MINISTERIO DE SALUD

Resolución 207/2015

Bs. As., 15/4/2015

VISTO el expediente N° 1-2002-7627/15-9 del registro del MINISTERIO DE SALUD, la Resolución Ministerial N° 2040 de fecha 5 de noviembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 2040/2014 se creó el PROGRAMA UNIDAD DE RESOLUCION DE PROBLEMAS Y ASISTENCIA CRITICA en la órbita de la SUBSECRETARIA DE MEDICINA COMUNITARIA, MATERNIDAD E INFANCIA de la SECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA.

Que en el mismo acto se designó al Dr. Salvador GIORGI (D.N.I. N° 29.387.385), a cargo del “PROGRAMA UNIDAD DE RESOLUCION DE PROBLEMAS Y ASISTENCIA CRITICA”.

Que en virtud de pasar el nombrado a ocupar un cargo de mayor jerarquía, ha solicitado su desvinculación respecto del nombramiento que le fuera otorgado mediante Resolución 2040/2014.

Que para facilitar el monitoreo y la evaluación de los distintos programas y proyectos sectoriales, resulta necesario centralizar la información relevada, relacionada con situaciones críticas vinculadas a la salud, en el ámbito de la COORDINACIÓN GENERAL UNIDAD MINISTRO.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de la Ley de Ministerios T.O. 1992, modificada por su similar N° 26.338.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Transfiérese el “PROGRAMA UNIDAD DE RESOLUCION DE PROBLEMAS Y ASISTENCIA CRITICA” del ámbito de la SUBSECRETARIA DE MEDICINA COMUNITARIA, MATERNIDAD E INFANCIA, con los objetivos establecidos en la Resolución Ministerial N° 2040 del 5 de noviembre de 2014, a la órbita de la COORDINACIÓN GENERAL UNIDAD MINISTRO a partir de la fecha de la firma de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — La coordinación de las acciones que demande el cumplimiento de los objetivos del “PROGRAMA UNIDAD DE RESOLUCION DE PROBLEMAS Y ASISTENCIA CRITICA” estará a cargo de la Sra. Agustina DEL RÍO (DNI N° 34.739.913), sin perjuicio de las funciones que desempeña en virtud del contrato oportunamente suscripto con este Ministerio.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DANIEL GUSTAVO GOLLAN, Ministro de Salud.

e. 23/04/2015 N° 28642/15 v. 23/04/2015