MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución 514/2015
Bs. As., 7/4/2015
VISTO el Expediente S02:0038152/2015 del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que es política del ESTADO NACIONAL propiciar acciones que tiendan a
tutelar a los sectores de la población con mayor vulnerabilidad social,
tales como aquellos que pertenezcan a grupos de afinidad como ser
jubilados y pensionados, todos los cuales se encuentran
individualizados en los Registros de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
Que en dicho marco, se han establecido tarifas diferenciadas para este
sector de la población que accede al servicio público de transporte en
el ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, utilizando como medio de pago el
SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (S.U.B.E.).
Que por otro lado, el ESTADO NACIONAL viene implementando políticas
públicas con el objeto de fortalecer y mejorar el sistema ferroviario y
así, se han reactivado distintos ramales de pasajeros de media y larga
distancia, se han puesto en valor varias estaciones, se han llevado
adelante numerosos proyectos e inversiones en infraestructura y se han
incorporado DOSCIENTOS VEINTE (220) coches y VEINTIDOS (22) locomotoras
para la prestación de estos servicios en condiciones de seguridad y
eficiencia.
Que es dable destacar la reactivación del servicio emblemático que une
la estación Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con Mar
del Plata, Provincia de Buenos Aires, el servicio que une la estación
Retiro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con Rosario, Provincia de
Santa Fe, los servicios Once-Bragado-Realicó, Once-Bragado-General Pico
y Catriló-Santa Rosa que unen la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las
Provincias de Buenos Aires y La Pampa, el servicio que une la estación
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Cañuelas,
Provincia de Buenos Aires, el servicio que une la estación Constitución
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la ciudad de Chascomús,
Provincia de Buenos Aires, el servicio que une la estación Retiro de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la localidad santafesina de Rufino,
que tiene paradas en las ciudades de Chacabuco, Junín, Vedia y Alberdi,
todas ellas de la Provincia de Buenos Aires, entre otros.
Que en consecuencia, y con el objeto de profundizar las políticas
sociales que se vienen implementando en materia de transporte público,
se considera oportuno articular la implementación de tarifas
diferenciadas a favor de jubilados y pensionados que se encuentren
debidamente individualizados en los Registros de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas
por el artículo 2°, apartado e), inciso 5 del Decreto N° 101 del 16 de
enero de 1985 y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Establécese que los jubilados y/o pensionados usuarios
del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros de media y
larga distancia, abonarán a partir de la fecha de la publicación de la
presente medida, las tarifas correspondientes a cada servicio con un
descuento del CUARENTA POR CIENTO (40%).
Para gozar de tal beneficio, los jubilados y/o pensionados deberán
exhibir, al momento de la adquisición de su pasaje, la constancia que
lo acredite como tal, a través de su credencial de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del
Interior y Transporte.
e. 08/04/2015 N° 24477/15 v. 08/04/2015