PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 140/2015

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.

Bs. As., 24/4/2015

VISTO el Expediente N° 163/15 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, la Ley N° 27.008 aprobatoria del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el Ejercicio 2015, distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 del 12 de enero de 2015 y el Convenio N° 44/15 suscripto entre los MINISTERIOS DE DESARROLLO SOCIAL y DE EDUCACIÓN el día 30 de diciembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional, por intermedio de los organismos signatarios del Convenio mencionado en el Visto, puso en marcha el PROGRAMA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO “Argentina Trabaja”, cuyo objetivo principal es lograr la conformación de salas para niños y niñas de CUATRO (4) años a fin de garantizar la inclusión educativa de este sector de la población.

Que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN es el organismo del PODER EJECUTIVO NACIONAL que fija las políticas y estrategias educativas, conforme los procedimientos de participación que establece la Ley de Educación Nacional N° 26.206.

Que la ley indicada precedentemente fue modificada en su Artículo 16, por la Ley N° 27.045, estableciendo la obligatoriedad escolar en todo el país desde la edad de CUATRO (4) años hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria.

Que en la REPÚBLICA ARGENTINA hay CIENTO QUINCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO (115.735) niños/niñas que no asisten a sala de CUATRO (4) años, existiendo SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES (76.293) niños/niñas residentes en las localidades donde se desarrolla el PROGRAMA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO - “Argentina Trabaja”.

Que para garantizar la inclusión educativa de los niños/niñas mencionados en el considerando anterior, se necesita conformar salas que permitan integrar a la totalidad de los niños/niñas de CUATRO (4) años de edad a la educación escolar en los territorios donde se implementa el Programa.

Que ambos Ministerios consideran necesario abordar la problemática precitada de manera interdisciplinaria a fin de lograr la resolución de la misma.

Que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN aportará las sumas necesarias para la adquisición de los materiales, herramientas, maquinarias y contratación de recursos humanos que se requieran para llevar adelante la conformación y/o refacción que por el presente se implementa.

Que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN deberá gestionar a través de los MINISTERIOS DE EDUCACIÓN provinciales los certificados finales de aptitud de las salas construidas en cada distrito y su certificación final de obra, que deberá remitir al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para la conclusión del trámite administrativo pertinente.

Que a los efectos de poner en marcha la ejecución del Programa el MINISTERIO DE EDUCACIÓN acordó aportar la suma de PESOS CIENTO DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 112.500.000), que serán asignados al presupuesto del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL conforme la normativa vigente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, sustituido por el Artículo 1° de la Ley N° 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el Ejercicio 2015, de acuerdo con el detalle obrante en planillas anexas al presente artículo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof. — Alicia M. Kirchner. — Alberto E. Sileoni.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)