ACUERDOS

Ley 27.135

Acuerdo de Cooperación Técnica. Aprobación.

Sancionada: Abril 29 de 2015

Promulgada: Mayo 15 de 2015

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el ACUERDO DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CÔTE D’IVOIRE, suscripto en Buenos Aires el 5 de febrero de 2014, que consta de trece (13) artículos, cuya copia autenticada en idioma español, forma parte de la presente ley.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

— REGISTRADO BAJO EL N° 27.135 —

AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)