Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA

Resolución 872/2015

Resolución N° 2794/2012. Modificación.

Bs. As., 30/4/2015

VISTO el Expediente N° S04:0022143/2015 del registro de este Ministerio, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 2794 del 19 de diciembre de 2012 y 120 del 28 de enero de 2015, la Resolución General I.G.J. N° 04 del 12 de diciembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución M.J. y D.H. N° 2794/12 fueron clasificados y modulados los trámites que se realizan ante la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

Que por Resolución M.J. y D.H. N° 120/15 se estableció el valor del “módulo IGJ” para fijar el importe de los formularios utilizados en cada trámite.

Que por Resolución General I.G.J. N° 04/14, la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA ha creado el Registro de Entidades Inactivas (R.E.I.) conformado por aquellas personas jurídicas que no hayan presentado la Declaración Jurada prevista en la Resolución General I.G.J. N° 1 del 15 de julio de 2010 al día 30 de abril de 2015.

Que, en consecuencia el Organismo registral, ha creado el Procedimiento de Cumplimiento con el objeto de permitir a las entidades incluidas en el Registro de Entidades Inactivas (R.E.I.), cambiar su estado luego de presentar todos los trámites que corresponden a las obligaciones impuestas por la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

Que, por lo expuesto, resulta necesario clasificar y modular el trámite correspondiente al Procedimiento de Cumplimiento antes indicado, ello tomando en cuenta el tipo de entidad y personal interviniente a fin de mantener los criterios utilizados en la Resolución M.J. y D.H. N° 2794/12.

Que de acuerdo a lo establecido por la Resolución General I.G.J. N° 04/14, la presente Resolución entrará en vigencia a partir del día 4 de mayo de corriente año.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por las Leyes Nros. 23.283 y 23.412 y los convenios de Cooperación Técnica y Financiera suscriptos con el COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, el COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL y el CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Incorpórase al Anexo I de la Resolución M.J. y D.H. N° 2794 del 19 de diciembre de 2012 el texto que, como Anexo I, que forma parte integrante de la presente.

Art. 2° — La presente entrará en vigencia el 4 de mayo de 2015.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Julio C. Alak.

ANEXO I