AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Resolución 204/2015
Bs. As., 16/4/2015
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto
Reglamentario N° 1.390/98 y la Norma Básica de Seguridad Radiológica AR
10.1.1. - Revisión 3, el Régimen de Tasas de la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR (ARN) aprobado por Resolución N° 76/08 y la Actuación Nro.
5376/11, lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓ-GICA, FÍSICA Y
SALVAGUARDIAS y las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS
CLASE I y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR, CONTROL DE LA SEGURIDAD
FÍSICA DE LAS PRÁCTICAS y CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS, y el Proyecto
de Actualización del Sistema de Licencias de ARN, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9, inciso a) de la Ley N°
24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para
desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá
ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el
otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo
habilite para su ejercicio.
Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, inciso c), establece
que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar licencias,
permisos o autorizaciones para los usuarios del material radiactivo.
Que mediante la Resolución del Directorio N° 76/08 de este Organismo,
se aprobó el Régimen de Tasas por Licenciamiento e inspección que se
aplica a las personas físicas o jurídicas que soliciten el otorgamiento
o sean titulares de licencias, autorización de operación,
autorizaciones específicas y permisos individuales, entre otros.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) solicitó a esta
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) el otorgamiento de la Licencia de
Puesta en Marcha de la instalación clase I denominada LABORATORIO
FACILIDAD RADIOQUIMICA (LFR), ubicada en el Centro Atómico Ezeiza.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS a través
de las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I y del
CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR, SEGURIDAD FÍSICA DE PRÁCTICAS, CONTROL DE
LAS SALVAGUARDIAS y el Proyecto Actualización del Sistema de Licencias
de la ARN recomendaron dar curso favorable a la solicitud de
otorgamiento de la Licencia de Puesta en Marcha del LABORATORIO
FACILIDAD RADIOQUIMICA (LFR) iniciado por la CNEA, por cuanto se ha
dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos en dicho
trámite, y se ha verificado que la Instalación se ajusta a los
requerimientos de la normativa de aplicación vigente.
Que conforme lo informado por la GERENCIA DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y
RECURSOS - SUBGERENCIA GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA, la CNEA no
registra deudas en concepto de Tasa Regulatoria.
Que atendiendo a la solicitud de la Entidad Responsable y a la función
de la instalación, la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y
SALVAGUARDIAS recomienda otorgar la Licencia de Puesta en Marcha del
LABORATORIO FACILIDAD RADIOQUIMICA (LFR) para realizar ensayos sobre
materiales irradiados y no irradiados, caracterización de residuos
radiactivos, tareas de investigación y desarrollo radioquímicas,
dilución isotópica, recuperación y purificación de uranio enriquecido
irradiado.
Que las GERENCIAS DE ASUNTOS JURÍDICOS y DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado la intervención que les compete.
Que el Directorio es competente para el dictado del presente acto,
conforme lo establecen los Artículos 16 inciso c) y 22 inciso a) de la
Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 15 de abril de 2015 (Acta N° 6)
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1° — Otorgar la Licencia de Puesta en Marcha solicitada por la
COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA para la instalación Clase I
LABORATORIO FACILIDAD RADIOQUIMICA (LFR), ubicada en el Centro Atómico
Ezeiza, cuya versión, como Anexo, es parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2° — Instruir a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y
SALVAGUARDIAS a fin de que entregue original de la Licencia de Puesta
en Marcha de la instalación LABORATORIO FACILIDAD RADIOQUIMICA (LFR) a
la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, en su carácter de Entidad
Responsable de la instalación citada.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines
correspondientes. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO
CENTRAL. — Lic. JULIÁN GADANO, Vicepresidente 1° e/a Presidente del
Directorio.
NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo.
e. 30/04/2015 N° 30633/15 v. 30/04/2015