MINISTERIO DE SALUD
Resolución 321/2015
Bs. As., 23/4/2015
VISTO las Resoluciones Ministeriales N° 481 de fecha 17 de abril de
2009, N° 982 del 24 de junio de 2009, N° 789 del 3 de diciembre de
2009, N° 1560 del 14 de septiembre de 2010, N° 409 de fecha 29 de marzo
de 2012, N° 107 de fecha 1° de febrero de 2013, N° 873 de fecha 16 de
julio de 2013, N° 2174 de fecha 30 de diciembre de 2013 y N° 2322 de
fecha 19 de diciembre de 2014; el Expediente N° 1-2002-19429/13-1 del
Registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que las estrategias de intervención del MINISTERIO DE SALUD en todo el
ámbito del país se han orientado, entre otras, a integrar las políticas
de salud a través del abordaje territorial, la articulación
interjurisdiccional de las actividades en dicha materia, la masividad
de las prestaciones, y la planificación y concepción de la política de
Estado en la materia, desde el enfoque de la promoción y prevención
sanitaria como cursos de acción para modificar el conjunto de los
determinantes de la salud.
Que un modelo de Salud Pública integral e integrado requiere una acción
dinámica y movilizadora de todos los Programas que componen el
MINISTERIO DE SALUD hacia sus efectivos destinatarios, garantizando su
accesibilidad hasta en los lugares más apartados del territorio, siendo
el PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL UNIDADES
SANITARIAS MOVILES (USAM) el más inclusivo por la naturaleza de las
prestaciones que brinda a la población más necesitada, asegurando el
acceso a la salud con equidad social.
Que, por la Resolución de este Ministerio N° 789 de fecha 3 de
diciembre de 2009 se modificó el artículo 1° de la Resolución N° 481
del 17 de abril de 2009, estableciéndose que el Programa Nacional de
Unidades Móviles Sanitarias pasa a denominarse “PROGRAMA DE ABORDAJE
SANITARIO TERRITORIAL - CENTROS DE INTEGRACION COMUNITARIA MOVILES”,
bajo la dependencia directa de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA
SALUD Y RELACIONES SANITARIAS en esta jurisdicción Ministerial.
Que por Resolución Ministerial N° 1560 de fecha 14 de septiembre de
2010 se introdujeron modificaciones a la Resolución citada en el
párrafo anterior, siendo modificado posteriormente por Resolución
Ministerial N° 409 de fecha 29 de marzo de 2012.
Que por Resolución N° 107 de fecha 1° de febrero de 2013 se modificó el
artículo 1° de la Resolución N° 481 de fecha 17 de abril de 2009,
estableciendo que el “PROGRAMA DE ABORDAJE SANITARIO TERRITORIAL -
CENTROS DE INTEGRACION COMUNITARIA MOVILES” pasa a denominarse
“PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL - UNIDADES
SANITARIAS MOVILES (USAM)”.
Que por la Resolución Ministerial N° 2174 de fecha 30 de diciembre de
2013 (B.O. 16-01-2014), se dispuso la limitación de la designación
efectuada por la citada Resolución Ministerial N° 107/2013 y la
designación del Licenciado Nazareno PERNÍA OSUNA, quien ha cumplido con
el objetivo logístico para el cual fuera designado a propuesta de la
SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS.
Que luego de la experiencia adquirida y la evolución de los distintos
operativos realizados a lo largo y ancho del Territorio Nacional,
hicieron necesario efectuar distintas adecuaciones y modificaciones
para el mejor funcionamiento e identificación de los objetivos
estratégicos del referido programa, dictándose la Resolución
Ministerial N° 2322 de fecha 19 de diciembre de 2014 (B.O. 24-12-2014),
por la que se dispuso la dependencia de los Centros Articuladores de
Políticas Sanitarias Regionales de las Bases respectivas de dicho
Programa.
Que, en el mismo sentido, la Resolución Ministerial N° 2250 de fecha 15
de diciembre de 2014 (B.O. 24-12-2014), creó el PROGRAMA NACIONAL
“ARGENTINA SONRIE” y se estableció que integra, coordinadamente con el
PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL - UNIDADES
SANITARIAS MOVILES (USAM), las Bases Regionales creadas o que se creen
en el futuro, y que se encuentran bajo la dependencia directa de los
Centros Articuladores de Políticas Sanitarias de las distintas Regiones
de nuestro País, dependientes de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA
SALUD Y RELACIONES SANITARIAS.
Que en consecuencia, resulta necesario efectuar algunas modificaciones
a la organización del “PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA
TERRITORIAL - UNIDADES SANITARIAS MOVILES (USAM)”, designando un nuevo
Coordinador General que reúna el perfil de Médico con experiencia en el
trabajo territorial y la articulación con los diversos programas de
esta Cartera de Estado.
Que, esta Cartera de Estado debe ejecutar por intermedio de los planes,
programas y proyectos del área de su competencia, como generador de
enlace entre la población más postergada, los centros y servicios
hospitalarios, con el fin de extender la cobertura de salud a todos los
habitantes del suelo de la Nación Argentina.
Que el Programa debe brindar una respuesta planificada y organizada
sobre la base del equipamiento en especialidades médicas básicas y no
habituales, a saber: clínica médica, pediatría, oftalmología y
laboratorio óptico, odontología y laboratorio de prótesis dentales,
diagnóstico por imágenes, laboratorio de análisis clínicos, entre otros.
Que, por el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 1560 del 14 de
septiembre de 2010, se estableció que la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE
LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS será la autoridad de aplicación en la
totalidad de las cuestiones atinentes a la articulación de los
programas, planes, acciones y la ejecución de dispositivos de
intervención para el abordaje integral de las problemáticas que se le
planteen, facultándola a la realización de acuerdos con entidades
públicas Nacionales, Provinciales o Municipales, así como la
suscripción, modificación y rescisión de los Convenios firmados o que
se firmen en el futuro para esos fines.
Que por las razones expuestas precedentemente, corresponde reasignar
las funciones de Coordinador General del referido Programa, al Dr. Luis
Eduardo GONZALEZ MENDEZ (DNI 11.813.561), quien reúne las condiciones
de idoneidad y experiencia para desempeñarse en el cargo.
Que, además, el Estado Nacional tiene el deber de cuidado y
mantenimiento de sus bienes que, no sólo hace a una de las
responsabilidades de la Coordinación General bajo la cual se encuentran
patrimonialmente, sino que éstos constituyen una herramienta
imprescindible del PODER EJECUTIVO NACIONAL para el cumplimiento de sus
objetivos.
Que, la Base Operativa del Programa citado, se denominaba Base
Operativa Logística y se encontraba a cargo del señor Armando Patricio
ECHEGARAY (DNI 29.456.122) en virtud de la Resolución Ministerial N°
1516 de fecha 26 de septiembre de 2013 (B.O. 01-10-2013), que por una
razón de orden metodológico corresponde dejar sin efecto y ratificar la
designación del nombrado como responsable de la Base Operativa, bajo la
dependencia del Coordinador General.
Que, en el mismo sentido, el área logística requiere de la designación
de un responsable, bajo la dependencia del Coordinador General, siendo
propuesto por el señor Secretario de Determinantes de la Salud y
Relaciones Sanitarias, el señor Carlos Sebastián ETCHEVERS (DNI
29.380.965) quien reúne las condiciones de idoneidad necesarias para la
función de que se trata.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultadas conferidas
en la Ley de Ministerios T.O. 1992 modificada por la Ley N° 26.388.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Limítase, a partir de la fecha de la presente, la
designación efectuada por el artículo 2° de la Resolución Ministerial
N° 2174 de fecha 30 de diciembre de 2013 (B.O. 16-01-2014).
ARTICULO 2° — Desígnase Coordinador General del “PROGRAMA NACIONAL DE
EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL – UNIDADES SANITARIAS MOVILES (USAM)”, al
Dr. Luis Eduardo GONZALEZ MENDEZ (DNI 11.813.561), bajo la dependencia
de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS.
(Nota Infoleg: por art. 3° de la Resolución N° 1823/2015
del Ministerio de Salud B.O. 16/10/2015, se dejan sin efecto las
Coordinaciones establecidas en los artículos 2° y 3° de la presente
Resolución)
ARTICULO 3° — Asígnase las funciones de Coordinador Logístico del
“PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL – UNIDADES
SANITARIAS MOVILES (USAM)”, al señor Carlos Sebastián ETCHEVERS (DNI
29.380.965), bajo la dependencia del Coordinador General designado por
el artículo 2° de la presente.
ARTICULO 4° — Asígnase las funciones de Coordinador de la Base
Operativa del “PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL
UNIDADES SANITARIAS MOVILES (USAM)”, al señor Armando Patricio
ECHEGARAY (DNI 29.456.122), bajo la dependencia del Coordinador General
designado por el artículo 2° de la presente. Déjase sin efecto, a
partir de la publicación de la presente, la Resolución Ministerial N°
1516 de fecha 26 de septiembre de 2013 (B.O. 01-10-2013).
ARTICULO 5° — La Dirección de Recursos Humanos procederá a efectuar las
adecuaciones contractuales que correspondan, de acuerdo a lo dispuesto
en la presente resolución.
ARTICULO 6° — El Coordinador General designado por el artículo 2°
deberá asegurar el cumplimiento de los objetivos y fines del Programa a
su cargo, así como también lo establecido en las Resoluciones
Ministeriales N° 2250 de fecha 15 de diciembre de 2014 y N° 2322 de
fecha 19 de diciembre de 2014 (B.O. 24-12-2014).
ARTICULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. — Dr. DANIEL GUSTAVO
GOLLAN, Ministro de Salud de la Nación.
e. 30/04/2015 N° 30400/15 v. 30/04/2015