AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

Resolución 357/2015

Bs. As., 28/4/2015

VISTO el Expediente N° 305-AFSCA/15 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.522 en su artículo 97 inciso f) establece que, de los fondos recaudados se destinará el DIEZ POR CIENTO (10%) para proyectos especiales de comunicación audiovisual y apoyo a servicios de comunicación audiovisual, comunitarios, de frontera, y de los Pueblos Originarios, con especial atención a la colaboración en los proyectos de digitalización.

Que conforme lo dispone la Ley N° 26.522 constituye un objetivo específico de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, diseñar e implementar políticas, normas, proyectos y obras que tengan por objeto apoyar las acciones encaminadas a desarrollar y utilizar tecnologías de la sociedad de la información para la conservación del acervo natural y cultural.

Que son objetivos de la mencionada Ley el fortalecimiento de acciones que contribuyan al desarrollo cultural, artístico y educativo de las localidades donde se insertan; así como el desarrollo equilibrado de una industria nacional de contenidos que preserve y difunda el patrimonio cultural y la diversidad de todas las regiones y culturas que integran la Nación, y la preservación y promoción de la identidad y de los valores culturales de los Pueblos Originarios.

Que la reglamentación del artículo 97 dispuesta por el Decreto N° 1225/2010 establece que la Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la administración y gestión de los fondos previstos en el inciso f) del artículo 97 de la Ley N° 26.522, debiendo para su afectación proceder a la selección de proyectos por concurso, a cuyo fin constituirá un comité de evaluación al que invitará a participar a representantes del CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

Que por medio de dicho fondo se persigue contribuir económica y financieramente a la concreción y sostenimiento de proyectos especiales de comunicación audiovisual, entendiendo como tales, entre otros, la promoción de la producción audiovisual y radiofónica, gestionando la posibilidad de que asociaciones sin fines de lucro, organizaciones no gubernamentales y comunidades de pueblos originarios puedan acceder a producir contenidos audiovisuales y al apoyo a servicios de comunicación audiovisual, comunitarios, de frontera, y de los Pueblos Originarios.

Que a través de la Resolución N° 231-AFSCA/2015, el Directorio de esta Autoridad Federal, convocó a concurso abierto en todo el territorio nacional a personas jurídicas sin fines de lucro y a comunidades de pueblos originarios inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras, correspondiente al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE (FOMECA) / LINEA 7 / 2015 / PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS RADIOFÓNICOS PARA PRODUCTORAS en sus modalidades CAMPAÑA COMUNITARIA y PROGRAMA SEMANAL.

Que en las mencionadas resoluciones, se establece como fecha de cierre para la presentación de proyectos, el día 28 de Abril del corriente año.

Que por razones de público conocimiento, las actividades en las provincias del sur argentino tales como RÍO NEGRO, CHUBUT y NEUQUÉN se han visto afectadas por las cenizas del Volcán Calbuco.

Que las Delegaciones del organismo de Neuquén y San Carlos de Bariloche, han solicitado una prórroga de la fecha de presentación del concurso que está venciendo, de acuerdo al cronograma aprobado, el día 28 de Abril del presente año, que beneficie a las entidades que se encuentran en condiciones de presentarse al concurso FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE (FOMECA) / LINEA 7 / 2015 / PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS RADIOFÓNICOS PARA PRODUCTORAS, cuyas actividades se desarrollan en las provincias afectadas por la actividad del volcán.

Que la Resolución 1048-AFSCA/2014, ha establecido la composición y funcionamiento del COMITÉ DE EVALUACIÓN previsto en el artículo 97 inciso f) del Anexo I del Decreto N° 1225/10 y autorizado al Presidente del Directorio a realizar modificaciones en los Cronogramas de los concursos convocados o que se convoquen.

Que en virtud de lo antedicho, es de fundamental importancia considerar la situación excepcional y de fuerza mayor que dificulta la presentación de proyectos a las entidades emplazadas en las provincias afectadas, y proveer los mecanismos para que puedan participar en los concursos mencionados.

Que, consecuentemente corresponde el dictado del acto administrativo por el cual se fije una nueva fecha de cierre de presentación de proyectos para los concursos del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE (FOMECA) / LINEA 7 / 2015 / PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS RADIOFÓNICOS PARA PRODUCTORAS, sólo para aquellos proyectos provenientes de las provincias de CHUBUT, RÍO NEGRO y NEUQUÉN.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 1) de la Ley N° 26.522 y artículo 2 de la Resolución N° 1048-AFSCA/2014 y su similar N° 1320-AFSCA/2014.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorrógase la fecha de cierre para la presentación de proyectos establecida en los cronogramas fijados en los puntos 12 de los Anexos I y II de la Resolución N° 231-AFSCA/2015, dictada en el marco del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE (FOMECA) / LINEA 7 / 2015 / PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS RADIOFÓNICOS PARA PRODUCTORAS, para el 5 de mayo de 2015, sólo para aquellas entidades con domicilio en las provincias de Río Negro, Neuquén y Chubut.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DELEGACIONES, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 30/04/2015 N° 31460/15 v. 30/04/2015