MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución 322/2015

Bs. As., 6/3/2015

VISTO la Actuación N° S04:0098599/2014 del registro de este Ministerio, las Leyes Nros. 26364 de PREVENCION Y SANCIÓN DE LA TRATA DE PERSONAS Y ASISTENCIA A SUS VICTIMAS y 26.485 de PROTECCION INTEGRAL DE LAS MUJERES, el Decreto N° 936 del 5 de julio de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.364 tiene por objeto la implementación de las medidas destinadas a prevenir y sancionar la trata de personas, asistir y proteger a sus víctimas, determinándose en su artículo 4° que existe explotación —entre otros supuestos— cuando se promoviere, facilitare, desarrollare o se obtuviere provecho de cualquier forma del comercio sexual.

Que, por su parte, la Ley Nº 26.485 tiene por objeto promover y garantizar, entre otros extremos, la remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, estableciendo asimismo que en el concepto de violencia contra la mujer quedan especialmente comprendidas la prostitución forzada, la explotación, la esclavitud, el acoso, el abuso sexual y la trata de mujeres.

Que por el Decreto N° 936/11 se prohibieron los avisos que promuevan la oferta sexual o hagan explícita referencia a la solicitud de personas destinadas al comercio sexual, por cualquier medio, con la finalidad de prevenir el delito de trata de personas con fines de explotación sexual.

Que por el artículo 2° del citado Decreto se creó en el ámbito de este Ministerio la OFICINA DE MONITOREO DE PUBLICACION DE AVISOS DE OFERTA DE COMERCIO SEXUAL, para velar por el cumplimiento de ambas Leyes.

Que entre las formas en que se manifiestan los distintos tipos de violencia contra las mujeres, la Ley N° 26.485 incluye a la violencia mediática, definida ésta como la “…publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres”.

Que a fin de procurar la observancia de estas normas y de las prescripciones de los tratados y convenciones internacionales suscritos por la REPUBLICA ARGENTINA que refieren a las problemáticas de la discriminación y la violencia contra las mujeres, una de las políticas públicas albergadas y promovidas por la gestión emprendida desde este Ministerio en materia de trata de personas y protección integral de las mujeres, es la del monitoreo de las Imágenes y mensajes que estimulen o fomenten la explotación sexual desde la OFICINA DE MONITOREO DE PUBLICACION DE AVISOS DE OFERTA DE COMERCIO SEXUAL, con el objeto de propiciar una vida libre de violencia para las mujeres y promover un trato igualitario con sus pares varones.

Que entre las acciones de la OFICINA DE MONITOREO DE PUBLICACION DE AVISOS DE OFERTA DE COMERCIO SEXUAL, el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2227 del 11 de noviembre de 2013 establece en el punto décimo la de “Informar, difundir, concientizar, sensibilizar y capacitar a la población...”.

Que para dar cumplimiento a las misiones que les son propias, la mencionada Oficina propone la realización del “PRIMER CONCURSO DE PERIODISMO MULTIMEDIA ‘TRATA DE PERSONAS Y EXPLOTACION SEXUAL: OTRAS MIRADAS’”, destinado a estudiantes de carreras de grado de Comunicación Social, Periodismo, Fotografía, Diseño Gráfico y Diseño Audiovisual, ya sea en instituciones públicas o privadas, a los fines de promover la producción de artículos, crónicas, informes y piezas audiovisuales sobre la problemática planteada, desde una perspectiva de género y derechos humanos, tal como se detalla en el ANEXO I de la Convocatoria.

Que por su parte la DIRECCION NACIONAL DEL SISTEMA ARGENTINO DE INFORMACION JURIDICA, a través de la DIRECCION DE NOTICIAS INFOJUS, en tanto medio de comunicación que busca tender un puente entre la sociedad y la justicia, cooperará en el ámbito de su competencia y con los alcances que fije la presente Resolución.

Que de este modo se busca estimular, ya desde la etapa de formación, buenas prácticas periodísticas y comunicacionales, tendientes a evitar sesgos de género que impidan una cabal comprensión de todas las aristas involucradas en esta problemática, así como fomentar el conocimiento y compromiso con las problemáticas de la explotación sexual, la trata de personas y la violencia contra las mujeres, en tanto prácticas que menoscaban los derechos humanos de las personas afectadas.

Que el procedimiento de selección de los trabajos ganadores para cada categoría propuesta quedará a cargo de un “jurado ad hoc”, el que actuará en forma posterior a la preselección de los trabajos, todo ello acorde a los criterios propuestos en el ANEXO I de la presente.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio permanente de asesoramiento jurídico de esta cartera ministerial.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas al suscripto por el artículo 4°, incisos b), apartado 9 y 22 inciso 24) de la Ley de Ministerios (T.O. 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase la convocatoria al “PRIMER CONCURSO DE PERIODISMO MULTIMEDIA ‘TRATA DE PERSONAS Y EXPLOTACION SEXUAL: OTRAS MIRADAS’”, cuyos lineamientos generales se indican en el ANEXO I.

ARTICULO 2° — Difúndase lo dispuesto en la presente Resolución, entre los estudiantes de las carreras de Comunicación Social, Periodismo, Fotografía, Diseño Gráfico y Diseño Audiovisual pertenecientes a Universidades Nacionales Públicas y Privadas e Institutos de formación terciaria de la REPUBLICA ARGENTINA, que estén interesados/as en dicha convocatoria, en las siguientes categorías:

a) Prensa Gráfica: el/la concursante deberá presentar nota, artículo y/o crónica periodística, que explique y/o analice un acontecimiento o proceso noticioso de actualidad e interés público vinculado a la temática del presente concurso cuya extensión mínima será de DOS MIL QUINIENTOS (2.500) caracteres.

b) Audiovisual: el/la concursante deberá presentar un informe especial, nota o crónica periodística multimedia que se destaque por la eficacia informativa y estética en la utilización de imágenes como lenguaje esencial del relato, sobre hechos de valor periodístico vinculados a la temática del presente concurso, cuya extensión máxima será de CINCO (5) minutos.

c) Fotografía: el/la concursante deberá presentar material fotográfico perteneciente al género fotoperiodismo en relación a la temática del presente concurso.

d) Diseño Gráfico: el/la concursante deberá presentar una propuesta de identidad institucional y/o campañas gráficas de prevención, vinculadas a la temática del presente concurso, formato chupete en vía pública, cuyas medidas serán: 1,48m. x 1,10m.

ARTICULO 3° — El procedimiento de selección de los trabajos ganadores para cada categoría propuesta quedará a cargo de un “jurado ad hoc”, el cual actuara posterior a la preselección de los trabajos, todo ello acorde a los criterios propuestos en el ANEXO I de la presente.

ARTICULO 4° — Asígnase a la OFICINA DE MONITOREO DE PUBLICACION DE AVISOS DE OFERTA DE COMERCIO SEXUAL, las funciones técnico administrativas pertinentes para la coordinación de la presente convocatoria, y facúltasela a emitir las disposiciones aclaratorias, ampliatorias y/o complementarias de la presente Resolución y del ANEXO I que la integra.

ARTICULO 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida así como los premios propuestos para cada categoría, serán atendidos con los créditos vigentes asignados a esta Jurisdicción.

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO ALAK, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

ANEXO I

LINEAMIENTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA: “PRIMER CONCURSO DE PERIODISMO MULTIMEDIA ‘TRATA DE PERSONAS Y EXPLOTACION SEXUAL: OTRAS MIRADAS’”.

El MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS invita a estudiantes de las carreras de Comunicación Social, Periodismo, Fotografía, Diseño Gráfico y Diseño Audiovisual pertenecientes a Universidades Nacionales Públicas y Privadas e Institutos de formación terciaria de la REPUBLICA ARGENTINA, que estén interesados/as en dicha convocatoria.

I. CONVOCATORIA

La Convocatoria está destinada a promover el interés en el abordaje comunicacional de la problemática de la explotación sexual y de la trata de personas con estos fines, desde una perspectiva de género y derechos humanos.

Para ello, se invita a los/las estudiantes a realizar abordajes mediáticos que permitan deconstruir representaciones sociales que estigmaticen, discriminen o coloquen en posición de subordinación a mujeres, niñas y personas pertenecientes a los colectivos LGBTTIQ y, como contrapunto, generar la circulación de un nuevo paradigma de abordaje no estigmatizante, que colabore en la lucha por la igualdad de género y en la prevención de la violencia de género, incluidas la explotación sexual y la trata de personas, como modo de asegurar el acceso, ejercicio y goce de derechos para todas y todos.

II. CATEGORIAS

La convocatoria está abierta a CUATRO (4) categorías:

a) Prensa Gráfica: el/la concursante deberá presentar nota, artículo y/o crónica periodística, que explique y/o analice un acontecimiento o proceso noticioso de actualidad e interés público vinculado a la temática del presente concurso cuya extensión mínima será DOS MIL QUINIENTOS (2.500) caracteres.

b) Audiovisual: el/la concursante deberá presentar un informe especial, nota o crónica periodística multimedia que se destaque por la eficacia informativa y estética en la utilización de imágenes como lenguaje esencial del relato, sobre hechos de valor periodístico vinculados a la temática del presente concurso, cuya extensión máxima será de CINCO (5) minutos.

c) Fotografía: el/la concursante deberá presentar material fotográfico perteneciente al género fotoperiodismo en relación a la temática del presente concurso.

d) Diseño Gráfico: el/la concursante deberá presentar una propuesta de identidad institucional y/o campañas gráficas de prevención, vinculadas a la temática del presente concurso, formato chupete en vía pública, cuyas medidas serán 1,48m. x 1,10m.

III. TEMAS Y SUBTEMAS

Los trabajos propuestos para participar de la presente convocatoria deberán plasmar en una crónica o en material multimedia, un análisis y/o reflexión sobre la problemática de la explotación sexual y la trata de personas desde una perspectiva de género y derechos humanos, abordando los siguientes tópicos:

Tema: Explotación sexual y trata de personas: tramas, identidades y discursos mediáticos.

Subtemas:

a) La explotación sexual y la trata de personas como expresiones extremas de la violencia de género.

b) Violencia simbólica y mediática en torno al comercio sexual: los cuerpos como objeto.

c) Territorios de violencia: la calle y los volantes de oferta sexual, la prensa y los discursos mediáticos.

d) Las representaciones de las personas afectadas por los delitos de explotación sexual y trata de personas, en los discursos mediáticos.

e) Travestis y transexuales en las tramas de la explotación sexual y la trata de personas.

f) Buenas prácticas en los relatos periodísticos sobre la temática: abordajes alternativos con perspectiva de género y derechos humanos.

g) Frivolización mediática de la prostitución como naturalización de la explotación sexual.

h) Prácticas culturales prostituyentes: el rol de quienes pagan por sexo.

i) Mensajes e imágenes que fomentan la construcción de estereotipos de género en relación a la explotación sexual y la trata de personas.

j) Doble moral de los medios de comunicación: denuncias de trata en sus editoriales y avisos de oferta sexual en los clasificados.

IV. PLAZOS

La convocatoria al presente concurso se lanzará el día 8 de marzo del corriente año ante Secretarios/as Académicos/as y/o Directores/as de las carreras de Comunicación Social, Periodismo y Publicidad, Funcionarios/as del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y miembros del jurado.

La inscripción y el envío de los trabajos respectivos podrá efectuarse desde el 8 de marzo de 2015 hasta el 5 de julio de 2015 inclusive, al email: monitoreoofertasexual@jus.gov.ar.

Por último, el acto de cierre del concurso se realizará el 23 de setiembre del 2015.

V. DESTINATARIOS

Podrán presentarse a esta convocatoria estudiantes de carreras de grado de Comunicación Social, Periodismo, Fotografía, Diseño Gráfico y Diseño Audiovisual, correspondientes a instituciones públicas o privadas que se encuentren interesados/as en la temática de explotación sexual y/o trata de personas.

VI. REQUISITOS FORMALES

Los trabajos propuestos deberán presentarse de conformidad a lo previsto en los párrafos I, II, III, IV, V y VII del presente ANEXO mediante correo electrónico a concursomultimedia@jus.gov.ar. Asimismo, los trabajos deberán ser acompañados por:

a) Formulario de inscripción.

b) Copia en formato digital del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte correspondiente,

c) Copia en formato digital del Certificado de alumno/a regular.

En todos los casos se deberá constituir un domicilio postal y una dirección de correo electrónico a los efectos de notificar todas las resoluciones atinentes al desarrollo de la Convocatoria.

VII. INSCRIPCION

El envío de los trabajos propuestos junto con la ficha de inscripción y la documentación anexa solicitada podrá efectuarse a partir del 8 de marzo de 2015 y hasta el 5 de julio de 2015, al siguiente correo electrónico: concursomultimedia@jus.gov.ar; siendo la respuesta al mismo la constancia de inscripción.

VIII. DECLARACION JURADA

El formulario de inscripción a la convocatoria reviste el carácter de declaración jurada e implica por parte de los/las concursantes el conocimiento del presente reglamento y su aceptación expresa, como así también las siguientes declaraciones:

1) La respuesta de recepción del trabajo presentado para el concurso reviste el carácter de constancia de inscripción.

2) La aceptación de los lineamientos dispuestos en la Convocatoria y el formal compromiso de facilitar cualquier documentación que en el futuro pudiera requerirse relacionada con la Convocatoria y con este Reglamento.

3) Que son ciertas las constancias de DNI y certificado de alumno/a regular.

4) Que el trabajo presentado es de carácter original e inédito, no siendo reproducción de otros ya presentados en convocatorias similares o afines.

5) Que no se ha recibido subsidios, premios, reconocimientos, subvenciones, ayudas u otras retribuciones patrimoniales por el mismo trabajo presentado ante este Concurso.

IX. JURADO

1. El jurado estará integrado por especialistas y referentes en la temática de explotación sexual y/o trata de personas, violencia de género, perspectiva de género, diversidad sexual, periodismo y fotografía, siendo los mismos:

• Carlos Martín Ale: Dirección de Noticias Infojus.

• Mariana Carbajal: periodista Página 12. Integrante de la Red Par, TV. Pública.

• María Florencia Alcaraz: periodista Dirección de Noticias Infojus, integrante RED Par.

• Cinthia Ottaviano: Defensora del Público.

• Lohana Berkins: Coordinadora de ALITT (Asociación de Lucha por la Identidad Travesti y Transexual) activista.

• Silvia Chejter: Socióloga, Docente e investigadora Facultad de Ciencias Sociales e Instituto Gino Germani.

• Myriam Pelazas: Directora del Observatorio de la Discriminación en radio y televisión.

• Sandra Chaher: Directora de Comunicar Igualdad, Docente universitaria, integrante de RED Par.

• Silvina Molina, periodista TELAM, integrante Red internacional de periodista con visión de género, Argentina.

2. Obligaciones del Jurado:

a) Cumplir todas las disposiciones de este Reglamento.

b) Presentar en tiempo oportuno y en debida forma, la evaluación de los trabajos seleccionados así como la nómina de ganadores/as del presente concurso. Tendrán CUARENTA Y CINCO (45) días a partir del momento de envío del mail, con la posibilidad de prorrogarlo por DIEZ (10) días más.

X. Procedimiento de Selección:

1. La selección de los trabajos presentados se realizará en dos etapas, la primera de ellas estará a cargo de la OFICINA DE MONITOREO DE PUBLICACION DE AVISOS DE OFERTA DE COMERCIO SEXUAL, quien analizará la admisión y “pre-selección” de los proyectos. La segunda etapa de “selección” de los CUATRO (4) trabajos ganadores entre las categorías propuestas, estará a cargo del Jurado mencionado en el apartado IX.1, siendo la decisión de éste inapelable por parte de los concursantes.

2. Pre-selección: El personal designado de las dependencias precitadas constatará que los trabajos presentados cumplan con los siguientes criterios:

a) Adecuación de la propuesta a los requisitos establecidos en el presente Anexo.

b) Creatividad, originalidad y claridad de las propuestas presentadas.

c) Pertinencia de la propuesta presentada al tema, subtema y objetivo del presente concurso.

d) Utilización de lenguaje no sexista.

e) Reflejo del tema y subtemas seleccionados desde una perspectiva de género y derechos humanos.

f) Utilización de información pública disponible sobre el tema.

g) Comprensión y conocimiento del tema.

XI. PREMIOS

Los premios entregados a cada una de las categorías serán: CUATRO (4) dispositivos tecnológicos (tabletas) Samsung Galaxy Tab 4 10.1; WIFI SM T-530, UNO (1) por cada categoría.

La compra de los premios propuestos estará a cargo del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, siguiendo criterios formales establecidos para dicha compra.

XII. INCUMPLIMIENTO

En los casos de incumplimiento de los requisitos establecidos por este ANEXO, los concursantes serán descalificados, no pudiendo participar del concurso.

XIII. CAUSALES DE CANCELACION

a) Incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente ANEXO.

b) Toda aquella circunstancia o incumplimiento que por su importancia o gravedad resulte determinante para decidir la descalificación.

XIV. PUBLICACION Y DERECHOS DE EXHIBICION

La titularidad de todos los derechos y exhibición de las obras que resulten ganadoras corresponderá, sin limitación temporal alguna para el territorio argentino, al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, por lo que la utilización, difusión, publicación, etc. de las obras, que efectué no generara contraprestación alguna a favor de los autores, todo ello sin perjuicio de los derechos que le asistan en virtud de la Ley N° 11.723.

e. 16/04/2015 N° 26052/15 v. 16/04/2015