MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PENITENCIARIO
Disposición 20/2015
Bs. As., 4/5/2015
VISTO el Expediente Nº S04:0019788/2015 del registro de este
Ministerio, la Ley N° 13.064, el Decreto Nº 979 del 18 de junio de
2008, modificado por su similar N° 903 del 10 de junio de 2014 y la
Resolución M.J. y D.H. Nº 2532 del 11 de diciembre de 2013, modificada
por su similar Nº 1380 del 28 de agosto de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación S04:0022324/2015 el titular del Juzgado Federal en
lo Criminal y Correccional Nº 2, Secretaría 8 del Departamento Judicial
de Morón, Provincia de Buenos Aires, notificó lo resuelto en el marco
de la causa FSM N° 8237/2014 caratulada “S/Habeas Corpus” en cuanto
hace saber lo oficiado al Jefe del Complejo Penitenciario Federal N° II
el que deberá hacer cesar con carácter de muy urgente los alojos en el
sector denominado “reten” de la Unidad Residencial N° III de dicho
Complejo.
Que a su vez la judicatura pone de resalto que en la actualidad hay
1646 personas alojadas en el Complejo Penitenciario Federal II, lo que
se contrapone con lo ordenado por dicha instancia y que fuera
ratificado por la Excelentísima Cámara de Casación Penal, debiendo de
modo urgente hacer saber el modo y plazo en que se dará solución a la
problemática que se presenta en dicho establecimiento.
Que en idéntico sentido, el 9 de abril del corriente año, el titular
del Juzgado Federal referido, reitera lo resuelto en cuanto a la
capacidad de alojamiento fijada para el Complejo Penitenciario Federal
II en 1472 internos, lo cual a su vez informa que dicha capacidad
resulta ratificada por las Cámaras de San Martín como de la Casación
Penal.
Que en este marco, el Juzgado Federal ha evidenciado una cantidad de
personas privadas de libertad superior a aquel número, resultando dicha
circunstancia anómala y requiere se arbitren medidas tendientes a su
remediación, informando que tales medidas serán monitoreadas por la
judicatura para que con ello se cumpla con las condiciones básicas de
habitabilidad.
Que en otro orden de ideas, reviste igual importancia lo informado por
el Director Nacional del Servicio Penitenciario Federal mediante la
actuación S04:0027194/2015 por la cual se pone de resalto la
preocupante situación por la que atraviesan los establecimientos
dependientes de la Dirección Nacional a su cargo, solicitando la
intervención de este Ministerio a fin de instrumentar medidas urgentes
tendientes a paliar la situación de crisis ante el exponencial aumento
de la población penitenciaria.
Que asimismo el informe alerta acerca de la inminencia de alcanzar el
límite de capacidad de alojamiento, con una tendencia en aumento lo que
tendrá directo impacto en las condiciones cualitativas de habitabilidad
de las personas privadas de libertad y que de persistir la situación
descripta provocará un desborde incontrolado con riesgos concretos para
preservar la vida y salud de los alojados y del personal.
Que en este marco y teniendo en cuenta la proyección de ingreso de
internos se dificultará asegurar adecuadas condiciones de alojamiento a
las personas que sean detenidas e incorporadas al sistema de aquí en
adelante.
Que en atención a la gravedad de la situación y la premura con que se
debe brindar la solución a la situación actual, resulta necesario
recurrir a un procedimiento de contratación que permita dar respuesta
oportuna a la acuciante situación planteada en el Complejo
Penitenciario Federal N° II, Marcos Paz, Provincia de Buenos Aires.
Que el artículo 9°, inciso c) de la Ley N° 13.064, contempla la
posibilidad de utilizar el mecanismo de contratación directa en la obra
pública, “Cuando los trabajos de urgencia reconocida o circunstancias
imprevistas demandaren una pronta ejecución que no dé lugar a los
trámites de la licitación pública...”.
Que la presente obra permite ser contratada en forma directa toda vez que se presentan los extremos allí descriptos.
Que el costo estimado de los trabajos asciende a la suma de PESOS
CUARENTA MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y
UNO CON ONCE CENTAVOS ($ 40.652.671,11), calculado al mes de marzo de
2015.
Que obra en autos la constancia del área pertinente, de la afectación preventiva para el presente gasto.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la competencia para el dictado del presente acto surge de lo
dispuesto por la Resolución M.J. y D.H. N° 2532/13 modificada por su
similar 1380/14, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la ley
N° 13.064 y el artículo 2 del decreto N° 979/08, modificado por su
similar N° 903/14.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PENITENCIARIO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Autorízase la Contratación Directa por la causal de
urgencia para la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN DEL COMPLEJO
PENITENCIARIO FEDERAL II - CONSTRUCCIÓN DE PABELLONES COLECTIVOS -
MARCOS PAZ - PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, bajo el régimen previsto en la
Ley N° 13.064.
ARTICULO 2° — Apruébanse el Pliego de Cláusulas Generales a fojas 5/44,
el Pliego de Cláusulas Especiales, Anexos y Formularios varios y
Proyecto de Contrato obrantes a fojas 324/369, el Pliego de
Especificaciones Técnicas de fojas 90/223 y los Planos obrantes a fojas
226/238, para la ejecución de la obra individualizada en el artículo 1º
que forman parte integrante de la presente.
ARTICULO 3º — Apruébase el presupuesto para la presente obra calculado
al mes de marzo de 2015 cuyo monto asciende a la suma de PESOS CUARENTA
MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON
ONCE CENTAVOS ($ 40.652.671,11).
ARTICULO 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente se
imputará con cargo a las partidas específicas del Presupuesto General
de Gastos para el Ejercicio 2015 y siguiente.
ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Ing. H. FRANCISCO UCHA, Director
Nacional de Obras y Mantenimiento Penitenciario, Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos.
e. 14/05/2015 N| 65864/15 v. 14/05/2015