MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
Resolución 7/2015
Mendoza, 23/4/2015
VISTO el Expediente N° 311-000120/2005-5 del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE VITIVINICULTURA, el Decreto N° 275 de fecha 25 de febrero
de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el decreto citado en el Visto se ratifica el ACTA DE COMPROMISO
PARA CONTINUAR EL PROGRAMA DE EXPANSIÓN DEL SECTOR VITIVINÍCOLA,
suscripta en fecha 14 de enero de 2015 entre el MINISTERIO DE ECONOMÍA
Y FINANZAS PÚBLICAS, el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
BODEGAS DE ARGENTINA A.C. y las empresas constituidas como garantes del
compromiso de inversiones asumido por esa asociación civil.
Que si bien por la referida Acta se contemplan los aspectos
sustanciales relativos a las inversiones comprometidas, resultan
necesarias ciertas precisiones y normas complementarias al respecto.
Que a los efectos de la verificación del cumplimiento de las
obligaciones asumidas por BODEGAS DE ARGENTINA A.C. y las empresas
garantes, la aludida Acta prevé la intervención del INSTITUTO NACIONAL
DE VITIVINICULTURA (INV) y de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN POLÍTICO
INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA y PESCA.
Que de acuerdo con lo expuesto corresponde que este Organismo determine
los plazos, procedimientos y aspectos operativos para el control
pertinente, en cumplimiento de la referida Acta.
Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos del INV ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto N° 1306/08,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
1° — La información sobre las inversiones a que refiere el ACTA DE
COMPROMISO PARA CONTINUAR EL PROGRAMA DE EXPANSIÓN DEL SECTOR
VITIVINÍCOLA, suscripta en fecha 14 de enero de 2015 entre el
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA, BODEGAS DE ARGENTINA A.C. y las
empresas constituidas como garantes del compromiso de inversiones
asumido por esa asociación civil, deberá proporcionarse, con carácter
de Declaración Jurada, a través del formulario “Informe Trimestral de
Inversiones - Decreto N° 275/15”, de acuerdo con el modelo e
instrucciones que como Anexo forman parte de la presente resolución.
2° — Los períodos trimestrales comprendidos en cada Informe serán:
1er Trimestre del 01/02/2015 al 30/04/2015
2do Trimestre del 01/05/2015 al 31/07/2015
3er Trimestre del 01/08/2015 al 31/10/2015
4to Trimestre del 01/11/2015 al 31/01/2016
En consecuencia, las inversiones computables serán aquéllas cuya
factura o documento equivalente respaldatorio no sea de fecha anterior
a la primera de las indicadas precedentemente.
3° — El Informe correspondiente a cada trimestre deberá ser presentado
ante este Organismo, en las condiciones convenidas en el Punto 6.1 de
la referida Acta, antes del día 30 del mes siguiente a la finalización
de cada trimestre, a fin de dar cumplimiento al mismo.
4° — Al solo efecto de posibilitar las medidas de control a cargo de
este Instituto, BODEGAS DE ARGENTINA A.C. deberá informar al mismo,
mediante nota suscripta por sus representantes legales, dentro de los
SIETE (7) días hábiles a contar de la fecha de publicación de la
presente resolución, la nómina de las empresas asociadas a esa
Organización. Asimismo, la mencionada asociación deberá informar las
altas y bajas que experimente dicha nómina en cada trimestre.
5° — Derógase la Resolución N° C.19 de fecha 19 de julio del 2005.
6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. —
C.P.N. GUILLERMO DANIEL GARCIA, Presidente, Instituto Nacional de
Vitivinicultura.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)
e. 29/04/2015 N° 30253/15 v. 29/04/2015