CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES

Decisión Administrativa 141/2015

Autorízanse cargos.

Bs. As., 24/4/2015

VISTO el Expediente N° 2190/14 del Registro del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015 aprobado por la Ley N° 27.008, la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015 y el Decreto N° 1653 de fecha 23 de octubre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita un pedido de aprobación de los perfiles correspondientes a CIENTO SESENTA Y TRES (163) cargos a concursar, correspondientes al CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y la propuesta de incorporación de algunos de ellos a la Oferta Anual de Empleo Público, para ser cubiertos conforme el procedimiento establecido por el “Reglamento de Selección para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público”, aprobado por la Resolución ex SGP N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorios.

Que en función de lo expuesto y en atención a lo dictaminado por la Oficina Nacional de Presupuesto de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, para proceder a la cobertura de los citados cargos, resulta necesario como cuestión previa exceptuar al CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION de lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley N° 27.008.

Que mediante el artículo 4° del Decreto N° 1653/13, se sustituyó el Anexo III al artículo 1° del Decreto N° 678/03 —DOTACION— y sus modificatorios, del citado Consejo.

Que atento lo señalado resulta menester incrementar la dotación de personal a los fines de asegurar la prestación efectiva de los servicios a cargo del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, promoviendo a la mejora de las relaciones de empleo de la misma.

Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 6° de la Ley N° 27.008.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Autorízase como excepción al Artículo 6° de la Ley N° 27.008 el incremento de los cargos al CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION que se detallan en las Planillas Anexas que forman parte integrante del presente artículo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof. — Alicia M. Kirchner.

Planilla Anexa al Artículo 1°



Planilla Anexa al Artículo 1°