MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución 1029/2015
Bs. As., 12/5/2015
VISTO el Expediente N° 12739/14 del registro de este MINISTERIO DE
EDUCACIÓN, el Decreto N° 115 de fecha 21 de enero de 2010, su
modificatorios Nros. 1794 del 2 de octubre de 2012 y 1263 del 4 de
agosto de 2014, la Resolución Ministerial N° 1111 del 9 de agosto de
2010 y modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto N° 115/10 y su modificatorio N° 1794/12 se
aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de este
MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que por el Decreto N° 1263/14 se incorpora la DIRECCIÓN NACIONAL DE
FORTALECIMIENTO Y AMPLIACIÓN DE DERECHOS EDUCATIVOS en el ámbito de la
SUBSECRETARÍA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA dependiente de la
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del citado Ministerio.
Que por la Resolución ME N° 1111/10 y modificatorias se aprobaron las
aperturas inferiores de segundo nivel operativo correspondientes a la
estructura organizativa del Organismo, como así también las
Coordinaciones respectivas.
Que a los efectos de poder ejecutar con eficiencia y eficacia las
acciones de la nombrada DIRECCIÓN NACIONAL DE FORTALECIMIENTO Y
AMPLIACIÓN DE DERECHOS EDUCATIVOS corresponde crear las respectivas
Coordinaciones que le dependan.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, la DIRECCIÓN DE RECURSOS
HUMANOS de esta Jurisdicción y la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del Decreto N° 1545 de fecha 31 de agosto de 1994.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébanse en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
FORTALECIMIENTO Y AMPLIACIÓN DE DERECHOS EDUCATIVOS de la SUBSECRETARÍA
DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA dependiente de la SECRETARÍA DE
EDUCACIÓN de este Ministerio las Coordinaciones que se detallan en el
Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 70 -
MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de
Educación.
ANEXO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
SUBSECRETARÍA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA
DIRECCIÓN NACIONAL DE FORTALECIMIENTO Y AMPLIACIÓN DE DERECHOS EDUCATIVOS
COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
ACCIONES:
1- Colaborar con las jurisdicciones en la capacitación de los tutores responsables de alumnos.
2- Producir el material pedagógico de apoyo a las acciones de capacitación previstas y su actualización permanente.
3- Asistir técnicamente a las jurisdicciones, canalizando las consultas
de las Mesas de Trabajo de las Direcciones FinEs interprovinciales, y
de las unidades ejecutoras de los distintos programas.
4- Analizar y evaluar las propuestas pedagógicas de las distintas jurisdicciones.
5- Relevar y generar capacitaciones en recursos didácticos y creativos a pedido de las jurisdicciones.
6- Coordinar y articular el espacio virtual de contenidos pedagógicos
así como también la generación de teleclases a través del portal
Educ.ar y del canal Encuentro.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
SUBSECRETARÍA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA
DIRECCIÓN NACIONAL DE FORTALECIMIENTO Y AMPLIACIÓN DE DERECHOS EDUCATIVOS
COORDINACIÓN DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE GESTIÓN
ACCIONES:
1- Implementar un sistema federal de información que permita la
aplicación, la producción de informes y la evaluación de los distintos
programas que promueva la Dirección.
2- Contribuir a la implementación del Módulo de Control de Gestión del
Sistema de Transferencia de Recursos Educativos (SITRARED) en los
aspectos de su competencia.
3- Evaluar la normativa y la organización administrativa de las jurisdicciones en los temas de su competencia.
4- Efectuar la informatización de las nóminas de alumnos inscriptos, sedes y subsedes a nivel nacional, provincial y local.
5- Articular con los Programas Ellas Hacen, Argentina Trabaja y Plan
PROGRESAR, con el objeto de analizar integralmente las nóminas de
demandas e intercambiar las bases de datos para la optimización de
recursos.
6- Formular el anteproyecto de presupuesto de la Dirección.
7- Proyectar los actos administrativos para la transferencia de
recursos a las jurisdicciones, a los ejecutores / efectores de los
distintos programas.
8- Supervisar y controlar las partidas de Gastos Operativos.
9- Elaborar reglamentos operativos y de rendición de los fondos, de
acuerdo con las pautas establecidas por las áreas competentes del
Ministerio.
10- Organizar el sistema de gestión para la atención de las consultas
telefónicas a través de las distintas opciones disponibles.
11- Organizar y ejecutar el envío de materiales a las jurisdicciones, asegurando el stock de los mismos.
12- Generar los actos administrativos y convenios necesarios para la formalización de las acciones de la Dirección.
13- Diligenciar la documentación de la Dirección.
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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
SUBSECRETARÍA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA
DIRECCIÓN NACIONAL DE FORTALECIMIENTO Y AMPLIACIÓN DE DERECHOS EDUCATIVOS
COORDINACIÓN DE GESTIÓN DE PROGRAMAS Y ARTICULACIÓN TERRITORIAL
ACCIONES:
1- Establecer los lineamientos generales para la generación de un
sistema unificado de seguimiento de los distintos programas que
coordine la Dirección y articular el trabajo con las instituciones y
jurisdicciones involucradas.
2- Coordinar con organizaciones sociales, políticas, sindicales,
empresas, asociaciones civiles e instituciones barriales la
implementación y control de los distintos Programas a través de
convenios.
3- Coordinar los equipos territoriales federales en sus dimensiones técnica, pedagógica y organizativa.
4- Estructurar acciones que promuevan el Plan como herramienta activa
para impulsar el Plan PROGRESAR en los aspectos relacionados con los
temas de su competencia, en articulación con las áreas responsables.
5- Diseñar junto con la Coordinación Pedagógica nuevas estrategias y
acciones para la consecución de los objetivos de la Dirección.
6- Realizar el relevamiento de acciones en todo el territorio nacional
y producir los informes que correspondan para la toma de decisiones.
e. 19/05/2015 N° 67448/15 v. 19/05/2015