MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 99/2015
Apruébase y Adjudícase Contratación Directa N° 142/2014.
Bs. As., 31/3/2015
VISTO el Expediente N° 2002-23933/14-6, del registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita la adquisición de CUATRO MIL
SETECIENTOS (4.700) frascos ampolla de polvo liofilizado de Palivizumab
por 100 miligramos y DOS MIL TRESCIENTOS (2.300) frascos ampolla de
polvo liofilizado de Palivizumab por 50 miligramos, solicitada por la
DIRECCION NACIONAL DE MATERNIDAD E INFANCIA del MINISTERIO DE SALUD,
para la prevención de la Insuficiencia Respiratoria Aguda baja en
lactantes prematuros de alto riesgo, con antecedentes de enfermedad
pulmonar crónica, que son atendidos en el sector público.
Que la SUBSECRETARIA DE MEDICINA COMUNITARIA, MATERNIDAD E INFANCIA, la
SECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA y la SUBSECRETARIA DE COORDINACION
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE SALUD, han prestado conformidad a la
tramitación de la presente adquisición.
Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA
MEDICA informa que la firma ABBOTT LABORATORIES ARGENTINA S.A. es la
titular del único certificado registrado con el Ingrediente
Farmacéutico Activo (IFA) Palivizumab y, a su vez, la mencionada firma
declara que se ha reservado el privilegio de venta del producto
ofertado.
Que corresponde realizar una Contratación Directa de conformidad con el
artículo 25, inciso d) apartado 3 del Decreto Delegado N° 1023 de fecha
13 de agosto de 2001 y con el artículo 22 del Anexo del Decreto N° 893
de fecha 7 de junio de 2012 y sus modificatorios.
Que la DIRECCION NACIONAL DE MATERNIDAD E INFANCIA del MINISTERIO DE
SALUD informa que teniendo en cuenta los datos actualizados de
consumos, el stock disponible y la fehaciente cobertura de la población
objetivo, no resultando económicamente conveniente la oferta obtenida
para el renglón 2, propicia dejarlo sin efecto.
Que analizada la oferta y obtenidos los informes pertinentes, la UNIDAD
OPERATIVA DE CONTRATACIONES de la DIRECCION DE COMPRAS, PATRIMONIO,
SUMINISTROS Y SERVICIOS del MINISTERIO DE SALUD recomienda la
adjudicación de la oferta presentada por la firma ABBOTT LABORATORIES
ARGENTINA S.A. para el renglón 1.
Que asimismo en la mencionada recomendación no se aconseja la
adjudicación del renglón 2 por no resultar económicamente conveniente
la oferta obtenida.
Que por lo expuesto corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a lo aconsejado por la citada Unidad Operativa.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION
NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley
de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 aprobado por Decreto N° 1344 de fecha 4 de
octubre de 2007 y el artículo 14, inciso c) del Anexo del Decreto N°
893 de fecha 7 de junio de 2012, ambos modificados por su similar N°
1039 de fecha 29 de julio de 2013.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Apruébase la
Contratación Directa N° 142/2014 del MINISTERIO DE SALUD, encuadrada en
el artículo 25, inciso d) apartado 3 del Decreto Delegado N° 1023 de
fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, y en el artículo 22
del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012 y su
modificatorio, con el objeto de adquirir CUATRO MIL SETECIENTOS (4.700)
frascos ampolla de polvo liofilizado de Palivizumab por 100 miligramos
y DOS MIL TRESCIENTOS (2.300) frascos ampolla de polvo liofilizado de
Palivizumab por 50 miligramos, así como también el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares que integra como ANEXO a la presente medida.
Art. 2° — Adjudícase el renglón
1 de la Contratación Directa N° 142/2014 a favor de la firma ABBOTT
LABORATORIES ARGENTINA S.A. CUIT 30-50084630-1 por la suma de PESOS
CUARENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS ($
48.461.700,00).
Art. 3° — La suma de PESOS
CUARENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS ($
48.461.700,00) se imputará con cargo al MINISTERIO DE SALUD, ejercicio
2015, Jurisdicción 80, Programa 17, Subprograma 1, Actividad 3, IPP
251, Fuente 11 - Tesoro Nacional.
Art. 4° — Déjase sin efecto el renglón 2.
Art. 5° — Autorízase a la
DIRECCION DE COMPRAS, PATRIMONIO, SUMINISTROS Y SERVICIOS del
MINISTERIO DE SALUD a suscribir la pertinente orden de compra.
Art. 6° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Aníbal D. Fernández. — Daniel G. Gollan.
ANEXO
1. ESPECIFICACIONES TECNICAS
1.1 Detalle del renglón Renglón N° 1:
a) Descripción: Polvo liofilizado de Palivizumab en frasco ampolla por
cien (100) miligramos, formulado en 67,5 miligramos de Manitol, 8,7
miligramos de Histidina y 0,3 miligramos de Glicina.
b) Cantidad: Cuatro mil setecientos (4.700) frascos ampolla.
c) Presentación: Cada frasco ampolla de polvo liofilizado de
Palivizumab deberá estar acompañado de un (1) frasco ampolla con
solución estéril y tres (3) jeringas con su aguja correspondiente.
Renglón N° 2:
a) Descripción: Polvo liofilizado de Palivizumab en frasco ampolla por
cincuenta (50) miligramos, formulado en 67,5 miligramos de Manitol, 8,7
miligramos de Histidina y 0,3 miligramos de Glicina.
b) Cantidad: Dos mil trescientos (2.300) frascos ampolla.
c) Presentación: Cada frasco ampolla de polvo liofilizado de
Palivizumab deberá estar acompañado de un (1) frasco ampolla con
solución estéril y dos (2) jeringas con su aguja correspondiente.
1.2 Productos Admitidos
Sólo se admitirán productos, que previo a la fecha fijada para el acto
de apertura de ofertas, cuenten con certificado vigente de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA,
autorización de comercialización de primer lote o dictamen favorable de
la verificación técnica previa, cuando corresponda según lo previsto en
la Disposición N° 5743/2009 de dicha Administración, y que no tengan
restricciones para su comercialización.
1.3 Vencimiento
El vencimiento de los productos no podrá ser menor de dieciocho (18) meses contados a partir de la entrega.
Se admitirá un vencimiento menor, en ningún caso inferior a doce (12)
meses, pero en este supuesto, si los productos no fueran utilizados, el
adjudicatario estará obligado a sustituirlos a requerimiento del
Ministerio, por otros de vencimiento no inferior doce (12) meses de
vigencia contados a partir de la entrega.
1.4 Envases
Los envases deberán presentarse con troquel anulado.
Los envases primarios y secundarios deberán llevar impresa la siguiente
leyenda en lugar visible y con caracteres destacados: “MINISTERIO DE
SALUD DE LA NACION - DISTRIBUCION GRATUITA - PROHIBIDA SU VENTA”.
Las impresiones podrán ser sustituidas por una etiqueta cuya remoción rompa el envase.
2. MONEDA Y FORMA DE COTIZACION
La cotización deberá ser efectuada en moneda nacional y consignar:
a) El precio unitario, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en el presente pliego.
b) Las cantidades ofrecidas.
c) El precio total del renglón en números.
d) El total general de la oferta expresado en letras y números.
El precio cotizado será el precio final que deba pagar este Ministerio
por todo concepto. Se aceptarán ofertas parciales por renglón.
3. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de NOVENTA
(90) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura.
El plazo aludido se prorrogará automáticamente por periodos de TREINTA
(30) días corridos y así sucesivamente, salvo que el oferente
manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de
mantenimiento con una antelación mínima de DIEZ (10) días corridos al
vencimiento de cada plazo.
4. FORMA DE PRESENTACION Y DOCUMENTACION DE LA OFERTA
La totalidad de la documentación que integra la oferta deberá
presentarse en original, en idioma nacional y firmada en todas sus
hojas por el oferente o su representante legal.
Los sobres, cajas o paquetes que contengan la oferta, deberán ser
presentados perfectamente cerrados y consignarán en su cubierta la
identificación del procedimiento de selección al que corresponden,
precisándose el lugar, día y hora del acto de apertura.
El oferente deberá integrar su oferta con la siguiente documentación y
en el orden indicado, separada por carátulas identificatorias:
a) Oferta económica por duplicado.
b) Copia autenticada de la documentación que acredita la capacidad del firmante de la oferta para obligar al oferente.
c) Nota en donde se fije expresamente domicilio especial, número de fax
y dirección de correo electrónico para las notificaciones que se
realicen con motivo del presente procedimiento de selección. En el
supuesto en que no se constituyera un domicilio especial, se tendrá por
domicilio constituido el declarado en el Sistema de Información de
Proveedores (SIPRO), bajo el título “Domicilio especial para los
procedimientos que se realicen en el ámbito de la Oficina Nacional de
Contrataciones”. Para el caso que el interesado no constituya uno o
ambos domicilios electrónicos se tendrán por válidos los informados en
el SIPRO.
d) Cuando la oferta total sea igual o superior a PESOS CINCUENTA MIL ($
50.000,00) y el oferente no cuente con Certificado Fiscal para
Contratar vigente al momento de la apertura, se deberá acompañar a la
oferta copia autenticada de la solicitud efectuada ante la AFIP.
e) Los oferentes no inscriptos en el SIPRO deberán acompañar la
documentación respaldatoria de los datos cargados en la Preinscripción.
f) Los oferentes inscriptos en el SIPRO deberán actualizar la
información en el mencionado sistema y acompañar la documentación
respaldatoria de los datos que hubieren variado.
g) Declaración Jurada sobre el cumplimiento de las condiciones
establecidas en la Ley 25551 “Régimen de Compre Trabajo Argentino” y en
el Decreto N° 1600/02 en el caso que se oferten bienes de origen
nacional.
h) Declaración Jurada mediante la cual se informe la provisión y/o uso
de bienes y/o materiales importados, así como el resultado de su
balanza comercial en el último ejercicio y la proyectada para el
ejercicio corriente, en el caso que se oferten bienes a importar.
i) Copia autenticada del documento que acredita la habilitación del
oferente para comercializar especialidades medicinales, emitido por
autoridad sanitaria competente.
j) Copia del certificado de registro del producto, emitido por la
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA.
k) Copia de la Disposición del Primer Lote del producto o del dictamen
favorable de la verificación técnica previa, emitidos por la
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
según lo previsto en la Disposición N° 5743/2009 de dicha
Administración Nacional.
5. ALTA EN EL PADRON UNICO DE ENTES
Para resultar adjudicatario el oferente deberá estar dado de alta en el
Padrón Único de Entes, en los términos del artículo 18 del Pliego Único
de Bases y Condiciones Generales.
6. LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA
Los medicamentos serán entregados por cuenta del adjudicatario en una
única entrega dentro de los veintidós (22) días hábiles contados a
partir de la notificación de la correspondiente orden de compra, en
Frigorífico Oneto, ubicado en Solís 1950, Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, teléfonos 4306-0021/4306-0022.
7. CONDICIONES DE ENTREGA
La entrega se realizará en conservadoras que posean una densidad no
menor de 20-30 kg/m3, con cierre de triple contacto, y sus
correspondientes refrigerantes. Asimismo, se deberán entregar sesenta
(60) conservadoras adicionales, a fin de realizar el fraccionamiento
para los veinticuatro (24) destinos provinciales.
Todos los envases deberán ser aptos para su almacenamiento, no debiendo
deformarse, abrirse o romperse con su traslado o estiba, y deberán
presentarse con precinto de seguridad e inviolabilidad.
Los productos deberán ser presentados en pallets cuando su volumen lo aconseje.
Los pallets deben ser nuevos, de doble entrada, normalizados tipo ARLOG
MERCOSUR, de superficie de cien (100) centímetros de ancho por ciento
veinte (120) centímetros de largo con los productos estibados hasta una
altura máxima de ciento veinte (120) centímetros, asegurados con film
de polietileno y esquineros.
Cada envase secundario, terciario y pallet deberá contener productos de un solo lote.
Los envases terciarios y los pallets deberán presentar impresa o en etiqueta, la siguiente información en castellano:
a) El número del proceso de contratación y orden de compra.
b) El nombre del proveedor.
c) El nombre y tipo de producto contenido.
d) La cantidad total de unidades contenidas en el envase.
e) El número de lote de fabricación.
f) La fecha de vencimiento (mes y año).
g) Las instrucciones de almacenamiento y conservación.
Los envases y pallets no serán objeto de devolución.
El adjudicatario mantendrá los medicamentos a la temperatura que
establezca el elaborador, garantizando la conservación hasta su entrega
en destino.
En los remitos de entrega deberán constar números de contratación y
orden de compra, descripción del producto, cantidad total entregada,
números de lote y vencimiento del medicamento. En el caso que en la
entrega se suministre más de un lote, se discriminará la cantidad
correspondiente a cada lote. Asimismo, deberán consignarse en el remito
fecha de recepción y firma, nombre, apellido y número de documento del
receptor.
El adjudicatario deberá presentar a la COMISION DE RECEPCION DEFINITIVA
de este Ministerio, duplicado de los remitos de entrega debidamente
conformados por el personal autorizado para la recepción del producto.
Asimismo, copia de los remitos de entrega y de los certificados del
control de calidad de cada lote de los productos firmados por el
farmacéutico responsable deberán ser entregados a la DIRECCION NACIONAL
DE MATERNIDAD E INFANCIA dentro de los diez (10) días hábiles de
producida la entrega.
8. PENALIDAD POR MORA
A los fines de la determinación de eventuales multas se considerará en
el cálculo de la mora, el día hábil inmediato siguiente a la fecha de
notificación de la orden de compra y la fecha de entrega.
9. CONFORMIDAD DE LA RECEPCION
La recepción definitiva se otorgará dentro de los quince (15) días hábiles de realizada la entrega.
10. FACTURACION
Las facturas se presentarán por duplicado en la MESA DE ENTRADAS de
este Ministerio, sita en Av. 9 de Julio 1925 Planta Baja, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 16
horas. Se acompañarán de copia de los remitos entregados a la COMISION
DE RECEPCION DEFINITIVA.
11. FORMA DE PAGO
El pago se efectuará por transferencia a través de la Cuenta Única del
Tesoro a la cuenta bancaria del beneficiario denunciada en el Padrón
Único de Entes.
12. JURISDICCION APLICABLE
Para la resolución de cualquier controversia que se pudiera suscitar
con relación al presente proceso de contratación y a la ejecución del
contrato que resulte del mismo, será competente la justicia de los
Tribunales Federales con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.