MINISTERIO DE SALUD
Decreto 655/2015
Desígnase el Director Nacional de Prevención de Enfermedades y Riesgos.
Bs. As., 27/4/2015
VISTO el Expediente N° 1-2002-7322-15-3 del registro del MINISTERIO DE
SALUD, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2015 aprobado por la Ley N° 27.008 y distribuido por Decisión
Administrativa N° 1 de fecha 12 de Enero de 2015, los Decretos N° 491
de fecha 12 de marzo de 2002, N° 1343 de fecha 4 de octubre de 2007 y
sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.008, se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de
la sanción de dicha Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a
dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la mencionada Ley se dispuso que las
facultades conferidas por dicha norma al Jefe de Gabinete de Ministros
podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL en su carácter de
responsable político de la administración general del país y en función
de lo dispuesto en el inciso 10 del artículo 99 de la Constitución
Nacional.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y transitoria, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por Decreto N° 1343/07 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE SALUD.
Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS
de la SECRETARIA DE PROMOCIÓN Y PROGRAMAS SANITARIOS del MINISTERIO DE
SALUD se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección
Nacional de Prevención de Enfermedades y Riesgos Nivel A - Grado 0
Función Ejecutiva Nivel I del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008.
Que atento a la naturaleza de dicho cargo y a fin de contribuir al
cumplimiento de los objetivos y acciones que tiene asignada la unidad
orgánica, a la que corresponde el cargo en cuestión, resulta necesario
proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a tal efecto de lo
dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 27.008.
Que a tal fin se han evaluado los antecedentes del Doctor D. Jonatan
KONFINO (DNI N° 27.950.625) quien cuenta con la adecuada formación
profesional y reúne las exigencias de idoneidad y experiencia
necesarias para cubrir el cargo de Director de la Dirección Nacional de
Prevención de Enfermedades y Riesgos, no obstante lo cual resulta
necesario exceptuarlo de lo dispuesto en el Título II, Capítulo III,
artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por
el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y lo
dispuesto por los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.008, y el artículo
1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase, con
carácter transitorio, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, contados a partir del dictado del presente decreto al Doctor
D. Jonatan KONFINO (DNI N° 27.950.625) en el cargo de Director Nacional
de la Dirección Nacional de Prevención de Enfermedades y Riesgos,
unidad dependiente de la SUBSECRETARIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE
RIESGOS de la SECRETARIA DE PROMOCIÓN Y PROGRAMAS SANITARIOS del
MINISTERIO DE SALUD, Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente
pago de la Función Ejecutiva Nivel I, con autorización excepcional por
no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N° 2098/08 y sus
modificatorios, y con carácter de excepción a lo establecido en el
artículo 7° de la Ley N° 27.008.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL,
homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente
Decreto.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 -
MINISTERIO DE SALUD.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Daniel G.
Gollan.