MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 241/2015
Bs. As., 1/4/2015
VISTO el Expediente N° 1-2015-1666186/15 del Registro del MINISTERIO
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 22.520, los Decretos
Nros. 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, y 628 del 13
de junio de 2005 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N°
917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias, y las
Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros.
260 del 18 de marzo de 2011 y sus modificatorias y 99 del 27 de enero
de 2012 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus
modificatorios, se aprobó el organigrama de aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría,
el que comprende, entre otros, al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, estableciéndose sus competencias.
Que por el Decreto N° 628 del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios,
se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, readecuada a través
de la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y sus
modificatorias.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL N° 260 del 18 de marzo de 2011 y sus modificatorias se aprobaron
las aperturas inferiores al primer nivel operativo de la estructura
organizativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL N° 99 del 27 de enero de 2012 y sus modificatorias, se aprobaron
las aperturas inferiores correspondientes a los niveles de departamento
y división de la SECRETARIA DE TRABAJO de ese Ministerio, de acuerdo
con el Organigrama, Acciones y Dotación que como Anexos la, lb, Ic, Id,
le, II y III, respectivamente, forman parte integrante de dicha medida.
Que en los niveles de departamento y división de la SECRETARIA DE
TRABAJO cuyas aperturas se efectuara a través de la mencionada
Resolución se encuentra la Delegación Regional Mar del Plata de la
Dirección Regional Pampeana, dependiente de la Dirección Nacional de
Relaciones Federales.
Que de conformidad con los lineamientos de la Ley N° 25.877, el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha encarado acciones
concretas dirigidas a instalar el concepto de trabajo decente en las
políticas públicas nacionales, provinciales y municipales, en los
términos definidos por la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE TRABAJO
(O.I.T.).
Que a tal efecto resulta conveniente proyectar una rápida respuesta a
las demandas de la sociedad, dando origen a estructuras dinámicas y
adaptables a los cambios permanentes, que tengan por objetivo
fortalecer la presencia territorial del organismo.
Que el análisis de campo, en lo que respecta al territorio y la
población, arrojó como resultado la necesidad de crear una oficina en
la localidad de Necochea, con dependencia directa de la Delegación
Regional Mar del Plata.
Que el dictado del presente acto no implica erogaciones presupuestarias adicionales.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por la Ley N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N°
438/92).
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorizar la apertura, en el ámbito de la Delegación
Regional Mar del Plata dependiente de la Dirección Regional Pampeana de
la Dirección Nacional de Relaciones Federales de la SECRETARIA DE
TRABAJO, de la Subdelegación Regional Necochea, con sede en dicha
localidad de la Provincia de BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 2° — Las acciones y funciones de la Subdelegación cuya
apertura se autorizara a través del precedente artículo, de la presente
medida, serán asignadas por la Delegación Regional Mar del Plata,
conforme a la responsabilidad primaria, acciones y funciones
determinadas en la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL N° 99 del 27 de enero de 2012 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
e. 04/05/2015 N° 31274/15 v. 04/05/2015