reglamentario de la Ley N° 19.549.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 1) de la Ley N° 26.522.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sustitúyese la Planilla N° 1 del Anexo IV, del Pliego de
Bases y Condiciones Generales y Particulares que regirá los llamados a
concurso público para la adjudicación de licencias para la instalación,
funcionamiento y explotación de servicios de televisión abierta digital
en la norma ISDB-T con categorías J, K e I, a personas de existencia
ideal sin fines de lucro, aprobado por Resolución N° 39-AFSCA/15,
titulada “NOTA DE PRESENTACIÓN”, por la que integra la presente.
ARTICULO 2° — Modifícase el lugar de apertura de los concursos Nros. 41
y 42, consignados en el Anexo B, de la Resolución N° 39-AFSCA/15, para
la adjudicación a personas físicas y personas de existencia ideal con y
sin fines de lucro, de licencias para la prestación de servicios de
televisión abierta digital en la norma ISDB-T, con categorías J, K e I,
por el sito en la calle Remedios de Escalada N° 1302, 3° PISO “D”, de
la localidad de HURLINGHAM, provincia de BUENOS AIRES, correspondiente
a la DELEGACIÓN AFSCA CONURBANO OESTE.
ARTICULO 4° — Sustitúyense las planillas correspondientes al aspecto
comunicacional, de los pliegos de bases y condiciones generales y
particulares, que regirán los llamados a concurso público para la
adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y
explotación de servicios de televisión abierta digital en la norma
ISBD-T, que fueran aprobados como Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y
VIII, a través del dictado de la Resolución N° 39-AFSCA/15, de la
siguiente manera:
a) ANEXO I: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares para
la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de
televisión digital terrestre abierta - licenciatario - categorías B, C,
D, E, F - sector con fines de lucro (personas físicas y personas
jurídicas con fines de lucro): PLANILLA 9 “GRILLA DE PROGRAMACIÓN”,
PLANILLA 10 “DESCRIPCIÓN DE LA PROGRAMACIÓN y PLANILLA 11 “ORIGEN DE LA
PROGRAMACIÓN”.
b) ANEXO II: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares
para la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de
televisión digital terrestre abierta - licenciatario - categorías J, K,
I - sector con fines de lucro (personas físicas y personas jurídicas
con fines de lucro): PLANILLA 9 “GRILLA DE PROGRAMACIÓN”, PLANILLA 10
“DESCRIPCIÓN DE LA PROGRAMACIÓN y PLANILLA 11 “ORIGEN DE LA
PROGRAMACIÓN”.
c) ANEXO III: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares
para la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de
televisión digital terrestre abierta - licenciatario - categorías B, C,
D, E, F - sector sin fines de lucro (personas jurídicas sin fines de
lucro): PLANILLA 6 “GRILLA DE PROGRAMACIÓN”, PLANILLA 7 “DESCRIPCIÓN DE
LA PROGRAMACIÓN” y PLANILLA 8 “ORIGEN DE LA PROGRAMACIÓN”.
d) ANEXO IV: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares
para la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de
televisión digital terrestre abierta - licenciatario - categorías J, K,
I - sector sin fines de lucro (personas jurídicas sin fines de lucro):
PLANILLA 6 “GRILLA DE PROGRAMACIÓN”, PLANILLA 7 “DESCRIPCIÓN DE LA
PROGRAMACIÓN” y PLANILLA 8 “ORIGEN DE LA PROGRAMACIÓN”.
e) ANEXO V: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares para
la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de
televisión digital terrestre abierta - licenciatario operador -
categorías B, C, D, E, F - sector con fines de lucro (personas físicas
y personas jurídicas con fines de lucro): PLANILLA 9 “GRILLA DE
PROGRAMACIÓN”, PLANILLA 10 “DESCRIPCIÓN DE LA PROGRAMACIÓN” y PLANILLA
11 “ORIGEN DE LA PROGRAMACIÓN”.
f) ANEXO VI: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares
para la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de
televisión digital terrestre abierta - licenciatario operador -
categorías J, K, I - sector con fines de lucro (personas físicas y
personas jurídicas con fines de lucro): PLANILLA 9 “GRILLA DE
PROGRAMACIÓN”, PLANILLA 10 “DESCRIPCIÓN DE LA PROGRAMACIÓN” y PLANILLA
11 “ORIGEN DE LA PROGRAMACIÓN”.
g) ANEXO VII: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares
para la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de
televisión digital terrestre abierta - licenciatario operador -
categorías B, C, D, E, F - sector sin fines de lucro (personas
jurídicas sin fines de lucro): PLANILLA 6 “GRILLA DE PROGRAMACIÓN”,
PLANILLA 7 “DESCRIPCIÓN DE LA PROGRAMACIÓN” y PLANILLA 8 “ORIGEN DE LA
PROGRAMACIÓN”.
h) ANEXO VIII: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares
para la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de
televisión digital terrestre abierta - licenciatario operador -
categorías J, K, I - sector sin fines de lucro (personas jurídicas sin
fines de lucro): PLANILLA 6 “GRILLA DE PROGRAMACIÓN”, PLANILLA 7
“DESCRIPCIÓN DE LA PROGRAMACIÓN” y PLANILLA 8 “ORIGEN DE LA
PROGRAMACIÓN”.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes,
publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
cumplido, archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio,
Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 30/03/2015 N° 22451/15 v. 30/03/2015
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)