CONSEJO
NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES
Decisión Administrativa 141/2015
Autorízanse cargos.
Bs. As., 24/4/2015
VISTO el Expediente N° 2190/14 del Registro del CONSEJO NACIONAL DE
COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2015 aprobado por la Ley N° 27.008, la Decisión Administrativa N° 1 de
fecha 12 de enero de 2015 y el Decreto N° 1653 de fecha 23 de octubre
de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita un pedido de
aprobación de los perfiles correspondientes a CIENTO SESENTA Y TRES
(163) cargos a concursar, correspondientes al CONSEJO NACIONAL DE
COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y la
propuesta de incorporación de algunos de ellos a la Oferta Anual de
Empleo Público, para ser cubiertos conforme el procedimiento
establecido por el “Reglamento de Selección para el Personal del
Sistema Nacional de Empleo Público”, aprobado por la Resolución ex SGP
N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorios.
Que en función de lo expuesto y en atención a lo dictaminado por la
Oficina Nacional de Presupuesto de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de
la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, para proceder a la cobertura de los citados cargos, resulta
necesario como cuestión previa exceptuar al CONSEJO NACIONAL DE
COORDINACIÓN DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION de lo
dispuesto por el artículo 6° de la Ley N° 27.008.
Que mediante el artículo 4° del Decreto N° 1653/13, se sustituyó el
Anexo III al artículo 1° del Decreto N° 678/03 —DOTACION— y sus
modificatorios, del citado Consejo.
Que atento lo señalado resulta menester incrementar la dotación de
personal a los fines de asegurar la prestación efectiva de los
servicios a cargo del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLITICAS
SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, promoviendo a la mejora de las
relaciones de empleo de la misma.
Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL y por el artículo 6° de la Ley N° 27.008.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Autorízase como
excepción al Artículo 6° de la Ley N° 27.008 el incremento de los
cargos al CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLITICAS SOCIALES de la
PRESIDENCIA DE LA NACION que se detallan en las Planillas Anexas que
forman parte integrante del presente artículo.
Art. 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof. — Alicia M. Kirchner.
Planilla Anexa al Artículo 1°
Planilla Anexa al Artículo 1°