PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 166/2015
Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2015.
Bs. As., 4/5/2015
VISTO el Expediente N° S01:0041613/2015 del Registro del MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, la Ley N° 27.008
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2015, distribuido mediante la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12
de enero de 2015 y el Decreto N° 2803 de fecha 30 de diciembre de 2014,
y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 6° de la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2015 se exceptúa de la
limitación para aprobar incrementos en los cargos y horas de cátedra al
TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN.
Que por el Decreto N° 2803/2014 se aprobó la estructura organizativa de
primer nivel operativo del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN,
organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE
OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS.
Que el artículo 4° del decreto mencionado en el párrafo precedente
facultó al Presidente del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, previa
intervención de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y
modificar el Anexo de Dotación del organismo, de conformidad con las
Leyes de Presupuesto vigentes.
Que ante la creciente complejidad de las funciones propias del TRIBUNAL
DE TASACIONES DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en la
órbita de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y en función de
una eficaz prosecución de las actividades operativas propias, resulta
necesario fortalecer y complementar la labor de dicha entidad.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase el
PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el ejercicio
2015, en la parte correspondiente a la Entidad 612 - TRIBUNAL DE
TASACIONES DE LA NACIÓN, de acuerdo con el detalle obrante en planilla
anexa al presente artículo que forma parte integrante del mismo.
Art. 2° — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto por la presente será atendido con los
niveles de crédito asignados al inciso 1 - Gastos en Personal de la
Entidad 612 - TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°