MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PENITENCIARIO

Disposición 19/2015

Bs. As., 4/5/2015

VISTO el Expediente N° S04:0019786/2015 del registro de este Ministerio, la Ley N° 13.064, el Decreto N° 979 del 18 de junio de 2008, modificado por su similar N° 903 del 10 de junio de 2014 y la Resolución M.J. y D.H. N° 2532 del 11 de diciembre de 2013, modificada por su similar N° 1380 del 28 de agosto de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación S04: 0022324/2015 el titular del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2, Secretaría 8 del Departamento Judicial de Morón, Provincia de Buenos Aires, notificó lo resuelto en el marco de la causa FSM N° 8237/2014 caratulada “S/ Habeas Corpus” en cuanto hace saber lo oficiado al Jefe del Complejo Penitenciario Federal N° II el que deberá hacer cesar con carácter de muy urgente los alojos en el sector denominado “reten” de la Unidad Residencial N° III de dicho Complejo.

Que a su vez la judicatura pone de resalto que en la actualidad hay 1646 personas alojadas en el Complejo Penitenciario Federal II, lo que se contrapone con lo ordenado por dicha instancia y que fuera ratificado por la Excelentísima Cámara de Casación Penal, debiendo de modo urgente hacer saber el modo y plazo en que se dará solución a la problemática que se presenta en dicho establecimiento.

Que en idéntico sentido, el 9 de abril del corriente año, el titular del Juzgado Federal referido, reitera lo resuelto en cuanto a la capacidad de alojamiento fijada para el Complejo Penitenciario Federal II en 1472 internos, lo cual a su vez informa que dicha capacidad resulta ratificada por las Cámaras de San Martín como de la Casación Penal.

Que en este marco, el Juzgado Federal ha evidenciado una cantidad de personas privadas de libertad superior a aquel número, resultando dicha circunstancia anómala y requiere se arbitren medidas tendientes a su remediación, informando que tales medidas serán monitoreadas por la judicatura para que con ello se cumpla con las condiciones básicas de habitabilidad.

Que en otro orden de ideas, reviste igual importancia lo informado por el Director Nacional del Servicio Penitenciario Federal mediante la actuación S04:0027194/2015 por la cual se pone de resalto la preocupante situación por la que atraviesan los establecimientos dependientes de la Dirección Nacional a su cargo, solicitando la intervención de este Ministerio a fin de instrumentar medidas urgentes tendientes a paliar la situación de crisis ante el exponencial aumento de la población penitenciaria.

Que asimismo el informe alerta acerca de la inminencia de alcanzar el límite de capacidad de alojamiento, con una tendencia en aumento lo que tendrá directo impacto en las condiciones cualitativas de habitabilidad de las personas privadas de libertad y que de persistir la situación descripta provocará un desborde incontrolado con riesgos concretos para preservar la vida y salud de los alojados y del personal.

Que en este marco y teniendo en cuenta la proyección de ingreso de internos se dificultará asegurar adecuadas condiciones de alojamiento a las personas que sean detenidas e incorporadas al sistema de aquí en adelante.

Que en atención a la gravedad de la situación y la premura con que se debe brindar la solución a la situación actual, resulta necesario recurrir a un procedimiento de contratación que permita dar respuesta a la acuciante situación planteada en el Complejo Penitenciario Federal N° II, Marcos Paz, Provincia de Buenos Aires.

Que el artículo 9°, inciso c) de la Ley N° 13.064, contempla la posibilidad de utilizar el mecanismo de contratación directa en la obra pública, “Cuando los trabajos de urgencia reconocida o circunstancias imprevistas demandaren una pronta ejecución que no dé lugar a los trámites de la licitación pública...”.

Que la presente obra permite ser contratada en forma directa toda vez que se presentan los extremos allí descriptos.

Que el costo estimado de los trabajos asciende a la suma de PESOS QUINCE MILLONES CIENTO OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 15.183.555,49), calculado al mes de abril de 2015.

Que obra en autos la constancia del área pertinente, de la afectación preventiva para el presente gasto.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la competencia para el dictado del presente acto surge de lo dispuesto por la Resolución M.J. y D.H. N° 2532/13 modificada por su similar 1380/14, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la ley N° 13.064 y el artículo 2 del decreto N° 979/08, modificado por su similar N° 903/14.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PENITENCIARIO

DISPONE:

ARTICULO 1° — Autorizase la Contratación Directa por la causal de urgencia para la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN DE 40 PLAZAS UNIDAD RESIDENCIAL COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL II - ENTREPISOS - MARCOS PAZ - PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, bajo el régimen previsto en la Ley 13.054.

ARTICULO 2° — Apruébanse el Pliego de Cláusulas Generales a fojas 5/44, el Pliego de Cláusulas Especiales, Anexos y Formularios varios y Proyecto de Contrato obrantes a fojas 261/305, el Pliego de Especificaciones Técnicas de fojas 90/147, los Anexos Técnicos de fojas 148/173 y los Planos obrantes a fojas 174/175, para la ejecución de la obra individualizada en el artículo 1°, que forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 3° — Apruébase el presupuesto para la presente obra calculado al mes de abril de 2015 cuyo monto asciende a la suma de PESOS QUINCE MILLONES CIENTO OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 15.183.555,49).

ARTICULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará con cargo a las partidas específicas del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2015.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. H. FRANCISCO UCHA, Director Nacional de Obras y Mantenimiento Penitenciario, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

e. 12/05/2015 N° 33661/15 v. 12/05/2015