MINISTERIO DE SALUD

Resolución 321/2015

Bs. As., 23/4/2015

VISTO las Resoluciones Ministeriales N° 481 de fecha 17 de abril de 2009, N° 982 del 24 de junio de 2009, N° 789 del 3 de diciembre de 2009, N° 1560 del 14 de septiembre de 2010, N° 409 de fecha 29 de marzo de 2012, N° 107 de fecha 1° de febrero de 2013, N° 873 de fecha 16 de julio de 2013, N° 2174 de fecha 30 de diciembre de 2013 y N° 2322 de fecha 19 de diciembre de 2014; el Expediente N° 1-2002-19429/13-1 del Registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que las estrategias de intervención del MINISTERIO DE SALUD en todo el ámbito del país se han orientado, entre otras, a integrar las políticas de salud a través del abordaje territorial, la articulación interjurisdiccional de las actividades en dicha materia, la masividad de las prestaciones, y la planificación y concepción de la política de Estado en la materia, desde el enfoque de la promoción y prevención sanitaria como cursos de acción para modificar el conjunto de los determinantes de la salud.

Que un modelo de Salud Pública integral e integrado requiere una acción dinámica y movilizadora de todos los Programas que componen el MINISTERIO DE SALUD hacia sus efectivos destinatarios, garantizando su accesibilidad hasta en los lugares más apartados del territorio, siendo el PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL UNIDADES SANITARIAS MOVILES (USAM) el más inclusivo por la naturaleza de las prestaciones que brinda a la población más necesitada, asegurando el acceso a la salud con equidad social.

Que, por la Resolución de este Ministerio N° 789 de fecha 3 de diciembre de 2009 se modificó el artículo 1° de la Resolución N° 481 del 17 de abril de 2009, estableciéndose que el Programa Nacional de Unidades Móviles Sanitarias pasa a denominarse “PROGRAMA DE ABORDAJE SANITARIO TERRITORIAL - CENTROS DE INTEGRACION COMUNITARIA MOVILES”, bajo la dependencia directa de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS en esta jurisdicción Ministerial.

Que por Resolución Ministerial N° 1560 de fecha 14 de septiembre de 2010 se introdujeron modificaciones a la Resolución citada en el párrafo anterior, siendo modificado posteriormente por Resolución Ministerial N° 409 de fecha 29 de marzo de 2012.

Que por Resolución N° 107 de fecha 1° de febrero de 2013 se modificó el artículo 1° de la Resolución N° 481 de fecha 17 de abril de 2009, estableciendo que el “PROGRAMA DE ABORDAJE SANITARIO TERRITORIAL - CENTROS DE INTEGRACION COMUNITARIA MOVILES” pasa a denominarse “PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL - UNIDADES SANITARIAS MOVILES (USAM)”.

Que por la Resolución Ministerial N° 2174 de fecha 30 de diciembre de 2013 (B.O. 16-01-2014), se dispuso la limitación de la designación efectuada por la citada Resolución Ministerial N° 107/2013 y la designación del Licenciado Nazareno PERNÍA OSUNA, quien ha cumplido con el objetivo logístico para el cual fuera designado a propuesta de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS.

Que luego de la experiencia adquirida y la evolución de los distintos operativos realizados a lo largo y ancho del Territorio Nacional, hicieron necesario efectuar distintas adecuaciones y modificaciones para el mejor funcionamiento e identificación de los objetivos estratégicos del referido programa, dictándose la Resolución Ministerial N° 2322 de fecha 19 de diciembre de 2014 (B.O. 24-12-2014), por la que se dispuso la dependencia de los Centros Articuladores de Políticas Sanitarias Regionales de las Bases respectivas de dicho Programa.

Que, en el mismo sentido, la Resolución Ministerial N° 2250 de fecha 15 de diciembre de 2014 (B.O. 24-12-2014), creó el PROGRAMA NACIONAL “ARGENTINA SONRIE” y se estableció que integra, coordinadamente con el PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL - UNIDADES SANITARIAS MOVILES (USAM), las Bases Regionales creadas o que se creen en el futuro, y que se encuentran bajo la dependencia directa de los Centros Articuladores de Políticas Sanitarias de las distintas Regiones de nuestro País, dependientes de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS.

Que en consecuencia, resulta necesario efectuar algunas modificaciones a la organización del “PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL - UNIDADES SANITARIAS MOVILES (USAM)”, designando un nuevo Coordinador General que reúna el perfil de Médico con experiencia en el trabajo territorial y la articulación con los diversos programas de esta Cartera de Estado.

Que, esta Cartera de Estado debe ejecutar por intermedio de los planes, programas y proyectos del área de su competencia, como generador de enlace entre la población más postergada, los centros y servicios hospitalarios, con el fin de extender la cobertura de salud a todos los habitantes del suelo de la Nación Argentina.

Que el Programa debe brindar una respuesta planificada y organizada sobre la base del equipamiento en especialidades médicas básicas y no habituales, a saber: clínica médica, pediatría, oftalmología y laboratorio óptico, odontología y laboratorio de prótesis dentales, diagnóstico por imágenes, laboratorio de análisis clínicos, entre otros.

Que, por el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 1560 del 14 de septiembre de 2010, se estableció que la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS será la autoridad de aplicación en la totalidad de las cuestiones atinentes a la articulación de los programas, planes, acciones y la ejecución de dispositivos de intervención para el abordaje integral de las problemáticas que se le planteen, facultándola a la realización de acuerdos con entidades públicas Nacionales, Provinciales o Municipales, así como la suscripción, modificación y rescisión de los Convenios firmados o que se firmen en el futuro para esos fines.

Que por las razones expuestas precedentemente, corresponde reasignar las funciones de Coordinador General del referido Programa, al Dr. Luis Eduardo GONZALEZ MENDEZ (DNI 11.813.561), quien reúne las condiciones de idoneidad y experiencia para desempeñarse en el cargo.

Que, además, el Estado Nacional tiene el deber de cuidado y mantenimiento de sus bienes que, no sólo hace a una de las responsabilidades de la Coordinación General bajo la cual se encuentran patrimonialmente, sino que éstos constituyen una herramienta imprescindible del PODER EJECUTIVO NACIONAL para el cumplimiento de sus objetivos.

Que, la Base Operativa del Programa citado, se denominaba Base Operativa Logística y se encontraba a cargo del señor Armando Patricio ECHEGARAY (DNI 29.456.122) en virtud de la Resolución Ministerial N° 1516 de fecha 26 de septiembre de 2013 (B.O. 01-10-2013), que por una razón de orden metodológico corresponde dejar sin efecto y ratificar la designación del nombrado como responsable de la Base Operativa, bajo la dependencia del Coordinador General.

Que, en el mismo sentido, el área logística requiere de la designación de un responsable, bajo la dependencia del Coordinador General, siendo propuesto por el señor Secretario de Determinantes de la Salud y Relaciones Sanitarias, el señor Carlos Sebastián ETCHEVERS (DNI 29.380.965) quien reúne las condiciones de idoneidad necesarias para la función de que se trata.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultadas conferidas en la Ley de Ministerios T.O. 1992 modificada por la Ley N° 26.388.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Limítase, a partir de la fecha de la presente, la designación efectuada por el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 2174 de fecha 30 de diciembre de 2013 (B.O. 16-01-2014).

ARTICULO 2° — Desígnase Coordinador General del “PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL – UNIDADES SANITARIAS MOVILES (USAM)”, al Dr. Luis Eduardo GONZALEZ MENDEZ (DNI 11.813.561), bajo la dependencia de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS.

(Nota Infoleg: por art. 3° de la Resolución N° 1823/2015 del Ministerio de Salud B.O. 16/10/2015, se dejan sin efecto las Coordinaciones establecidas en los artículos 2° y 3° de la presente Resolución)

ARTICULO 3° — Asígnase las funciones de Coordinador Logístico del “PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL – UNIDADES SANITARIAS MOVILES (USAM)”, al señor Carlos Sebastián ETCHEVERS (DNI 29.380.965), bajo la dependencia del Coordinador General designado por el artículo 2° de la presente.

ARTICULO 4° — Asígnase las funciones de Coordinador de la Base Operativa del “PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL UNIDADES SANITARIAS MOVILES (USAM)”, al señor Armando Patricio ECHEGARAY (DNI 29.456.122), bajo la dependencia del Coordinador General designado por el artículo 2° de la presente. Déjase sin efecto, a partir de la publicación de la presente, la Resolución Ministerial N° 1516 de fecha 26 de septiembre de 2013 (B.O. 01-10-2013).

ARTICULO 5° — La Dirección de Recursos Humanos procederá a efectuar las adecuaciones contractuales que correspondan, de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución.

ARTICULO 6° — El Coordinador General designado por el artículo 2° deberá asegurar el cumplimiento de los objetivos y fines del Programa a su cargo, así como también lo establecido en las Resoluciones Ministeriales N° 2250 de fecha 15 de diciembre de 2014 y N° 2322 de fecha 19 de diciembre de 2014 (B.O. 24-12-2014).

ARTICULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. — Dr. DANIEL GUSTAVO GOLLAN, Ministro de Salud de la Nación.

e. 30/04/2015 N° 30400/15 v. 30/04/2015