MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución 322/2015
Bs. As., 6/3/2015
VISTO la Actuación N° S04:0098599/2014 del registro de este Ministerio,
las Leyes Nros. 26364 de PREVENCION Y SANCIÓN DE LA TRATA DE PERSONAS Y
ASISTENCIA A SUS VICTIMAS y 26.485 de PROTECCION INTEGRAL DE LAS
MUJERES, el Decreto N° 936 del 5 de julio de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.364 tiene por objeto la implementación de las medidas
destinadas a prevenir y sancionar la trata de personas, asistir y
proteger a sus víctimas, determinándose en su artículo 4° que existe
explotación —entre otros supuestos— cuando se promoviere, facilitare,
desarrollare o se obtuviere provecho de cualquier forma del comercio
sexual.
Que, por su parte, la Ley Nº 26.485 tiene por objeto promover y
garantizar, entre otros extremos, la remoción de patrones
socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y
las relaciones de poder sobre las mujeres, estableciendo asimismo que
en el concepto de violencia contra la mujer quedan especialmente
comprendidas la prostitución forzada, la explotación, la esclavitud, el
acoso, el abuso sexual y la trata de mujeres.
Que por el Decreto N° 936/11 se prohibieron los avisos que promuevan la
oferta sexual o hagan explícita referencia a la solicitud de personas
destinadas al comercio sexual, por cualquier medio, con la finalidad de
prevenir el delito de trata de personas con fines de explotación sexual.
Que por el artículo 2° del citado Decreto se creó en el ámbito de este
Ministerio la OFICINA DE MONITOREO DE PUBLICACION DE AVISOS DE OFERTA
DE COMERCIO SEXUAL, para velar por el cumplimiento de ambas Leyes.
Que entre las formas en que se manifiestan los distintos tipos de
violencia contra las mujeres, la Ley N° 26.485 incluye a la violencia
mediática, definida ésta como la “…publicación o difusión de mensajes e
imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de
comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación
de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre,
humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la
utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes
pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones
socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de
violencia contra las mujeres”.
Que a fin de procurar la observancia de estas normas y de las
prescripciones de los tratados y convenciones internacionales suscritos
por la REPUBLICA ARGENTINA que refieren a las problemáticas de la
discriminación y la violencia contra las mujeres, una de las políticas
públicas albergadas y promovidas por la gestión emprendida desde este
Ministerio en materia de trata de personas y protección integral de las
mujeres, es la del monitoreo de las Imágenes y mensajes que estimulen o
fomenten la explotación sexual desde la OFICINA DE MONITOREO DE
PUBLICACION DE AVISOS DE OFERTA DE COMERCIO SEXUAL, con el objeto de
propiciar una vida libre de violencia para las mujeres y promover un
trato igualitario con sus pares varones.
Que entre las acciones de la OFICINA DE MONITOREO DE PUBLICACION DE
AVISOS DE OFERTA DE COMERCIO SEXUAL, el Anexo II de la Resolución M.J.
y D.H. N° 2227 del 11 de noviembre de 2013 establece en el punto décimo
la de “Informar, difundir, concientizar, sensibilizar y capacitar a la
población...”.
Que para dar cumplimiento a las misiones que les son propias, la
mencionada Oficina propone la realización del “PRIMER CONCURSO DE
PERIODISMO MULTIMEDIA ‘TRATA DE PERSONAS Y EXPLOTACION SEXUAL: OTRAS
MIRADAS’”, destinado a estudiantes de carreras de grado de Comunicación
Social, Periodismo, Fotografía, Diseño Gráfico y Diseño Audiovisual, ya
sea en instituciones públicas o privadas, a los fines de promover la
producción de artículos, crónicas, informes y piezas audiovisuales
sobre la problemática planteada, desde una perspectiva de género y
derechos humanos, tal como se detalla en el ANEXO I de la Convocatoria.
Que por su parte la DIRECCION NACIONAL DEL SISTEMA ARGENTINO DE
INFORMACION JURIDICA, a través de la DIRECCION DE NOTICIAS INFOJUS, en
tanto medio de comunicación que busca tender un puente entre la
sociedad y la justicia, cooperará en el ámbito de su competencia y con
los alcances que fije la presente Resolución.
Que de este modo se busca estimular, ya desde la etapa de formación,
buenas prácticas periodísticas y comunicacionales, tendientes a evitar
sesgos de género que impidan una cabal comprensión de todas las aristas
involucradas en esta problemática, así como fomentar el conocimiento y
compromiso con las problemáticas de la explotación sexual, la trata de
personas y la violencia contra las mujeres, en tanto prácticas que
menoscaban los derechos humanos de las personas afectadas.
Que el procedimiento de selección de los trabajos ganadores para cada
categoría propuesta quedará a cargo de un “jurado ad hoc”, el que
actuará en forma posterior a la preselección de los trabajos, todo ello
acorde a los criterios propuestos en el ANEXO I de la presente.
Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio permanente de asesoramiento jurídico de esta cartera ministerial.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas al
suscripto por el artículo 4°, incisos b), apartado 9 y 22 inciso 24) de
la Ley de Ministerios (T.O. 1992) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la convocatoria al “PRIMER CONCURSO DE
PERIODISMO MULTIMEDIA ‘TRATA DE PERSONAS Y EXPLOTACION SEXUAL: OTRAS
MIRADAS’”, cuyos lineamientos generales se indican en el ANEXO I.
ARTICULO 2° — Difúndase lo dispuesto en la presente Resolución, entre
los estudiantes de las carreras de Comunicación Social, Periodismo,
Fotografía, Diseño Gráfico y Diseño Audiovisual pertenecientes a
Universidades Nacionales Públicas y Privadas e Institutos de formación
terciaria de la REPUBLICA ARGENTINA, que estén interesados/as en dicha
convocatoria, en las siguientes categorías:
a) Prensa Gráfica: el/la concursante deberá presentar nota, artículo
y/o crónica periodística, que explique y/o analice un acontecimiento o
proceso noticioso de actualidad e interés público vinculado a la
temática del presente concurso cuya extensión mínima será de DOS MIL
QUINIENTOS (2.500) caracteres.
b) Audiovisual: el/la concursante deberá presentar un informe especial,
nota o crónica periodística multimedia que se destaque por la eficacia
informativa y estética en la utilización de imágenes como lenguaje
esencial del relato, sobre hechos de valor periodístico vinculados a la
temática del presente concurso, cuya extensión máxima será de CINCO (5)
minutos.
c) Fotografía: el/la concursante deberá presentar material fotográfico
perteneciente al género fotoperiodismo en relación a la temática del
presente concurso.
d) Diseño Gráfico: el/la concursante deberá presentar una propuesta de
identidad institucional y/o campañas gráficas de prevención, vinculadas
a la temática del presente concurso, formato chupete en vía pública,
cuyas medidas serán: 1,48m. x 1,10m.
ARTICULO 3° — El procedimiento de selección de los trabajos ganadores
para cada categoría propuesta quedará a cargo de un “jurado ad hoc”, el
cual actuara posterior a la preselección de los trabajos, todo ello
acorde a los criterios propuestos en el ANEXO I de la presente.
ARTICULO 4° — Asígnase a la OFICINA DE MONITOREO DE PUBLICACION DE
AVISOS DE OFERTA DE COMERCIO SEXUAL, las funciones técnico
administrativas pertinentes para la coordinación de la presente
convocatoria, y facúltasela a emitir las disposiciones aclaratorias,
ampliatorias y/o complementarias de la presente Resolución y del ANEXO
I que la integra.
ARTICULO 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida así como los premios propuestos para cada categoría, serán
atendidos con los créditos vigentes asignados a esta Jurisdicción.
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO ALAK, Ministro de Justicia y
Derechos Humanos.
ANEXO I
LINEAMIENTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA: “PRIMER CONCURSO DE
PERIODISMO MULTIMEDIA ‘TRATA DE PERSONAS Y EXPLOTACION SEXUAL: OTRAS
MIRADAS’”.
El MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS invita a estudiantes de
las carreras de Comunicación Social, Periodismo, Fotografía, Diseño
Gráfico y Diseño Audiovisual pertenecientes a Universidades Nacionales
Públicas y Privadas e Institutos de formación terciaria de la REPUBLICA
ARGENTINA, que estén interesados/as en dicha convocatoria.
I. CONVOCATORIA
La Convocatoria está destinada a promover el interés en el abordaje
comunicacional de la problemática de la explotación sexual y de la
trata de personas con estos fines, desde una perspectiva de género y
derechos humanos.
Para ello, se invita a los/las estudiantes a realizar abordajes
mediáticos que permitan deconstruir representaciones sociales que
estigmaticen, discriminen o coloquen en posición de subordinación a
mujeres, niñas y personas pertenecientes a los colectivos LGBTTIQ y,
como contrapunto, generar la circulación de un nuevo paradigma de
abordaje no estigmatizante, que colabore en la lucha por la igualdad de
género y en la prevención de la violencia de género, incluidas la
explotación sexual y la trata de personas, como modo de asegurar el
acceso, ejercicio y goce de derechos para todas y todos.
II. CATEGORIAS
La convocatoria está abierta a CUATRO (4) categorías:
a) Prensa Gráfica: el/la concursante deberá presentar nota, artículo
y/o crónica periodística, que explique y/o analice un acontecimiento o
proceso noticioso de actualidad e interés público vinculado a la
temática del presente concurso cuya extensión mínima será DOS MIL
QUINIENTOS (2.500) caracteres.
b) Audiovisual: el/la concursante deberá presentar un informe especial,
nota o crónica periodística multimedia que se destaque por la eficacia
informativa y estética en la utilización de imágenes como lenguaje
esencial del relato, sobre hechos de valor periodístico vinculados a la
temática del presente concurso, cuya extensión máxima será de CINCO (5)
minutos.
c) Fotografía: el/la concursante deberá presentar material fotográfico
perteneciente al género fotoperiodismo en relación a la temática del
presente concurso.
d) Diseño Gráfico: el/la concursante deberá presentar una propuesta de
identidad institucional y/o campañas gráficas de prevención, vinculadas
a la temática del presente concurso, formato chupete en vía pública,
cuyas medidas serán 1,48m. x 1,10m.
III. TEMAS Y SUBTEMAS
Los trabajos propuestos para participar de la presente convocatoria
deberán plasmar en una crónica o en material multimedia, un análisis
y/o reflexión sobre la problemática de la explotación sexual y la trata
de personas desde una perspectiva de género y derechos humanos,
abordando los siguientes tópicos:
Tema: Explotación sexual y trata de personas: tramas, identidades y discursos mediáticos.
Subtemas:
a) La explotación sexual y la trata de personas como expresiones extremas de la violencia de género.
b) Violencia simbólica y mediática en torno al comercio sexual: los cuerpos como objeto.
c) Territorios de violencia: la calle y los volantes de oferta sexual, la prensa y los discursos mediáticos.
d) Las representaciones de las personas afectadas por los delitos de
explotación sexual y trata de personas, en los discursos mediáticos.
e) Travestis y transexuales en las tramas de la explotación sexual y la trata de personas.
f) Buenas prácticas en los relatos periodísticos sobre la temática:
abordajes alternativos con perspectiva de género y derechos humanos.
g) Frivolización mediática de la prostitución como naturalización de la explotación sexual.
h) Prácticas culturales prostituyentes: el rol de quienes pagan por sexo.
i) Mensajes e imágenes que fomentan la construcción de estereotipos de
género en relación a la explotación sexual y la trata de personas.
j) Doble moral de los medios de comunicación: denuncias de trata en sus
editoriales y avisos de oferta sexual en los clasificados.
IV. PLAZOS
La convocatoria al presente concurso se lanzará el día 8 de marzo del
corriente año ante Secretarios/as Académicos/as y/o Directores/as de
las carreras de Comunicación Social, Periodismo y Publicidad,
Funcionarios/as del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y
miembros del jurado.
La inscripción y el envío de los trabajos respectivos podrá efectuarse
desde el 8 de marzo de 2015 hasta el 5 de julio de 2015 inclusive, al
email: monitoreoofertasexual@jus.gov.ar.
Por último, el acto de cierre del concurso se realizará el 23 de setiembre del 2015.
V. DESTINATARIOS
Podrán presentarse a esta convocatoria estudiantes de carreras de grado
de Comunicación Social, Periodismo, Fotografía, Diseño Gráfico y Diseño
Audiovisual, correspondientes a instituciones públicas o privadas que
se encuentren interesados/as en la temática de explotación sexual y/o
trata de personas.
VI. REQUISITOS FORMALES
Los trabajos propuestos deberán presentarse de conformidad a lo
previsto en los párrafos I, II, III, IV, V y VII del presente ANEXO
mediante correo electrónico a concursomultimedia@jus.gov.ar. Asimismo,
los trabajos deberán ser acompañados por:
a) Formulario de inscripción.
b) Copia en formato digital del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte correspondiente,
c) Copia en formato digital del Certificado de alumno/a regular.
En todos los casos se deberá constituir un domicilio postal y una
dirección de correo electrónico a los efectos de notificar todas las
resoluciones atinentes al desarrollo de la Convocatoria.
VII. INSCRIPCION
El envío de los trabajos propuestos junto con la ficha de inscripción y
la documentación anexa solicitada podrá efectuarse a partir del 8 de
marzo de 2015 y hasta el 5 de julio de 2015, al siguiente correo
electrónico: concursomultimedia@jus.gov.ar; siendo la respuesta al
mismo la constancia de inscripción.
VIII. DECLARACION JURADA
El formulario de inscripción a la convocatoria reviste el carácter de
declaración jurada e implica por parte de los/las concursantes el
conocimiento del presente reglamento y su aceptación expresa, como así
también las siguientes declaraciones:
1) La respuesta de recepción del trabajo presentado para el concurso reviste el carácter de constancia de inscripción.
2) La aceptación de los lineamientos dispuestos en la Convocatoria y el
formal compromiso de facilitar cualquier documentación que en el futuro
pudiera requerirse relacionada con la Convocatoria y con este
Reglamento.
3) Que son ciertas las constancias de DNI y certificado de alumno/a regular.
4) Que el trabajo presentado es de carácter original e inédito, no
siendo reproducción de otros ya presentados en convocatorias similares
o afines.
5) Que no se ha recibido subsidios, premios, reconocimientos,
subvenciones, ayudas u otras retribuciones patrimoniales por el mismo
trabajo presentado ante este Concurso.
IX. JURADO
1. El jurado estará integrado por especialistas y referentes en la
temática de explotación sexual y/o trata de personas, violencia de
género, perspectiva de género, diversidad sexual, periodismo y
fotografía, siendo los mismos:
• Carlos Martín Ale: Dirección de Noticias Infojus.
• Mariana Carbajal: periodista Página 12. Integrante de la Red Par, TV. Pública.
• María Florencia Alcaraz: periodista Dirección de Noticias Infojus, integrante RED Par.
• Cinthia Ottaviano: Defensora del Público.
• Lohana Berkins: Coordinadora de ALITT (Asociación de Lucha por la Identidad Travesti y Transexual) activista.
• Silvia Chejter: Socióloga, Docente e investigadora Facultad de Ciencias Sociales e Instituto Gino Germani.
• Myriam Pelazas: Directora del Observatorio de la Discriminación en radio y televisión.
• Sandra Chaher: Directora de Comunicar Igualdad, Docente universitaria, integrante de RED Par.
• Silvina Molina, periodista TELAM, integrante Red internacional de periodista con visión de género, Argentina.
2. Obligaciones del Jurado:
a) Cumplir todas las disposiciones de este Reglamento.
b) Presentar en tiempo oportuno y en debida forma, la evaluación de los
trabajos seleccionados así como la nómina de ganadores/as del presente
concurso. Tendrán CUARENTA Y CINCO (45) días a partir del momento de
envío del mail, con la posibilidad de prorrogarlo por DIEZ (10) días
más.
X. Procedimiento de Selección:
1. La selección de los trabajos presentados se realizará en dos etapas,
la primera de ellas estará a cargo de la OFICINA DE MONITOREO DE
PUBLICACION DE AVISOS DE OFERTA DE COMERCIO SEXUAL, quien analizará la
admisión y “pre-selección” de los proyectos. La segunda etapa de
“selección” de los CUATRO (4) trabajos ganadores entre las categorías
propuestas, estará a cargo del Jurado mencionado en el apartado IX.1,
siendo la decisión de éste inapelable por parte de los concursantes.
2. Pre-selección: El personal designado de las dependencias precitadas
constatará que los trabajos presentados cumplan con los siguientes
criterios:
a) Adecuación de la propuesta a los requisitos establecidos en el presente Anexo.
b) Creatividad, originalidad y claridad de las propuestas presentadas.
c) Pertinencia de la propuesta presentada al tema, subtema y objetivo del presente concurso.
d) Utilización de lenguaje no sexista.
e) Reflejo del tema y subtemas seleccionados desde una perspectiva de género y derechos humanos.
f) Utilización de información pública disponible sobre el tema.
g) Comprensión y conocimiento del tema.
XI. PREMIOS
Los premios entregados a cada una de las categorías serán: CUATRO (4)
dispositivos tecnológicos (tabletas) Samsung Galaxy Tab 4 10.1; WIFI SM
T-530, UNO (1) por cada categoría.
La compra de los premios propuestos estará a cargo del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, siguiendo criterios formales establecidos
para dicha compra.
XII. INCUMPLIMIENTO
En los casos de incumplimiento de los requisitos establecidos por este
ANEXO, los concursantes serán descalificados, no pudiendo participar
del concurso.
XIII. CAUSALES DE CANCELACION
a) Incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente ANEXO.
b) Toda aquella circunstancia o incumplimiento que por su importancia o
gravedad resulte determinante para decidir la descalificación.
XIV. PUBLICACION Y DERECHOS DE EXHIBICION
La titularidad de todos los derechos y exhibición de las obras que
resulten ganadoras corresponderá, sin limitación temporal alguna para
el territorio argentino, al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS,
por lo que la utilización, difusión, publicación, etc. de las obras,
que efectué no generara contraprestación alguna a favor de los autores,
todo ello sin perjuicio de los derechos que le asistan en virtud de la
Ley N° 11.723.
e. 16/04/2015 N° 26052/15 v. 16/04/2015