AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

Resolución 226/2015

Bs. As., 26/3/2015

Visto el Expediente Nro. 3404/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que a través del dictado de la Resolución N° 39-AFSCA/15, se aprobó, entre otros el Anexo IV, correspondiente al pliego de bases y condiciones generales y particulares, que regirá los llamados a concurso público para la adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de televisión abierta digital en la norma ISDB-T, con categorías J, K e I, a personas de existencia ideal sin fines de lucro.

Que se ha advertido que en la Planilla 1 titulada “NOTA DE PRESENTACIÓN”, se incurrió en un error material al omitir la mención de las personas que deben suscribir la misma, conforme lo establece el artículo 7 del citado pliego.

Que para los concursos Nros. 41 y 42, del AMBA, se estableció como lugar de apertura la DELEGACIÓN AFSCA CONURBANO SUR, sita en la calle 12 de Octubre N° 463, de la localidad de AVELLANEDA, provincia de BUENOS AIRES.

Que teniendo en cuenta el área de cobertura de las licencias a adjudicar, corresponde fijar como lugar de apertura la DELEGACIÓN AFSCA CONURBANO OESTE, sita en la calle Remedios de Escalada N° 1302, 3° PISO “D”, de la localidad de HURLINGHAM, provincia de BUENOS AIRES.

Que, asimismo, a través del dictado de la Resolución N° 39-AFSCA/15, se aprobaron los anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, correspondientes a los pliegos de bases y condiciones generales y particulares, que regirán los llamados a concurso público para la adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de televisión abierta digital en la norma ISBD-T.

Que en los encabezados de las planillas correspondientes al aspecto comunicacional de los citados pliegos, se han consignado erróneamente categorías de los referidos concursos.

Que consecuentemente, corresponde sustituir la Planilla N° 1 del Anexo IV, del pliego de bases y condiciones generales y particulares, que regirá los llamados a concurso público para la adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de televisión abierta digital en la norma ISDB-T, con categorías J, K e l a personas de existencia ideal sin fines de lucro; modificar el domicilio de apertura consignado en el Anexo B para los concursos Nros. 41 y 42; y sustituir las planillas correspondientes al aspecto comunicacional de los pliegos en cuestión, de conformidad con lo prescripto por el artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991), reglamentario de la Ley N° 19.549.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 1) de la Ley N° 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Sustitúyese la Planilla N° 1 del Anexo IV, del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que regirá los llamados a concurso público para la adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de televisión abierta digital en la norma ISDB-T con categorías J, K e I, a personas de existencia ideal sin fines de lucro, aprobado por Resolución N° 39-AFSCA/15, titulada “NOTA DE PRESENTACIÓN”, por la que integra la presente.

ARTICULO 2° — Modifícase el lugar de apertura de los concursos Nros. 41 y 42, consignados en el Anexo B, de la Resolución N° 39-AFSCA/15, para la adjudicación a personas físicas y personas de existencia ideal con y sin fines de lucro, de licencias para la prestación de servicios de televisión abierta digital en la norma ISDB-T, con categorías J, K e I, por el sito en la calle Remedios de Escalada N° 1302, 3° PISO “D”, de la localidad de HURLINGHAM, provincia de BUENOS AIRES, correspondiente a la DELEGACIÓN AFSCA CONURBANO OESTE.

ARTICULO 4° — Sustitúyense las planillas correspondientes al aspecto comunicacional, de los pliegos de bases y condiciones generales y particulares, que regirán los llamados a concurso público para la adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de televisión abierta digital en la norma ISBD-T, que fueran aprobados como Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, a través del dictado de la Resolución N° 39-AFSCA/15, de la siguiente manera:

a) ANEXO I: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares para la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de televisión digital terrestre abierta - licenciatario - categorías B, C, D, E, F - sector con fines de lucro (personas físicas y personas jurídicas con fines de lucro): PLANILLA 9 “GRILLA DE PROGRAMACIÓN”, PLANILLA 10 “DESCRIPCIÓN DE LA PROGRAMACIÓN y PLANILLA 11 “ORIGEN DE LA PROGRAMACIÓN”.

b) ANEXO II: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares para la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de televisión digital terrestre abierta - licenciatario - categorías J, K, I - sector con fines de lucro (personas físicas y personas jurídicas con fines de lucro): PLANILLA 9 “GRILLA DE PROGRAMACIÓN”, PLANILLA 10 “DESCRIPCIÓN DE LA PROGRAMACIÓN y PLANILLA 11 “ORIGEN DE LA PROGRAMACIÓN”.

c) ANEXO III: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares para la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de televisión digital terrestre abierta - licenciatario - categorías B, C, D, E, F - sector sin fines de lucro (personas jurídicas sin fines de lucro): PLANILLA 6 “GRILLA DE PROGRAMACIÓN”, PLANILLA 7 “DESCRIPCIÓN DE LA PROGRAMACIÓN” y PLANILLA 8 “ORIGEN DE LA PROGRAMACIÓN”.

d) ANEXO IV: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares para la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de televisión digital terrestre abierta - licenciatario - categorías J, K, I - sector sin fines de lucro (personas jurídicas sin fines de lucro): PLANILLA 6 “GRILLA DE PROGRAMACIÓN”, PLANILLA 7 “DESCRIPCIÓN DE LA PROGRAMACIÓN” y PLANILLA 8 “ORIGEN DE LA PROGRAMACIÓN”.

e) ANEXO V: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares para la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de televisión digital terrestre abierta - licenciatario operador - categorías B, C, D, E, F - sector con fines de lucro (personas físicas y personas jurídicas con fines de lucro): PLANILLA 9 “GRILLA DE PROGRAMACIÓN”, PLANILLA 10 “DESCRIPCIÓN DE LA PROGRAMACIÓN” y PLANILLA 11 “ORIGEN DE LA PROGRAMACIÓN”.

f) ANEXO VI: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares para la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de televisión digital terrestre abierta - licenciatario operador - categorías J, K, I - sector con fines de lucro (personas físicas y personas jurídicas con fines de lucro): PLANILLA 9 “GRILLA DE PROGRAMACIÓN”, PLANILLA 10 “DESCRIPCIÓN DE LA PROGRAMACIÓN” y PLANILLA 11 “ORIGEN DE LA  PROGRAMACIÓN”.

g) ANEXO VII: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares para la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de televisión digital terrestre abierta - licenciatario operador - categorías B, C, D, E, F - sector sin fines de lucro (personas jurídicas sin fines de lucro): PLANILLA 6 “GRILLA DE PROGRAMACIÓN”, PLANILLA 7 “DESCRIPCIÓN DE LA PROGRAMACIÓN” y PLANILLA 8 “ORIGEN DE LA PROGRAMACIÓN”.

h) ANEXO VIII: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares para la adjudicación de una licencia correspondiente al servicio de televisión digital terrestre abierta - licenciatario operador - categorías J, K, I - sector sin fines de lucro (personas jurídicas sin fines de lucro): PLANILLA 6 “GRILLA DE PROGRAMACIÓN”, PLANILLA 7 “DESCRIPCIÓN DE LA PROGRAMACIÓN” y PLANILLA 8 “ORIGEN DE LA PROGRAMACIÓN”.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.


NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 30/03/2015 N° 22451/15 v. 30/03/2015

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)